Una de las formas que tienen los extranjeros de regularizarse en España, es por la vía de solicitar Asilo Político o la protección subsidiaria, que se genera producto de la necesidad que tienen los solicitantes de ser protegido ante determinados temores fundados de ser perseguido en tu país de origen o del que ostenta la nacionalidad por determinadas causas que explicaremos hoy.
¿Cómo saber si puedo aplicar a la Protección Internacional por Asilo o Protección Subsidiaria? ¿Qué derechos se adquieren con la protección internacional? ¿Dónde solicitar la protección internacional en España? ¿Podré trabajar durante la tramitación de la solicitud de Asilo?
Estas y otras dudas te las responderemos desde Hernández Castillo Abogados.
¿Qué es la Protección Internacional?
La Protección Internacional es un término que engloba tanto el derecho de asilo político como la proteccion subsidiaria en virtud de los cuales, se concede protección a aquellas personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad ya sea por sus ideas políticas, por pertenecer a un grupo étnico, por raza, etc. y que en su país de origen pueden ser objeto de persecución, que representan un peligro a su seguridad
Suele confundirse el Derecho de Asilo y la Protección Subsidiaria, aunque provocan los mismos efectos, es preciso distinguirlos.
¿Qué es el Derecho de Asilo?
El artículo 2 de la Ley 12/2009 establece que: “El derecho de asilo, es la protección dispensada a los nacionales no comunitarios o a los apátridas a quienes se reconozca la condición de refugiado según la normativa antes referida.
Se le reconoce entonces la condición de refugiado a toda persona que debido a temores de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a un mismo grupo social de género u orientación sexual no se encuentra en su país de nacionalidad y no puede acogerse por esos temores a la protección de ese país o al apátrida que carece de nacionalidad y hallándose fuera del país de donde tuviera su residencia habitual, no puede por esos mismos motivos o no quiere regresar a su país por tales causas.
El artículo 7 de la Ley de Asilo establece los siguientes motivos de persecución que van desde lo que se entiende por qué se puede estar perseguido por la raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, la de pertenecer a un determinado grupo
¿Qué es la Protección Subsidiaria?
Por su parte el artículo 4 en cuanto a la protección subsidiaria establece:
El derecho a la protección subsidiaria otorga protección a las personas que no reúne las condiciones para que se les conceda el asilo, pero existen razones fundadas para considerar que de regresar a su país, se enfrentarían a un riesgo real de sufrir alguno de los daños graves previstos en el artículo 10 de esta Ley, y que no pueden o, a causa de dicho riesgo, no quieren, acogerse a la protección del país de que se trate, siempre que no concurra alguno de los supuestos mencionados en los artículos 11 y 12 de esta Ley.
Es decir:
- La condena a pena de muerte o el riesgo de su ejecución material.
- La tortura y los tratos o degradantes en el país de origen del solicitante.
- Las amenazas graves contra la vida o la integridad de los civiles generadas por violencia indiscriminada en situaciones de conflicto internacional o interno.
El principal efecto de la concesión de Asilo o Protección Subsidiaria es precisamente la no devolución ni la expulsión a su país de origen.
¿Qué supuestos deben darse para ser objeto de protección?
Poseer temores fundados según lo establecido en el artículo 3 de la Ley 12 que deberán cumplir las siguientes premisas:
- Ser suficientemente graves por su naturaleza o carácter reiterado como para constituir una violación grave a sus derechos fundamentales según el artículo 16 elConvenio Europeo para la Proteccion de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.
- Medidas que sean discriminatoria, ejemplo, cuando estamos en presencia de medidas judiciales, legislativas, policiales.
- Penas desproporcionadas o discriminatorias por la negativa de prestar servicio militar cuya participación impliquen la comisión de un delito. O actos que están en la cláusula de exclusión del apartado segundo del artículo 8 de la Ley 12/2009.
- Actos de índole sexual que afecten a adultos y menores de edad.
¿Dónde solicitar protección internacional en España?
La más común ya en territorio de España en la Brigada de Extranjería y Frontera de la Policía Nacional del lugar de donde se esté empadronado, de manera presencialmente para lo cual es necesario cita previa.
También se puede realizar la solicitud:
- En frontera (aeropuerto, puerto o frontera terrestre).
- En un Centro de Internamiento o Centro Penitenciario
- Consulados de los países de origen del solicitante.
¿Cómo se solicita el Asilo Político por cita previa?
En el siguiente enlace https://help.unhcr.org/spain/solicitar-asilo-en-espana/solicitud-de-asilo-en-territorio-espanol-2/ podrás obtener información.
En Tarragona se solicita cita como se muestra en la siguiente imagen, sólo debes seccionar la provincia y el trámite a especificar que es para solicitar Asilo Político. Para más información, puedes acceder al siguiente enlace
MADRID: Solicita la cita por internet, a través de este enlace. Selecciona la provincia de Madrid y el trámite “ASILO-PRIMERA CITA-provincia Madrid”.
BARCELONA: Solicita la cita por internet, a través de este enlace. Selecciona la provincia de Barcelona y, en la sección de “TRAMITES CUERPO NACIONAL DE POLICIA”, selecciona el trámite “POLICIA-SOLICITUD ASILO”.
OTRAS PROVINCIAS: De no existir la opción ON LINE, a través de abogado especialista.
¿Por qué no encuentro cita para Asilo Político?
En torno a la solicitud de Asilo Político lamentablemente se están generando graves problemas en el proceso de solicitud de citas, pues ya ha sido denunciado por diferentes instancias, la venta ilícita de citas de asilo, comprometiendo de esta manera, a las personas en situación de vulnerabilidad, al no poder acceder a la proteccion internacional. Lógicamente hasta no sean admitidos en este tipo de trámite, no podrán acceder a un permiso de trabajo, haciéndoles más propensos a ser víctimas de explotación laboral en el mercado del trabajo y no poder acceder a determinados prestaciones.
¿Qué documentos debo presentar para solicitar el Asilo Político?
- Pasaporte en vigor.
- Pruebas que justifican la solicitud de Asilo.
- Certificación de matrimonio en caso de que también se encuentre casada la persona y se presente en la solicitud el cónyuge. En caso de presentarse a los hijos, las certificaciones de nacimiento de estos.
- Volante de empadronamiento.
- Escrito donde se relaten los hechos.
- Foto tipo carné.
¿Cuándo solicitar la petición de Protección Internacional (Asilo o Protección Subsidiaria)?
Dentro del plazo de un mes desde la entrada a territorio español o desde que se produzcan los acontecimientos que produzcan el temor fundado de persecución o graves daños. De producirse la entrada de manera ilegal al territorio español la persona no podrá ser sancionada cuando reúna los requisitos para ser beneficiada con esta protección, esta se puede hacer en los puestos fronterizos habilitados al efecto.
¿Qué derechos tengo en el momento de efectuar la solicitud?
- Asistencia Jurídica Gratuita.
- A tener información sobre el procedimiento, derechos y plazos durante la tramitación de la solicitud.
- Posibilidades de contactar con el alto comisionado de la ACNUR.
- A ser impuesto sobre las consecuencias negativas al proceso al no colaborar con las autoridades españolas para esclarecer lo referente a los hechos que motivan la solicitud.
- Conocer sobre los derechos en materia de prestaciones sociales a los que se tiene acceso al ser solicitante de protección internacional.
- La suspensión de cualquier proceso de devolución.
¿Qué efectos genera la presentación de la solicitud?
- La persona no será objeto de retorno, devolución o expulsión hasta que se resuelva la solicitud o no sea admitida.
- La suspensión de cualquier proceso de extradición. Aunque se puede cumplir con la extradición en función de los pactos que se tuviera con el país solicitante y en cumplimiento de las leyes penales internacionales.
¿Qué sucede luego de la solicitud de proteccion internacional en territorio español?
El Ministro del Interior a propuesta de la Oficina de Asilo y Refugio y a través de resolución motivada, no admitirá a trámite la solicitud por los siguientes motivos:
- Inadmitirse a trámite por las siguientes razones:
- Por falta de competencia de la solicitud en los términos establecidos en la Ley 12/2009, de 30 de octubre.
- Por falta de requisitos que puede estar condicionada al encontrarse el solicitante como refugiado en otro estado siempre que sea readmitido en el país. Y se adopten las medidas para no poner en peligro su vida.
- Cuando la persona solicitante proceda de un país seguro en correspondencia con las directivas 2005/85/CE y se constate que su vida no se encuentre amenazada por ningunas de las causas reconocidas en las normativas que lo establecen.
- Cuando ya se tuviese una solicitud denegada y no aparezcan nuevas circunstancias relevantes en cuanto a las condiciones existentes en el país de origen.
Cuando posterior a la admisión a trámite se detectará una causa de inadmisión no detectada en el momento de la solicitud.
- Admitirse a trámite ya sea por Resolución o porque la administración en el término de 30 días siguientes a la solicitud de Asilo Político, no se ha pronunciado, interpretándose que se ha admitido a trámite la solicitud, por silencio administrativo.
¿Puedo trabajar si no se ha recibido respuesta de la solicitud de Asilo Político?
Sí, es posible. Una vez admitida a trámite la solicitud, durante el periodo en que se estudia a fondo el expediente, y durante los 6 meses siguientes de la admisión a trámite, se otorga provisionalmente la Tarjeta Roja de Refugiado mediante la cual se le autoriza al solicitante a vivir en territorio español.
De aquí que el nombre oficial sea Documento acreditativo de la condición de solicitante, en tramitación, de protección internacional.
Esta tarjeta es entregada cuando la solicitud de asilo del extranjero se admite a trámite. La misma contendrá un NIE o número de identificación del extranjero, y está impresa en una cartulina de color rojo; de ahí su nombre.
- Con este número podrás, entre otros:
- Realizar apertura de cuenta bancaria.
- Tener acceso a la sanidad pública, disponer de un médico de cabecera y poseer una tarjeta sanitaria.
- Tramitar el permiso de conducir en España.
- Tener acceso a cursos.
- Inserción en bolsas de empleo
- En el período de residencia en España con la tarjeta roja, el extranjero podrá casarse o constituir pareja de hecho, teniendo así posibilidad de solicitar un permiso de residencia como familiar de comunitario, previa cancelación de la solicitud de protección internacional.
¿Qué tipo de Protección se genera con la concesión de Protección Internacional?
- Concesión de asilo (autorización permanente)
- -Protección subsidiaria (autorización revisable cada cinco años)
- -Autorización de residencia por razones humanitarias.
¿Qué residencia se pueden obtener si me han denegado la solicitud de asilo?
Las más comunes son:
Residencia por Arraigo Laboral
Es una de las formas que tienen los extranjeros en España en situación irregular de adquirir una Residencia Legal por Circunstancias Excepcionales a través de la cual accederán a un permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena por el término de un año, siempre que concurran determinados requisitos.
En nuestro Post Guía completa de Arraigo Laboral hacíamos referencia a este tipo de residencia, que quedaba modificada como ya analizábamos en las principales por el RD620/2022, modificaciones al Reglamento de Extranjería este tipo de residencia admite:
- Si se ha trabajado como autónomo, el tiempo a acreditar es por un período de 6 meses.
- En el caso para la actividad por cuenta ajena, la jornada a probar es la de 30 horas semanales en el período de 6 meses o de 15 horas semanales en 12 meses.
Para solicitar esta residencia es vital estar en situación irregular, es en la situación que caerías si te han denegado la solicitud de asilo,
Residencia por Arraigo Social
El Arraigo Social es un permiso de residencia temporal que se concede a aquellos extranjeros que se encuentren en España, ya sea por tener vínculos familiares o que se hayan integrado socialmente, siempre que hayan permanecido de manera irregular antes de la solicitud de la residencia, por tres años de manera ininterrumpida, sólo con ausencias de hasta 120 días
Residencia por Arraigo para la Formación
El Arraigo para la formación es un nuevo tipo de residencia al que podrán acceder los extranjeros después de dos años en situación irregular en España, cuando accedan a determinada formación. Se otorga un permiso de residencia por un año prorrogable por 12 meses más en los términos y condiciones establecidas en la ley.
Residencia por Razones humanitarias
En su momento se recibieron innumerables solicitudes de proteccion internacional a los ciudadanos venezolanos, les fue denegado el Asilo Político y se le concedió la residencia por razones humanitarias, que según lo establecido en el RD557/2011, se concede en determinados casos: por ser víctimas de delitos por motivos racista, antisemitas.
Es preciso señalar que, en el caso de los venezolanos, se pueden modificar la residencia por razones humanitarias en el momento de la renovación y aplicar a las residencias a las que nos referíamos en este post.
¿Qué puedo hacer si me han denegado la solicitud de Asilo Político?
- Interponer Recurso de Reposición ante el Ministro del Interior en el plazo de un mes desde el siguiente día de su notificación.
- Recurso Contencioso Administrativo ante la sala de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional.
Es importante en caso de denegación ponerte en contacto con un abogado experto en estos temas quien te puede asesorar de las opciones legales de las que dispones quien por demás podrá solicitar la paralización de cualquier proceso de expulsión.
¿Se puede solicitar protección internacional teniendo antecedentes penales?
Todo depende del tipo de delito cometido. En este aspecto, la Ley 12/2009 en sus artículos 11 y 12, establece claramente las causas de exclusión o denegación. La no admisión de la solicitud por los antecedentes penales depende de si se han sido cometido determinados delitos como, por ejemplo: delitos cometidos contra la paz, un delito de guerra o un delito contra la humanidad, de los definidos en los instrumentos internacionales que rigen la materia; o delitos considerados como graves tipificados en el Código Penal español tales como:
Afecten a la vida, la libertad, la indemnidad o la libertad sexual, la integridad de las personas o el patrimonio, siempre que fuesen realizados con fuerza en las cosas o, violencia o intimidación en las personas, así como en los casos de la delincuencia organizada, según artículo 282 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en relación con los delitos enumerados.
¿Puedo reagrupar a mis familiares una vez concedido el asilo?
Se puede reagrupar a los siguientes familiares:
- Los ascendientes en primer grado
- Cónyuge o persona con la que se tiene una relación análoga
- Adulto responsable del beneficiario
- Otros familiares que tienen una dependencia estrecha con el solicitante.
Es importante precisar que, en este supuesto, no se exigirá a los refugiados o beneficiarios de la protección subsidiaria, ni tampoco a los beneficiarios de la reagrupación familiar, los requisitos establecidos en la normativa vigente de extranjería e inmigración.
De nuestro post, Guía Completa de Asilo Político 2022, lo más importante:
- La protección internacional es un término que engloba tanto el derecho de asilo como la protección subsidiaria, en virtud de la cual se le concede protección a las personas que se encuentran en determinada situación de vulnerabilidad y que ponen en peligro su vida.
- Se puede solicitar la protección internacional:
- En los en puestos fronterizos,
- Dentro del territorio español, ya sea en comisaría de policía.
- Centro penitenciarios,
- Oficinas Consulares.
- Si se ha entrado a España mediante visado, dispondrás de un plazo máximo de 30 días para efectuar la solicitud de asilo, para ello es necesario solicitar cita previa, que en estos momentos no deja de ser complicado acceder y presentar toda la documentación que justifique la presentación de esta protección y la solicitud de Asilo.
- Existen determinados derechos y obligaciones para el solicitante de asilo, que son informados al momento de materializar la solicitud, los cuales son muy importante conocer.
- Luego de la admisión a trámite de Asilo, al solicitante se le podrá expedir la Tarjeta Roja la cual autoriza a trabajar.
- Ante denegación de asilo será necesario interponer recurso de reposición dentro de los 30 días siguientes a la notificación, o prescindir de este paso y acudir directamente a la vía judicial, para lo cual necesitarás un abogado especialista en extranjería que te pueda asesorar.
- En caso de denegación de la solicitud de Asilo Político, el solicitante podrá aplicar a otro tipo de residencia entre las que se encuentra:
- Arraigo Laboral
- Arraigo Social
- Arraigo para la formación
- Residencia por Razones Humanitarias
Si tienes que presentar tu solicitud de asilo político o cualquier trámite de Extranjería o quieres presentar tu nacionalidad española por residencia, no dudes en contactarnos, somos Abogados Expertos en Extranjería y Nacionalidad Española. Trabajamos en toda España y presentamos solicitudes en menos de 24 horas.
¡Escríbenos por WhatsApp pulsando aqui: o llámanos al 977003635 estaremos encantados de ayudarte!
Comentarios recientes