Soy hijo mayor de 21 años de ciudadano español, su cónyuge o pareja de hecho, ¿puedo aplicar a una residencia por Arraigo Familiar? ¿Qué requisitos se establecen para aplicar a la residencia por Arraigo Familiar? ¿Qué tiempo de residencia me conceden por ser hijo mayor de 21 años de ciudadano español?
En Hernández Castillo Abogados explicaremos todo lo que necesitas para aplicar al Arraigo Familiar.
¿Qué es la residencia por Arraigo Familiar para hijo mayor de 21 años de ciudadano español?
La residencia por Arraigo familiar para hijos mayores de 21 años es una residencia temporal por circunstancias excepcionales, que se le confiera a aquellos extranjeros que sean hijos mayores a cargo de ciudadanos españoles, su cónyuge o pareja de hecho pudiendo a través de esta, ostentar una residencia temporal con permiso de trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia, por el término de 5 años.
Debemos precisar que puede aplicar al Arraigo Familiar tanto el hijo mayor de 21 años a cargo de ciudadano español como el de su cónyuge o pareja registrada.
¿Qué requisitos deben cumplir los hijos mayores de 21 años para aplicar a la residencia por Arraigo Familiar?
- No ser ciudadano de un Estado de la UE, del EEE o de Suiza, o familiar de éstos a los que le sea aplicable el régimen de ciudadano de la unión.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.
- No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
- Encontrarse a cargo a de ciudadano español como el de su cónyuge o pareja registrada.
- Algunas oficinas de extranjeria exigen los medios económicos del ciudadano español. Entiendase que el ciudadano de la UE esté en algunas de las siguientes condiciones:
- Trabajador por Cuenta Ajena o,
- Ser trabajador por Cuenta Propia o,
- Ser estudiante y se demuestre que tienen medios económicos o,
- Que el ciudadano español aunque no realice ninguna actividada cuente con medios económicos demostrables a través de cheques, tarjetas de bancos, etc.
- Haber abonado la tasa por tramitación del procedimiento.
¿Qué documentos se deben presentar para aplicar al permiso de residencia de los ascendientes por Arraigo Familiar?
- Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–10)) por duplicado, este deberá estar debidamente cumplimentado y deberá firmarse por el familiar del ciudadano de la Unión.
- Pasaporte válido y en vigor del familiar. De estar caducado, se deberá aportar su copia y la solicitud de renovación.
- Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país o países en que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a su entrada en España para los mayores de 18 años.
- Documentación que acredite el vínculo familiar con el ciudadano español, su cónyuge o pareja de hecho.
- DNI del ciudadano español.
- Documentación de la condición de estar a cargo ya sea de ciudadano español, su cónyuge o pareja de hecho.
- Documentos que demuestren medios económicos. Recordemos que esto solo lo exigen algunas oficinas de extranjeria, debiendo tenerse en cuenta las siguientes cuantías:
Todos los documentos que sean emitidos en el extranjero para que puedan surtir efecto en el territorio español requiere de legalización previa.
Si tu país es signatario de la Convención de La Haya, bastará la apostilla de La Haya. De lo contrario requiere de la legalización por la vía diplomática. Es decir, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y posteriormente, por la representación consulado de España en el país de origen. También deberán ser traducidos oficialmente en el caso de que no consten en idioma español.
¿Qué significa la condición de estar a cargo?
1)Acreditación de que el hijo mayor de 21 años carece de ingresos propios para cubrir sus necesidades básicas.
2) Presentar toda la documentación acreditativa que pruebe que el solicitante de la tarjeta vivía a cargo del nacional de la Unión en el país de procedencia.
¿Cómo presentar la solicitud de Arraigo Familiar?
La solicitud del Arraigo Familiar se puede presentar a través de las siguientes formas:
La primera: abogado especialista en extranjería. Opción mucho más rápida y con mayores garantías, al tener toda la experiencia para realizar una presentación con altos niveles de aprobación. Se evita una inadmisión a trámite o denegación del trámite de extranjería.
La segunda: Por el propio extranjero personalmente en la oficina de extranjería competente (Oficinas para trámites de extranjería – Ministerio del Interior).
Con respecto a las tasas del procedimiento, la tasa de residencia temporal por circunstancias excepcionales: se devengará en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberá abonarse en el plazo de diez días hábiles, es: Modelo 790 código 052, epígrafe 2.5 “autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales”: a abonar por el extranjero.
El impreso para el abono se podrá descargar desde el portal de Internet de la Secretaría de Estado de la Función Pública.
¿Puedo ver el estado del expediente de extranjería durante la tramitación del expediente?
Sí es posible, no importa que lo haya presentado el abogado pues con el número de expediente el extranjero puede ver el estado del expediente. En el siguiente enlace te explicamos como.
¿Qué hacer luego de la concesión de la autorización de residencia por Arraigo Familiar?
Después de concedida la residencia por Arraigo Familiar, notificada la resolución, el solicitante deberá gestionar cita para trámite de huellas.
En el momento del trámite se presenta:
- Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX–17).
- Justificante del abono de la tasa Modelo 790 Código 012.
- Pasaporte Original o título de viaje o cédula de inscripción de extranjeros indocumentados.
- Tres fotografías recientes, a color (formato DNI).
- Copia de la Resolución de Concesión de la autorización.
- Certificado de empadronamiento si se ha cambiado de domicilio.
¿Cómo sacar cita para trámite de huellas, para la emisión de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)? Te lo comentamos en nuestra web.
¿Qué hacer si me deniegan el Arraigo Familiar?
En caso de denegación de la solicitud de Arraigo Familiar, el solicitante debe antes de todo debe contactar con un abogado experto en extranjería. Pero lo cierto es que contra esta denegación es posible interponer los recursos que te precisamos a continuación
- Presentar Recurso potestativo de Reposición dentro de los 30 días posteriores a la notificación de la resolución o,
- Prescindir de este e ir directo al Juzgado de Primera Instancia donde está empadronado el extranjero, para interponer recurso contencioso-administrativo.
Contacta con nosotros si te han denegado, examinaremos cuidadosamente tu caso. Para más información, consulta el siguiente enlace.
¿Puedo salir de España sin NIE?
Si estamos esperando la cita previa para huellas para obtener NIE siempre que nuestra solicitud ya haya sido concedida, es posible salir de España, en este caso, hay que acreditar que el viaje responde a un motivo de necesidad para lo cual el extranjero deberá tramitar una autorización de regreso.
¿Cómo solicitar una autorización de regreso? Consulta nuestra web y te explicamos como.
¿Existe un visado para para tramitar el Arraigo Familiar una vez en España?
A diferencia de la tarjeta comunitaria que se solicita una vez ya en España, no existe un visado concreto para aquellos países a los que se les exige, por lo que hasta el momento se siguen las reglas establecidas para el visado de familiar comunitario.
¿A qué residencia puedo aplicar con un arraigo familiar si ya tengo cinco años de residencia en España?
Se aplicaría a una residencia de larga duración teniendo en cuenta que, a pesar de ser familiar de un ciudadano comunitario, se aplicaría al régimen general de extranjería. Mas información sobre la residencia de larga duración la puedes encontrar en el siguiente post.
¿Qué solicito Arraigo Familiar para hijo mayor de 21 años de ciudadano español, su cónyuge o pareja de hecho o Tarjeta comunitaria?
A día de hoy no existe una instrucción que defina qué hacer en cada caso, provocando que el poder de decisión recaiga en las oficinas de extranjería.
Existen oficinas flexibles que posibilitan elegir una u otra por lo que el solicitante tiene libertad para elegir, siempre teniendo en cuenta los requisitos establecidos para cada una.
Otras oficinas de extranjería como la de Alicante, Granada obligan a presentar al solicitante el Arraigo Familiar, y en caso de haber presentado la Residencia de Familiar Comunitario, la modifican de oficio a Arraigo Familiar.
Algunas oficinas de extranjerías aplican el criterio que, si el ciudadano que da derecho a residencia es ciudadano español, se tramitará el Arraigo Familiar, y si es ciudadano de la Unión Europea, entonces la Residencia de Régimen Comunitario.
¿Cuándo puedo aplicar a la nacionalidad española por residencia?
Todo depende de la situación personal del extranjero. La ley en este aspecto establece determinados periodos. De manera general son 10 años de residencia legal y continuada para aplicar a la nacionalidad española por residencia, pero puede ser menos en función de si eres cónyuge de ciudadano español o de pareja de hecho, o eres nacional de un país iberoamericano.
El tiempo de residencia a cumplir, requisitos, documentación y mucho más en los siguientes enlaces.
- Guía Completa de Nacionalidad Española por Residencia
- Descarga aquí Test de Nacionalidad Española por Residencia
- Consejos útiles para la solicitud de Nacionalidad Española por Residencia
- ¿Cómo solicitar la Nacionalidad Española por Residencia en 2023?
Posibilidades de renovación o modificación y mucho más lo puedes encontrar nuestra guía de Arraigo Familiar.
De nuestro post, Arraigo familiar para hijo mayor de 21 años de ciudadano español, lo más importante
Si eres hijo mayor de 21 años de ciudadano español, su cónyuge o pareja de hecho puedes aplicar a un arraigo familiar, siendo indispensable entre otros requisitos, demostrar la condición de estar a cargo.
No existe un visado específico para reagrupar a un hijo mayor de edad, por la via del arraigo familiar.
El tiempo de residencia que se otorga para este supuesto es de 5 años, que permite trabajar ya sea por cuenta ajena o propia. No es necesario tramitar una autorización posterior.
Presenta tu Arraigo Familiar con nosotros, evita una inadmisión o denegación de trámite de extranjería.
En Hernández Castillo Abogados, te orientaremos y asistiremos en todo. Si necesitas realizar cualquier trámite de extranjería o nacionalidad española no dudes en contactarnos, somos Abogados Expertos en Extranjería y Nacionalidad Española. Trabajamos en toda España y presentamos solicitudes de manera telemática en menos de 24 horas.
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