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La adquisición de la nacionalidad española es uno de los asuntos que más interés despiertan en nuestros clientes. ¿Cómo solicitar la nacionalidad española? ¿Qué documentos debo presentar? ¿Qué tiempo de residencia en España necesito para la adquisición de la nacionalidad española?

Otra de las interrogantes es cuando es que se solicita, cómo es el procedimiento para la obtención de la nacionalidad española, qué beneficios otorga.

Ante las innumerables consultas que en este sentido nos llegan a diario a nuestro despacho, hemos hecho un resumen de todas las interrogantes y organizado este contenido en forma de guía, que te permitirá conocer las posibilidades legales en materia de nacionalidad española por residencia. Pero debemos partir por conocer el significado de nacionalidad, un concepto que indiscutiblemente trae dudas. Se piensa por ejemplo que esta sólo atañe a los nacidos en territorio español, hijos de madre y padre español. Y como veremos en este post, es un concepto mucho más amplio.

¿Qué es la nacionalidad?

La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a la persona con el estado, que se caracteriza por ser un derecho fundamental y el estatuto jurídico de las personas. De estas características se desprende que el individuo disfruta de unos derechos que puede exigir a la organización estatal a la que pertenece y ésta, por otra parte, le exige el cumplimiento de determinados deberes y obligaciones.

¿Cómo se adquiere la nacionalidad española?

Nuestro código civil, reconoce las siguientes formas:

  • Nacionalidad española por residencia
  • La nacionalidad española por origen.
  • Nacionalidad española por opción
  • Nacionalidad española por carta de naturaleza
  • Nacionalidad española por posesión de estado

nacionalidad española

¿Cuándo se adquiere la nacionalidad española por residencia?

La nacionalidad española por residencia es una de las formas que prevé el Código Civil Español por la cual, los extranjeros que lleven residiendo en España por un tiempo, de forma legal y continuada pueden adquirir la nacionalidad española. En función de la situación del extranjero, así será el tiempo que debe esperar para solicitar la nacionalidad española. La ley establece los siguientes supuestos:

10 años . Este término se puede reducir siempre que concurran determinados requisitos.

5 años:  Este término aplica para los que en su momento hayan obtenido la condición de refugiado.

2 años: Para los países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o aquellos extranjeros de origen sefardí.

1 año: Para los extranjeros que tengan vínculos familiares en España o que hayan nacido en España,así se distinguen:

a) El que haya nacido en territorio español.

b) El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar por la nacionalidad española.

c) El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, curatela con facultades de representación plena, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.

d) El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o, de hecho.

e) El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o, de hecho.

f) El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.

Muy importante y es que no basta con aplicar a algunos de estos supuestos. Todo el proceso de solicitud entraña, el cumplimiento de determinados requisitos:

¿Cuáles son los requisitos para adquirir la nacionalidad española por residencia ?

  1. Acreditar Residencia legal y continuada en España.
  2. Exámenes de Integración. Haber superado los exámenes CCSE y DELE.
  3. Comportamiento cívico: Carecer de antecedentes penales y policiales, tanto en su país de origen como en España.
  4. Contar con la documentación a presentar en vigor.
  5. Pago de tasas.

Residencia Legal

Como referíamos anteriormente, la residencia legal y continuada es uno de los requisitos, estableciendo la ley varios tiempos en correspondencia con la situación legal del extranjero. Es decir, si tienen la condición de refugiado, o si se es nacional de determinados países iberoamericanos, entre otros.

Exámenes de integración

Obtener la titulación correspondiente a los exámenes de integración. Se precisan de dos exámenes o en su caso de uno de ellos, en dependencia del idioma del solicitante.

  1. Examen CCSE: Consiste en la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España que evalúa el conocimiento de la Constitución y de la realidad social y cultural españolas, requisito esencial para el otorgamiento de la nacionalidad española para sefardíes originarios de España, y para la adquisición de la nacionalidad para residentes en España.

En nuestro artículo: Descarga aquí, test de nacionalidad española 2022, podrás acceder a nuestro manual del CCSE elaborado por nuestro despacho, con las preguntas y las respuestas marcadas en el mismo documento, que te servirán para estudiar para el examen, requisito necesario para posteriormente aplicar a la nacionalidad española por residencia.

También podrás conocer sobre las sedes a las que  te puedes inscribir, así como las fechas de convocatorias para este 2022, los precios, la estructura del examen y otros temas de interés.

  1. Examen DELE: Si no se habla el castellano como lengua materna es necesario este examen. Los diplomas DELE certificarán el conocimiento de la lengua y tienen la ventaja, de ser reconocidos a nivel internacional.

 

Como se adquiere la nacionalidad española

Comportamiento Cívico

 Otro de los requisitos importantes para poder aplicar a la nacionalidad española por residencia es el comportamiento cívico. Esto se refiere a tener un expediente limpio en cuanto a antecedentes penales y policiales tanto en el país de origen como en España.

 Documentación

Para formalizar tu petición de nacionalidad española por residencia ante los organismos competentes debes poseer una serie de documentos. Entre ellos documentos de identificación como pasaporte y NIE, antecedentes penales de tu país de origen, certificado de matrimonio (en caso de que aplique), certificados de nacimiento de tus hijos, entre otros. Se deberá pagar las tasas correspondientes y el llenado del formulario.

Procedimiento para solicitar la nacionalidad española por Residencia

  1. Verificar el cumplimiento de los requisitos. Este es el momento en el que puedes buscar ayuda especializada a través de abogado de extranjería quien podrá estudiar tu caso y recomendar las opciones que más se ajuste al caso.
  1. Aplicar a los exámenes DELE y CCSE. Por lo que se deberá obtener los correspondientes certificados emitido por el Instituto Cervantes que certifiquen haber superado los exámenes de conocimientos socio culturales, de la constitución, así como el idioma en caso de no ser nacional de un país iberoamericano. Para ello es necesario inscribirse en las convocatorias para estos exámenes

 Todo lo que necesitas saber sobre los exámenes DELE, lo puedes consultar en el siguiente enlace. Por su parte del examen CCSE, puedes consultar nuestra sección de noticias en el siguiente enlace donde podrás obtener toda la información que necesitas.

  No será necesario estos exámenes DELE para los siguientes países:

  • Argentina
  • Bolivia
  • Chile
  • Colombia
  • Costa Rica
  • Cuba
  • Ecuador
  • El Salvador
  • Guatemala
  • Guinea Ecuatorial
  • Honduras
  • México
  • Nicaragua
  • Panamá
  • Paraguay
  • Perú
  • Puerto Rico
  • República Dominicana
  • Uruguay
  • Venezuela
  1. Una vez con los exámenes aprobados, se debe presentar la solicitud con la documentación que se especifica a continuación.

¿Cuál es la documentación a presentar para la nacionalidad española por residencia?

La documentación es diferente en función de la situación del extranjero. Una parte de la documentación es recabada por la propia administración. Por lo que para la concesión de nacionalidad española se verifica:

  •  Certificación de Antecedentes Penales debidamente legalizados.
  • Registros Policiales.
  • Si tus datos están en el CNI que es la base de datos donde se puede verificar si has sido investigado.
  • La verificación del período de residencia legal en España requerido para el caso en concreto.
  • La verificación de que se hayan superado los exámenes CCSE y DELE.

Es importante aclarar que se establecen determinadas dispensas que permiten que los aspirantes a la nacionalidad española por residencia estén exentos en su totalidad para no realizar los exámenes para el examen CCSE.

¿Cuáles son las Exenciones y dispensas para el examen CCSE?

Se establecen dispensas de manera total o parcial para la realización del examen en los siguientes casos:

Dispensa total

  • Titulados en estudios oficiales, cursados en España y en español, de nivel medio o superior.
  • Titulados en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) de España.
  • Personas con trastornos o dificultades de aprendizaje superior al 65%.

Dispensa parcial (En este supuesto los aspirantes podrán hacer el examen oral)

  • Personas que no saben leer ni escribir.

La dispensa parcial o requerimiento se solicita a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil del Ministerio de Justicia de España, para poder  realizar las pruebas DELE A2 y CCSE ajustadas a las necesidades en estos casos. El Ministerio de Justicia de España regula los documentos  que son necesarios aportar para recibir la dispensa que una vez obtenida posibilita la inscripción para realizar los exámenes CCSE, que sólo podrán realizarse en centros de examen de España.

También se prevé determinadas facilidades para aquellas personas que presentes condiciones especiales. Te recomendamos consultar el siguiente enlace

¿Cuál es la documentación a presentar para solicitar la nacionalidad española por residencia?

De manera general la documentación a presentar es la siguiente:

  • Certificación de nacimiento del país de origen debidamente legalizado y traducido de ser necesario.
  • Pasaporte completo o documento de identificación en caso de los nacionales de la Unión Europea.
  • Certificado de Antecedentes Penales del país de origen igualmente legalizado y traducido si es necesario.
  • Certificado de matrimonio debidamente legalizado y traducido de ser necesario.
  • Certificación de nacimiento de los hijos menores de edad legalizado y traducido si fuese necesario.
  • NIE.
  • Poder de representación del abogado en caso de que la solicitud de nacionalidad española por residencia, no se haga por el mismo solicitante.
  • Justificante de tasa. La tasa a pagar en este 2022 es la tasa 790, código 026, que asciende a 104,05 euros. Una vez hecho el pago de la tasa de solicitud nacionalidad española, se debe presentar junto a la petición ante el órgano administrativo competente.

Muy importante y es que todos los documentos que sean emitidos en el extranjero, para que puedan surtir efectos en España, deberán cumplir con las formalidades establecidas  en dependencia de si se establece por la vía diplomática o con la apostilla de La Haya.

La vía diplomática: 

  • Autoridad emisora del documento según la legislación local del país.
  • Ministerio de Asuntos Exteriores del país local.
  • Consulado o Sección Consular de la embajada con una etiqueta de seguridad.

Apostilla de La Haya

Con la apostilla de La Haya se elimina el engorroso camino de la doble legalización, pues con esta opción, los documentos que necesitan ser utilizados en el extranjero para presentarlo ante determinada autoridad, sólo necesitarían del cuño o sello por el cual se le da autenticidad del mismo. Para saber qué vía de legalización se utilizaría debes conocer si tu país es signatario de este convenio o no, o si tiene algún convenio específico firmado con España.

Para más información te invitamos a que consultes el siguiente enlace donde te explicamos en dependencia del país de que se trate, que vía de legalización es la aplicable.

En cuanto a la documentación que demuestre cada caso en concreto.

Para los nacidos en territorio español.

Certificación literal de nacimiento del interesado inscrito en el Registro Civil español

Para los que no ejercieron oportunamente la facultad de optar.

  • Certificación de nacimiento del padre/madre español
  • Certificado de nacimiento del interesado inscrito en un Registro Civil español o resolución judicial donde conste la adopción por español o el reconocimiento de la filiación.

Persona sometida a tutela, guarda o acogimiento no provisional por persona física o institución española por dos años.

Para el caso de acogimiento familiar:

  • Auto del Tribunal competente donde conste la designación de la persona que va a ejercer la tutela, guarda o acogimiento.

En los casos de acogimiento por Institución española

  • Resolución de la institución que acredite la tutela, guarda o acogimiento.

Casado/a con español/a

  • Certificación literal de nacimiento del cónyuge español, expedido por el Registro Civil español.
  • Certificación literal de matrimonio expedido por Registro Civil español.
  • Certificado de convivencia o empadronamiento conjunto con el cónyuge.

Viuda/o de un ciudadano español

En caso de la solicitud de nacionalidad española por residencia de viudo o viuda de un ciudadano española;

  • Certificación literal de nacimiento del cónyuge expedido por el Registro Civil español.
  • Certificación de matrimonio del Registro Civil español debidamente actualizado.
  • Certificación de defunción del cónyuge.
  • Certificado de empadronamiento conjunto que demuestre la convivencia con el cónyuge y en caso de fallecimiento, la convivencia a la fecha de fallecimiento del cónyuge.

Descendiente de español

Como descendiente de español, es decir si eres hijo o nieto de español de origen deberás aportar:

  • Certificación literal de nacimiento del padre/madre español o
  • Certificado literal de nacimiento del abuelo/abuela español. En este caso se deberá aportar también el certificado de nacimiento del padre o la madre descendiente de español independientemente de su nacionalidad.

Menores de edad

  • Para menores* de 14 años, o mayores de 14 años y menores de 18 años, no emancipados:
    • Modelo de solicitud normalizado firmado por ambos padres o representantes legales o por un solo progenitor para familias monoparentales, también por el menor si es mayor de 14 años.
    • Certificación de escolarización del menor de edad.
    • Documento de identificación de los padres.
    • Documentación identificativa de representante legal (DNI, NIE o pasaporte).
    • Autorización del progenitor que no convive con el menor en caso de padres separados.

*Los menores de edad no necesitan realizar examen DELE ni CCSE, ni aportar certificado de antecedentes penales.

Sefardíes

La condición de sefardí originario de España se acreditará a través de los medios que a este respecto se recogen en la Instrucción de 29 de septiembre de 2005 de la Dirección General de los Registros y del Notariado sobre la aplicación de la Ley 12/2005, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.

Refugiados y apátridas

En el caso de los refugiados y apátridas la documentación expedida por el Ministerio del Interior que acredita esta condición, puede sustituir a la partida de nacimiento y al certificado de antecedentes penales del país de origen, e incluso al pasaporte, en caso de que el interesado no los tenga. Será obligatorio siempre:

  • Modelo de solicitud normalizado. En caso de presentación en sede electrónica se sustituirá por el formulario online.
  • Justificante del pago de tasa
  • Pasaporte Azul de la Convención de Ginebra de 1951.
  • Certificado o resolución de la oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior donde conste: Nombre y apellidos, fecha y lugar de nacimiento, Nombre de los padres y que mantiene su condición de refugiado o apátrida.

Se revisará por la administración, la actualidad de los documentos para la solicitud de nacionalidad española por residencia. Para ello se tiene en cuenta la validez que obre en el propio documento.

¿Cómo se presenta la solicitud de nacionalidad española por residencia?

La solicitud de nacionalidad española se realiza esencialmente por las siguientes vías:

  • De forma telemática a través de la plataforma electrónica habilitada por el Ministerio de Justicia.
  • A través de Registro Público, incluido el Registro Electrónico Común y el Registro Electrónico del Ministerio de Justicia.
  • Por correo postal.

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¿Cuál sería la mejor forma de presentar la solicitud de nacionalidad española?

La vía telemática a través de abogado es la vía más expedita y forma más segura de hacer la presentación del expediente de nacionalidad española. Al dejar la presentación de la solicitud de nacionalidad española en manos de un profesional, se garantiza que el expediente a presentar, contenga todos los documentos requeridos para obtener un resultado positivo.

El cliente no tiene que estar pendiente de cada una de las fases del proceso. Será el abogado que estará pendiente en cada una de las etapas de notificación en la plataforma cómo va lo mío, y podrá en consecuencia adoptar las decisiones legales que más se ajusten a cada fase.

El abogado tiene acceso completamente al expediente y puede constatar en tiempo real el estado de tramitación del expediente.

Sólo se ingresarán a la plataforma, los expedientes que se encuentren completos, precisamente gracias a la experiencia que tienen los abogados en este tipo de asuntos. Lo que significará una mayor garantía para que sea un caso de éxito.

¿Qué pasa luego de presentar la nacionalidad española por residencia?

Una vez que se haya presentado el expediente se abre una nueva etapa y tiene que ver con la consulta del estado de solicitud de la nacionalidad española a través de la plataforma de Cómo va lo mío.

La consulta se puede realizar desde cualquier lugar. Sólo basta la inserción de varios datos y una vez ingresados estos podrás visualizar el estado del expediente. Los diferentes estados por los que va transitando te va informando en qué situación se encuentra. Toda la información sobre cómo consultar el estado del expediente de nacionalidad española, te lo informamos en el siguiente enlace.

¿Qué sucede si ha transcurrido un año después de presentada la nacionalidad y no has tenido respuesta?

Si ha transcurrido más de un año y no has recibido respuesta del expediente, después de verificar en la plataforma de Cómo va lo mío el estado del mismo, recomendamos interponer recurso para poder recibir respuesta.

En Hernández Castillo abogados   te invitamos a que conozcas que puedes lograr acelerar  esta concesión de nacionalidad española por residencia.

Aquí te dejamos un enlace en el que nuestro bufete ha interpuesto el correspondiente recurso con el cual hemos logrado que  nuestros clientes finalmente hayan logrado obtener la nacionalidad por residencia.

 ¿Qué podemos hacer si nos han denegado la nacionalidad española por residencia?

Una vez que se ha denegado la solicitud de nacionalidad española por residencia, debemos poner nuestro empeño en tratar de desvirtuar la resolución denegatoria. Toda la información que necesitas sobre la interposición del correspondiente Recurso la tenemos en nuestra página. En el siguiente enlace te explicamos con más detenimiento sobre como contar el término de un año en función del lugar donde se hizo la presentación.

¿Qué pasos debemos dar después de que me conceden la nacionalidad española?

  1. Proceder a la Jura de Nacionalidad en un plazo de 180 días desde esa notificación. En nuestro post Jura de Nacionalidad Española te explicamos donde se puede realizar la Jura de Nacionalidad, así como los datos que debes aportar para su presentación. Conoce los países que tienen firmado con España convenio de doble nacionalidad, lo que te permitirá no renunciar a la nacionalidad de origen y las excepciones de aquellos países que fueron colonia de España.
  2. Obtención en el Registro certificado literal de nacimiento español único para DNI.
  1. Gestión del DNI y pasaporte español ante cualquier comisaría de la Policía en España para ello se deberá gestionar la cita para la cual se deberá presentar la documentación correspondiente.
  2. Solicitar un certificado de concordancia para modificar el NIE por el DNI en las administraciones públicas.

¿Qué derechos confiere la adquisición de la nacionalidad española? 

Cuando se adquiere la nacionalidad española, básicamente se está en igualdad de derechos con los españoles de origen. No existe distinción. Una de los efectos que tiene es que puede aplicar para determinados familiares en las condiciones previstas por ley, de poder obtener una residencia de familiar comunitario para los siguientes familiares:

  • Cónyuge, o pareja de hecho registrada en los términos que explicaremos más adelante.
  • Descendientes directos, también los de su cónyuge o los de la pareja registrada menores de veintiún años.
  • Hijos mayores de edad descendientes directos, también los de su cónyuge o los de la pareja registrada siempre que se demuestre que vivan a cargo del ciudadano de la unión europea.
  • Ascendientes directos y los de su cónyuge o su pareja registrada que vivan a cargo del familiar comunitario.
  • Cualquier miembro de la familia que estén a cargo o vivan o que por motivos de salud o discapacidad sea estrictamente necesario que vayan a residir con el ciudadano de la unión europea.
  • Pareja de hecho que no se encuentre inscrita con la que se mantenga una relación estable. Para ello es importante acreditar la convivencia como mínimo de un año. En el caso de que exista hijos en común, bastará la acreditación de la descendencia.

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¿Podremos perder la nacionalidad española por residencia después de concedida?

  •  Después de adquirir la nacionalidad española utilizar durante un plazo de tres años la nacionalidad a la que hubieran renunciado al adquirir la española.
  • Cuando entren voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan un cargo político en un Estado extranjero contra la expresa prohibición del gobierno.
  • Cuando una sentencia declare que el interesado incurrió en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.

Creemos oportuno hacerte un pequeño resumen hasta aquí, y así podrás identificarte en que supuesto pudieras aplicar a la nacionalidad por residencia.

                                                                                                                                                     

Requisitos de la nacionalidad española por residencia* Modo  de  Presentación Requisitos ¿Qué hacer después de la concesión de la  nacionalidad Española?

 

10 años de residencia legal y continuada.

5 años: Para los refugiados

2 años:    Países iberoamericanos: Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o extranjeros de origen sefardí

1 año

 

De forma telemática a través de la plataforma electrónica habilitada por el Ministerio de Justicia.

A través de Registro Público, incluido el Registro Electrónico Común y el Registro Electrónico del Ministerio de Justicia.

Por correo postal.

Realizar examen de Integración DELE y CCSE

Comportamiento Cívico: Carecer de Antecedentes Penales

  Presentar la documentación.

  • Certificación de nacimiento del país de origen debidamente legalizado y traducido de ser necesario y traducido de ser necesario.
  • Pasaporte completo o documento de identificación en caso de los nacionales de la Unión Europea.
  • Certificado de Antecedentes Penales del país de origen igualmente legalizado y traducido si es necesario.
  • Certificado de matrimonio debidamente legalizado y traducido de ser necesario.
  • Certificación de nacimiento de los hijos menores de edad legalizado y traducido si fuese necesario.
  • NIE
  • Poder de representación del abogado en caso de que la solicitud de nacionalidad española por residencia, no se haga por el mismo solicitante.
  • Justificante de tasa. La tasa a pagar en este 2022 es la tasa 790, código 026, que asciende a 104,05 euros.

 

Jura de Nacionalidad

Obtención en el Registro certificado literal de nacimiento español único para DNI

Gestión del DNI y pasaporte español

Solicitar un certificado de concordancia para modificar el NIE por el DNI en las administraciones públicas.

.

*La Residencia en España deberá de ser legal, continuada inmediatamente anterior a la solicitud. Si el extranjero cae en situación de irregularidad sobrevenida, deberá computarse el término desde cero.

* Todos los documentos emitidos en el país de origen del extranjero deberán ser legalizados ya sea por la vía diplomática, por la apostilla de La Haya o por las diferentes vías en dependencia de los convenios que se hubieran suscrito entre el país de origen y España. 

¿Existen otras formas de adquisición de la nacionalidad española?

Como mencionábamos anteriormente existen otras formas por la que se puede adquirir la nacionalidad española.

Nacionalidad para españoles de origen

Los nacidos de padre o madre española.

Nacionalidad española  por carta de naturaleza

Tiene carácter graciable y no sujeta a las normas generales de procedimiento administrativo. Esta será otorgada o no discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, teniendo en cuenta la concurrencia de circunstancias excepcionales.

Nacionalidad por posesión de estado

La podrá solicitar aquella persona que haya poseído y utilizado esta nacionalidad durante diez años, de forma continuada, de buena fe (sin que tenga conocimiento de la situación real, es decir, de que no es español en realidad), en base a un título inscrito en el Registro Civil.

La Nacionalidad por Opción

La Nacionalidad por Opción es un beneficio que la legislación española ofrece a extranjeros que se encuentran en determinadas condiciones, para la adquisición de la nacionalidad, según sea el caso van desde los que hayan estado sometido a la patria potestad de un español, aquello cuyos padres hubieran sido originariamente españoles, entre otros supuestos.

De nuestro Post, Guía Completa de Nacionalidad Española 2022 lo más importe

Existes varias formas por la que se puede adquirir la nacionalidad española siendo la nacionalidad española por residencia la que más interés despierta precisamente porque es la posibilidad que tienen los extranjeros que llevan un tiempo de residencia en España de poder aplicar a la nacionalidad española por residencia.

  • Nacionalidad española por residencia
  • La nacionalidad española por origen.
  • Nacionalidad española por opción
  • Nacionalidad española por carta de naturaleza
  • Nacionalidad española por posesión de estado

 Se puede aplicar a la nacionalidad española por residencia en dependencia de la situación del extranjero.

  • 10 años . Este término se puede reducir siempre que concurran determinados requisitos.
  • 5 años:  Este término aplica para los que en su momento hayan obtenido la condición de refugiado.
  • 2 años: Para los países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o aquellos extranjeros de origen sefardí.
  •  1 año para: 
  1.  El que haya nacido en territorio español.
  2.  El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar por la nacionalidad española.
  3.  El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, curatela con facultades de representación plena, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
  4.  El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o, de hecho.
  5.  El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o, de hecho.
  6.  El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.

Para solicitar la nacionalidad española por residencia es necesario haber vencido los exámenes CCSE y/o DELE aunque existen dispensas totales o parciales en dependencia de si el extranjero cuenta con determinadas titulaciones o parcial para lo casos en el que el extranjero no sepa ni leer ni escribir. Tambien se han instrumentado especificaciones para los extranjeros que se encuentren en condiciones especiales.

Nuestro equipo ha elaborado para ti un Manual con todas las preguntas y respuestas que debes conocer para el examen. Estas corresponden a las que ha preparado el Instituto Cervantes para este año.

Es necesario para aplicar a la nacionalidad española:

  • Haber superado los exámenes CCSE y/o DELE por tanto se deberá aportar el Diploma del Instituto Cervantes.
  • Mantener un comportamiento cívico que implica la carencia de antecedentes penales y policiales
  • Presentar la documentación establecida.
  • Pago de las tasas correspondientes
  • Pasaporte completo o documento de identificación en caso de los nacionales de la Unión Europea.

Son requeridos otros documentos en dependencia de cada caso en concreto.

De ser concedida la nacionalidad española, se deberá en un plazo de 180 días, realizar la Jura de la Nacionalidad, requisito previo para gestionar el DNI y pasaporte español en caso contrario se deberá interponer recurso

 Uno de los principales efectos que tiene la adquisición de la nacionalidad española por residencia es que, al ser ciudadano comunitario, será posible siempre que se cumplan con los requisitos establecidos por ley, que se pueda solicitar, la residencia de familiar comunitario.

Importante, la nacionalidad española por residencia se puede perder. Es necesario no incumplir con los requerimientos legales para su conservación.

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En Hernández Castillo Abogados, te orientaremos y asistiremos en todo. Si necesitas realizar cualquier trámite de nacionalidad, no dudes en contactarnos, somos Abogados Expertos en Extranjería y Nacionalidad Española. Trabajamos en toda España y presentamos solicitudes de manera telemática en menos de 24 horas.

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