Soy turista en España, ¿Puedo solicitar una autorización de Estancia por Estudios? ¿Qué requisitos debo cumplir y qué documentos debo aportar? ¿Puedo solicitar una autorización de Estancia para mis familiares si están de turismo en España?
Hoy desde Hernández Castillo Abogados te esclarecemos todo lo que necesitas saber sobre la autorización de Estancia por Estudios.
¿Puedo solicitar la autorización de Estancia por Estudios en España estando como turista?
La respuesta a esta interrogante es de que sí es posible, te explicamos los dos casos.
- Si has entrado a España con visado, deben quedarte al menos 30 días de visado en España.
- Para los países exentos cuando queden como mínimo 60 días de cumplir su periodo legal en España. Es decir, dentro de los 60 días posteriores de la llegada a España.
En ambos casos, se deberán cumplir con los requisitos y la documentación exigida para obtener la autorización de Estancia por Estudios. Si quieres conocer más sobre la Estancia por Estudios, teniendo en cuenta de que es posible obtener este permiso en el país de origen, entre otras informaciones esenciales para aplicar a este permiso, te recomendamos que sigas el siguiente enlace.
¿Qué requisitos son necesarios cumplir para solicitar una autorización de Estancia por Estudios siendo turista en España?
Para poder solicitar la autorización de Estancia por Estudios en España es imprescindible cumplir con los siguientes requisitos:
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de la unión.
- No encontrarse como rechazable en los países con los que España tenga firmado un convenio que regule estos supuestos.
- Encontrarse de manera regular en España.
- Haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España, para la realización de un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudio. En este aspecto resaltar que estaríamos refiriéndonos a más de 20 horas a la semana.
- Contar con medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país y de ser el caso, para los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
Para el solicitante, acreditar mensualmente el 100 % del IPREM, salvo que se pruebe debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia.
- Acreditar el sostenimiento de los familiares del solicitante de estancia, mensualmente, con el 75% del IPREM para el primer familiar y el 50% del IPREM para cada una de las restantes personas, con la excepción de que el alojamiento se encuentre abonado por el periodo en que vaya a durar la estancia.
- El 100% del IPREM el solicitante es de 600 euros
- El 75% del IPREM es de 450 euros (para el primer familiar).
- El 50% del IPREM es de 300 euros (para el resto de los familiares)
- Haber abonado la tasa de tramitación del procedimiento.
- Si la estancia por estudios supera los seis meses, se deberá en el caso de los mayores de edad penal:
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia durante los últimos cinco años por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No padecer ninguna de las enfermedades con repercusiones de salud pública graves de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005 para lo cual se deberá haber contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
¿Qué documentos debo presentar para solicitar la autorización de Estancia por Estudios en España?
- Impreso de solicitud en modelo oficial (EX00), debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
- Pasaporte en vigor o título de viaje,reconocido como válido en España, con vigencia mínima del periodo para el que se solicita la estancia.
- Documento que acrediten contar con los medios económicos necesarios para el período que se solicita y para el retorno al país de procedencia. Será válido cualquier medio de prueba admitido en derecho, tales como medios propios o que provengan de familiares, así como subvenciones, ayudas y becas, entre otros.
- Tener contratado un seguro médico en España que tenga las mismas coberturas que el sistema nacional de salud.
- En el caso de que el estudiante sea menor de edad,que no venga acompañado de sus padre o tutor, autorización de éstos, con constancia del centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y del periodo de estancia previsto.
- Carta de admisión del centro de enseñanza o certificado de matrícula, donde evidentemente se pruebe que el solicitante ha sido admitido para cursar el estudio que se pretende.
- Documento que acredite la titulación del solicitante, en caso de ser necesario.
- Certificado de antecedentes penales, en caso de que el solicitante sea mayor de edad, emitido por las autoridades competentes en el país de origen o en los últimos 5 años donde haya residido el solicitante y en aquellos donde la Estancia por Estudios tenga una duración superior a 6 meses.
- Certificado médico donde se acredite no contar con ninguna de enfermedades con repercusiones en el sistema nacional de salud.
¿Cuál es el procedimiento a seguir para solicitar la autorización de Estancia por Estudios en España?
- Presentar la solicitud de autorización de Estancia por Estudios en España, previa verificación de requisitos y documentos. Solicitud que puede ser:
Mediante abogado especialista en extranjería. Esta opción es la más recomendada, ya que el proceso es más rápido y estarás bien asesorado, garantizando el éxito de tu trámite.
En Hernández Castillo Abogados presentamos tu solicitud de autorización de Estancia por Estudios de forma telemática, ante cualquier oficina de extranjería de España, en menos de 24 horas, solicitud que en este caso debe ser expedita teniendo en cuenta el poco tiempo del que se dispone.
Teniendo en cuenta que se trata de un trámite de extranjería en el que el extranjero tiene muy poco tiempo para presentarlo, es que recomendamos siempre ponerlo en manos de un abogado de extranjería toda vez que, una presentación insuficiente, puede ser causa de inadmisión a trámite y con ello la posibilidad de no obtener este permiso y caer en situación irregular con los riesgos que este genera.
Ya en nuestro post sobre Causas de Inadmisión de Trámite de Extranjería, explicábamos lo que implica una inadmisión para la solicitud que se esté realizando.
De manera personal mediante el impreso de solicitud en modelo oficial (EX00), debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
Lugar de presentación: Oficina de Extranjería del lugar donde se pretenda realizar la formación.
Plazo de resolución: Se establece que el plazo máximo de solución del asunto de un mes contado desde el día hábil siguiente al de la recepción en la oficina extranjería de la solicitud. Si es por vía telemática, desde que se otorga número de expediente, y, por tanto, se notifica la apertura del trámite.
Durante esta fase, podrás ver el estado del expediente de extranjería, que te permitirá conocer en qué situación se encuentra, es decir, si está próximo a resolución o ha sido objeto de algún requerimiento necesario a cumplimentar.
¿Cómo ver el estado del expediente de extranjería? Te lo precisamos en el siguiente enlace.
- Notificación de la Resolución de Extranjería, concediendo o no la solicitud de Estancia por Estudios.
De concederse la solicitud de Estancia por Estudios pasamos al siguiente paso. De lo contrario es imprescindible ponerse en contacto con un abogado que pueda analizar la causa de inadmisión o denegación y adoptar las decisiones legales que más se ajusten al caso. Ponte en contacto con nosotros y presentamos tu recurso.
- Obtención de la Tarjeta de Identidad de Extranjero
Concedida la Resolución, el siguiente paso es la obtención de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, para lo cual es imprescindible solicitar cita previa. ¿Cómo sacar cita previa para huellas? Consulta Aquí.
El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje y aportará:
- Solicitud de tarjeta de extranjero, en modelo oficial (EX-17)
- Justificante del abono de la tasa de la tarjeta.
- Una fotografía reciente en color, en fondo blanco, tamaño carné.
¿Qué tiempo durará la autorización de Estancia por Estudios?
La duración de la estancia por estudios que se conceda será igual a la de los estudios que se vayan a realizar, con el límite máximo de un año o de dos años si se trata de estudios realizados en una institución de enseñanza superior autorizada, que den lugar a la obtención de un título de educación superior reconocido.
En el supuesto de que la estancia por estudios tenga una duración superior a seis meses, el extranjero deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero en el plazo de un mes desde la entrada en España, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización.
Los documentos emitidos en el exterior, deberán ser legalizados en el país de origen o en el país de residencia en los últimos 5 años. Si el país emisor del documento es firmante de la Convención de La Haya, sólo llevará La Apostilla. De lo contrario, deberá acudirse a la vía diplomática, salvo que exista convenio bilateral, donde se aplicará lo convenido por las partes.
Los documentos provenientes de países de habla no hispana, deben estar traducidos al español con traductor jurado, excepto aquellos documentos de países que mediante Convenios Internacionales se le exima de traducción, como los certificados plurilingües emitidos por los países de la Unión Europea.
¿Se podrá presentar solicitud de Estancia por Estudios al familiar que acompaña al solicitante si aquel está como turista?
No, se deberá solicitar el visado de los familiares en el país de origen con los requisitos y documentación requerido al efecto. Desde España no es posible. Más información en el siguiente enlace.
¿Otorga la Estancia por Estudios permiso de trabajo?
Esta autorización implica una autorización para trabajar tanto por Cuenta Ajena como Propia “(…) siempre que se trate de estudios superiores, de una formación reglada para el empleo o destinada a la obtención de un certificado de profesionalidad, o una formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación específica,…”. Es decir, la propia autorización de la Estancia por Estudios lleva implícita este permiso de trabajo.
En los demás casos se necesita solicitar la autorización. La norma establece:”Los extranjeros que dispongan de la correspondiente autorización de estancia por estudios, formación, prácticas no laborales o servicios de voluntariado podrán ser autorizados a realizar actividades laborales en instituciones públicas o entidades privadas cuando el empleador, como sujeto legitimado, presente la solicitud de autorización de trabajo y los requisitos previstos en el artículo 64, excepto el apartado 2.b) y el apartado 3.a)”.
“Asimismo, podrán ser autorizados a realizar actividades por cuenta propia, siempre y cuando se cumplan los requisitos previstos en el artículo 105, excepto el apartado 2.b) y 3.d)”.
Dichas actividades deberán ser compatibles con la realización de aquéllas para las que, con carácter principal, se concedió la autorización de estancia.
Otro de los requisitos establecidos es que la actividad laboral no podrá ser superior a las treinta horas semanales.
¿Qué puedo hacer después de finalizada la Estancia por Estudios?
Después de finalizada la Estancia por Estudios el extranjero podrá:
- Renovar o prorrogar la estancia por estudios, que se concede a los extranjeros que hayan sido autorizados inicialmente por un visado de estudios otorgado en el país.
¿Cómo renovar la Estancia por Estudios? Todos los detalles en el siguiente enlace.
- Modificar a una situación de residencia que puede ser la siguiente:
De Modificación de Estancia por Estudios a Residencia para búsqueda de empleo, siendo aplicable para aquellos estudiantes extranjeros que hayan finalizado sus estudios de grado, máster o doctorado correspondientes al nivel 6 de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones y estén en posesión de una estancia por estudios en España o prórroga de esta.
De Modificación de Estancia por Estudios a Residencia para Prácticas
A este tipo de residencia para prácticas profesionales lo solicitan comúnmente, los estudiantes de grado o máster universitario, siendo el solicitante titular de una autorización de Estancia por Estudios.
Es importante señalar que para la residencia para prácticas como para búsqueda de empleo se aplican a aquellos extranjeros que hayan obtenido una titulación de nivel superior o una Maestría, encontrando su amparo legal en la Ley 14/2013 de 27 de septiembre.
De Modificación de Estancia por Estudios a Residencia inicial de Trabajo por Cuenta Ajena
A esta residencia aplican aquellos extranjeros que hayan estado previamente realizando una Estancia por Estudios, como es el caso, aunque no es la única manera. Se puede modificar también desde una situación de residencia.
Esta solicitud de residencia que debe ser solicitada por el empleador, debe cumplir con una serie de requisitos que te comentamos en el siguiente enlace.
De Modificación de Estancia por Estudios a Residencia inicial de Trabajo por Cuenta Propia.
Para la residencia y trabajo por Cuenta Propia es posible acceder siempre que se tenga la intención de crear su propio negocio. Es muy común encontrar esta modalidad en el caso de los médicos MIR que tengan interés una vez finalizada su Estancia por Estudios en España aplicar a este tipo de permiso, siendo uno de los requisitos el poder acreditar que la inversión prevista sea suficiente, y la incidencia en la creación de empleo incluso el autoempleo.
Es preciso señalar que no es al único tipo de residencia al que pueden aplicar. Conoce los detalles aquí.
Modificación de la situación de estancia por estudios, investigación formación o prácticas a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia inicial.
De Estancia por Estudios a Residencia para personal altamente cualificado.
El permiso como profesional altamente cualificado se encuentra regulado en la Ley de Emprendedores, a la que pueden aplicar los extranjeros siempre y cuando se den determinados requisitos, siendo uno de ellos precisamente encontrarse en situación de Estancia por Estudios. Para más información te invitamos a que consultes el siguiente enlace.
¿Si he modificado de una situación de Estancia por Estudios a una situación de residencia podré reagrupar a mis familiares?
Para poder reagrupar a los familiares establecidos en la ley, se necesitaría cumplir con las reglas establecidas para Reagrupación Familiar y siendo uno de los requisitos imprescindibles, que la familia se encuentre ya en posesión de una autorización de Estancia por Estudios en condición de acompañante del titular de esa autorización.
Mas información sobre documentos y requisitos en el siguiente enlace.
A otras interrogantes como: ¿Puedo solicitar Estancia por Estudios en el país de origen? ¿Acumula para la nacionalidad española? y otras preguntas, te las respondemos en nuestra Guía Completa de Estancia por Estudios.
De nuestro Post, Soy turista en España, ¿Puedo aplicar a autorización de Estancia por Estudios?, lo más importante:
Si estás en España como turista es importante que sepas que puedes aplicar a una autorización de Estancia por estudios, siempre que la solicitud se realice en un tiempo concreto, dependiendo si tu pais está exento de visado o no, por lo que no lo puedes hacer en situación irregular.
Qué para aplicar a una autorización de Estancia por Estudios es importante cumplir con cada uno de los requisitos y documentación que se exige para esta autorización.
Que la presentación del trámite se puede realizar a través de abogado experto en extranjería quién podrá realizar la solicitud de manera telemática aunque también por el propio estudiante.
Siempre recomendamos que esta solicitud se realice a través de abogado teniendo en cuenta que a diferencia de otros permisos ya sea de estancia o residencia, el extranjero contará con muy poco tiempo para poder realizar la solicitud de Estancia.
De lo antes expuesto, recordemos que la presentación se deberá realizar en un tiempo concreto, por lo que una presentación insuficiente o adoleciendo de determinados requisitos, puede generar causa de inadmisión a trámite de extranjería.
Con respecto a los familiares que desde un momento estuvieron acompañando al titular de la autorización de Estancia por Estudios, es importante precisar que pueden continuar acompañando al solicitante de la autorización siempre y cuando concurran los requisitos establecidos para la reagrupación familiar.
Si necesitas presentar la autorización de estancia por estudios, o cualquier otro trámite de Extranjería o tu nacionalidad española por residencia, no dudes en contactarnos. Somos Abogados Expertos en Extranjería y Nacionalidad Española. Trabajamos en toda España y presentamos solicitudes de manera telemática en menos de 24 horas.
¡Escríbenos por WhatsApp pulsando aqui: o llámanos al 977003635 estaremos encantados de ayudarte!