Si estabas pensando en trabajar y trasladar tu residencia a España, o te encuentras ya en el país pero en situación irregular y con malas condiciones laborales, hoy es tu día de suerte porque te vamos a dar una muy buena noticia. Así, pese a la polémica actual acerca de la inmigración en España promovida por parte de los sectores políticamente más conservadores, el Gobierno español ha presentado un Borrador/Propuesta para un nuevo Reglamento de Extranjería, aún pendiente de aprobación definitiva.
Los letrados/as y demás profesionales de Hernández Castillo Abogados, con meses de antelación a su entrada en vigor, ya estamos analizando las claves de esta reforma del Reglamento de Extranjería, y te iremos contando y explicando detalladamente las últimas novedades. Entre ellas, cómo se facilitará la regularización de inmigrantes a través del Arraigo en España, sobre todo de los que hayan sido objeto de explotación laboral o víctimas de violencia de género.
Y si te quedas con alguna duda, siempre puedes contactar con nosotros de manera online, o bien en el número de teléfono +34 977 00 36 35 o a través de nuestro Whatsapp, e incluso acudiendo en persona (por favor, con cita previa) a nuestro despacho situado en la ciudad de Tarragona. Trabajamos en toda España y presentamos tus solicitudes en menos de 24 horas, ya que estamos acreditados para presentarlas en tu nombre de forma telemática. No menos importante es que te atenderemos encantados.
¿Qué pretende el nuevo Reglamento de Extranjería?
Recientemente, en los medios de comunicación ha salido la Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España, Elma Saiz, explicando que el nuevo texto legal pone el acento en combatir las mafias, el fraude y la vulneración de derechos, pero también en atender a las necesidades del mercado laboral, facilitando la entrada de personas extranjeras en el mismo.
Asimismo, ha apuntado la urgencia de un nuevo Reglamento de Extranjería, señalando que: ““El Reglamento de Extranjería actual tiene 13 años y, si no se ha quedado obsoleto, es porque ha experimentado diversas modificaciones en todos estos años liderados por el presidente Pedro Sánchez”. Concretamente, el Reglamento de Extranjería fue modificado en los años 2018, 2021 y 2022, aunque quizá esta nueva reforma es la más ambiciosa de todas.
El nuevo Reglamento de Extranjería también destaca porque simplifica los trámites para que las empresas puedan contratar a personas extranjeras y proporciona seguridad jurídica tanto a las personas migrantes como a sus familias.
Ahora te explicamos las principales novedades.
Mejoras para víctimas de explotación laboral
El nuevo Reglamento de Extranjería destaca en varios aspectos:
- Posibilidad de que la víctima de explotación laboral pueda hacer un cambio en su puesto de trabajo en casos de abuso o imposibilidad de continuar en el mismo.
- Nueva regulación que permitirá a los inmigrantes compatibilizar el trabajo por cuenta propia y ajena, regulándose especialmente las actividades de temporada.
- Simplificación del proceso de contratación de inmigrantes, lo cual facilitará a las empresas radicadas en España la contratación masiva de personas extranjeras.
Por otra parte, la reforma del Reglamento de Extranjería introducirá nuevos tipos de Arraigo en España, como:
- El Arraigo Sociolaboral.
- El Arraigo de Segunda Oportunidad.
- Y la eliminación de la Residencia por Arraigo Familiar.
Como requisitos generales para todas las autorizaciones de residencia temporal por la circunstancia excepcional de Arraigo en España, se establece en el nuevo Reglamento de Extranjería que la persona extranjera debe cumplir de forma acumulativa con todos los siguientes requisitos:
- Encontrarse en España en situación irregular en el momento de la solicitud, salvo cuando se trate de solicitar Arraigo Familiar, sobre el que te dejamos mucha más información en el siguiente enlace.
- Haber permanecido de forma continuada e ininterrumpida en el territorio nacional durante los 2 años anteriores, al menos, a la presentación de dicha solicitud, excepto en el arraigo social, que requerirá de una permanencia continuada e ininterrumpida de 3 años, y en el arraigo familiar, que no requerirá un periodo mínimo de permanencia.
- No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública. Y salvo que haya permanecido en territorio nacional de forma continuada en España durante los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud o acreditado anteriormente dicha circunstancia, carecer de antecedentes penales en España y en los demás países donde haya residido durante los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de su solicitud, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español. Tampoco puede figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido, ni encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.
- Haber abonado la tasa por la tramitación del procedimiento.
Arraigo Sociolaboral
El Arraigo Sociolaboral es un nuevo permiso de residencia y trabajo en España que viene a sustituir a la actual autorización de residencia y trabajo por la circunstancia excepcional de Arraigo Laboral en España, sobre la que tienes una maravillosa Guía Completa en el siguiente enlace.
La reforma reduce los requisitos para la integración laboral en España de las personas extranjeras con esta nueva figura legal, ya que entre otras:
- Elimina el requisito de contar con vínculos familiares en España.
- Reduce de 3 a 2 años la permanencia necesaria en España para acceder a un permiso de residencia y trabajo en el país.
- Reduce de 30 a 20 horas semanales las horas que se exigen en el contrato que debes aportar para obtener tu permiso de residencia y trabajo.
- Permite prorrogar la autorización de residencia cuando el/la trabajador/a extranjero/a haya estado dado de alta en la Seguridad Social española durante 3 meses en un periodo de 6 meses.
Si quieres saber más sobre el nuevo Arraigo Sociolaboral, visita el siguiente enlace.
Arraigo de Segunda Oportunidad
El nuevo Reglamento de Extranjería también ha creado un nuevo Arraigo de Segunda Oportunidad que flexibiliza los requisitos para obtener un permiso de residencia y trabajo en España, exigiendo entre otros:
- Un mínimo de dos años de permanencia en España.
- Un mínimo de 6 meses de actividad laboral por cuenta ajena en España.
Este nuevo Arraigo de Segunda Oportunidad es especialmente interesante para los solicitantes de Asilo que quieran obtener el permiso de residencia y trabajo a través del Arraigo en España.
Si quieres saber más, tenemos un artículo sobre el nuevo Arraigo de Segunda Oportunidad que puedes ver en el siguiente enlace.
Mejoras para estudiantes extranjeros en España
Respecto de los estudiantes extranjeros, en primer lugar destacar que ya no tendrán que renovar anualmente sus permisos de residencia por estudios en España, ya que se les concederá una autorización de residencia por una duración hasta la finalización de dichos estudios.
Además, pretende introducir un nuevo Arraigo Socioformativo, que es una especie de versión mejorada 2.0 del actual Arraigo para la Formación, el cual quedará sustituido por aquel a partir de la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería.
Así, uno de los grandes avances del nuevo Reglamento de Extranjería en este punto, y a diferencia de lo que ocurre con el actual Arraigo para la Formación, es que sí se permite trabajar a las personas extranjeras mientras disfrutan del permiso de residencia otorgado por Arraigo Socioformativo.
Si quieres saber más sobre el nuevo Arraigo Socioformativo, visita el siguiente enlace.
Pero si no puedes esperar y ya mismo quieres saber más sobre el actual permiso de residencia por Arraigo para la Formación, te recomendamos el siguiente enlace.
Mejoras para la Reagrupación Familiar
Con la reforma del Reglamento de Extranjería, se vendrá a facilitar el acceso al permiso de residencia en España por Reagrupación Familiar.
De entre todas las reformas que pretende el nuevo Reglamento de Extranjería destacar:
- Reducir y facilitar la forma en que se pueden acreditar los recursos económicos que debe disponer el reagrupante para traer a España a sus familiares.
- Modificar para facilitar el permiso de residencia en España por Arraigo Familiar.
- Crear un nuevo estatuto para los familiares de ciudadanos con nacionalidad española.
- Crear un visado y una residencia específica para los familiares de españoles, como te contamos en un artículo anterior.
Si quieres saber más sobre la nueva Residencia Temporal para Familiares de Españoles, visita el siguiente enlace.
Si quieres saber las principales diferencias entre Arraigo Familiar, Tarjeta Comunitaria o Reagrupación Familiar, te dejamos un artículo en el siguiente enlace.
¿Cuándo saldrá el nuevo Reglamento de Extranjería?
Todavía hay que esperar, ya que el Borrador o Propuesta de reforma del Reglamento de Extranjería será revisado en vista de las alegaciones formuladas hasta el pasado 10 de septiembre. Y tras su aprobación definitiva por el Consejo de Ministros, se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Además, dice la Disposición Final Tercera que: “El presente Real Decreto y el Reglamento que por él se aprueba entrarán en vigor a los 6 meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.” Todo ello, salvo que sea suprimida o modificada finalmente dicha Disposición Final Tercera.
Por tanto, no podemos decirte con certeza a partir de qué fecha podrás solicitar el nuevo permiso de residencia por Arraigo Sociolaboral, pero seguramente que no sea hasta bien entrado el año 2025.
De modo que, si deseas regularizar ya mismo tu situación en el país a través del Arraigo en España, tienes más información sobre los actuales Tipos de Arraigo en España haciendo click en el siguiente enlace.
Por último, y sobre todo por si te encuentras en situación irregular en el país, recordarte que habrá una nueva regularización extraordinaria de inmigrantes en España, sobre la cual puedes informarte haciendo click en el siguiente enlace.
Desde Hernández Castillo Abogados, con el fin de evitar demoras innecesarias en tus trámites de extranjería o una denegación de tu solicitud de permiso de residencia o de concesión de la nacionalidad española, siempre te recomendaremos el asesoramiento y la gestión a través de profesionales especializados. Si así lo deseas, nosotros podemos orientarte y asistirte en todos los trámites, pues somos abogados expertos en Derecho de Extranjería y Nacionalidad Española. Trabajamos en toda España y nos comprometemos a presentar tus solicitudes en menos de 24 horas, ya que estamos acreditados para presentarlas de forma telemática.
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