¿Qué es el Arraigo Laboral? ¿Cuáles son los requisitos? ¿Dónde solicitar el Arraigo Laboral? ¿ Podré solicitar el Arraigo Laboral si me han denegado el Asilo Político?
Ante tantas dudas, hemos querido poner a disposición de nuestros clientes, una Guía Completa del Arraigo Laboral que les permitirá conocer todo lo importante a tener en cuenta para aplicar a este tipo de Residencia por Circunstancias Excepcionales. Desde Hernández Castillo abogados, respondemos tus dudas.
El Arraigo Laboral es una de las llamadas residencias por Arraigo, reguladas en la Ley Orgánica 4/2000 y desarrollada en su Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, que permitirá adquirir una residencia legal en España.
¿Qué es Arraigo Laboral?
Es una de las residencia por Circunstancias Excepcionales reguladas en las normativas de extranjería que otorgan a los extranjeros, un permiso de residencia por un año y autoriza a trabajar por Cuenta Ajena o por Cuenta Propia siempre que:
- Lleven dos años de permanencia ininterrumpida en España que les permita acceder a este permiso de residencia, se cumplan con los requisitos establecidos en la legislación vigente.
- Demostrar la existencia de relaciones laborales como más adelante especificaremos.
¿Cuáles son los requisitos para la Residencia por Arraigo Laboral?
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- Carecer de antecedentes penales en Españay en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No tener prohibida la entrada en Españay no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a Españaque el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
- Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de dos años. Se entiende permanencia continuada si las ausencias no han superado los 90 días en los dos últimos años.
- Poder demostrar la existencia de relaciones laborales con entidad suficiente, como precisaremos más adelante.
¿Qué se entiende por relación laboral con entidad suficiente?
Se entiende a aquellas relaciones laborales que se han concertado en el que el salario se corresponda con el salario mínimo interprofesional, ya sea a través de una jornada laboral de 30 horas semanales por seis meses o 15 horas por un año.
¿Qué documentos se deben aportar para solicitar la residencia por Arraigo Laboral?
- Impreso de solicituden modelo oficial (EX–10) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero
- Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses.
- Documentación que pruebe la permanencia continuada en España de dos años como mínimo.
La documentación que pruebe esta permanencia deberá tener los datos de identificación del solicitante, y haber sido emitida y/o registrada por una Administración Pública española, preferentemente. Así serán considerados los documentos del empadronamiento, de alguna hospitalización, consulta médica en la sanidad pública, o cualquier documentación municipal, autonómica o estatal que pruebe esta presencia en España.
A los efectos del cómputo de la permanencia en España, se entenderá que las ausencias no podrán exceder los 120 días en un período de tres años o 90 días en un período de dos años.
- Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o países en los que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la entrada en España.
- Documentación que demuestre la existencia de relaciones laborales, en situación legal de estancia o residencia en los últimos dos años. A estos efectos, la actividad laboral por cuenta ajena deberá suponer, como mínimo, una jornada de 30 horas semanales en el periodo de seis meses o de 15 horas semanales en un periodo de 12 meses. En el caso de trabajo por cuenta propia se deberá acreditar una actividad continuada de, al menos, seis meses.
Muy importante y es que los documentos provenientes de países de habla no hispana, deben estar traducidos al español con traductor jurado, excepto aquellos documentos de países que mediante Convenios Internacionales se le exima de traducción, como los certificados plurilingües emitidos por los países de la Unión Europea. Tambien deberán ser debidamente legalizados ya sea por la vía diplomática por ser parte en algún tratado bilateral o por ser el país signatario de la Convención de La Haya.
¿Qué procedimiento se debe seguir para solicitar la autorización de Residencia por Arraigo Laboral?
A continuación, especificamos cada uno de los pasos que se deben seguir para solicitar la autorización de Residencia por Arraigo Laboral.
Primer paso: Presentación de la solicitud de Residencia por Arraigo Laboral por sujeto legitimado ante la autoridad facultada
Pueden efectuar la presentación:
- Abogado experto en extranjería debidamente autorizado por el extranjero
- Extranjero con certificado digital o ante la propia oficina de extranjería de donde esté empadronado.
Lugar de presentación: Oficina de Extranjería de la provincia en la que el extranjero tenga fijado el domicilio. Información de la dirección, teléfonos y horarios de atención al público.
Segundo paso: Pago de las tasas correspondientes y presentación de la documentación necesaria para la solicitud de residencia
Las tasas para Residencia por Arraigo Laboral se devengarán en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberán abonarse en el plazo de diez días hábiles, a saber:
Modelo 790 código 052, epígrafe 2.1 autorización inicial de residencia temporal a abonar por el trabajador extranjero
- El impreso para el abono se podrá descargar desde el portal de Internet de la Secretaría de Estado de la Función Pública
Tercer paso: Concesión de la Residencia por Arraigo Laboral
La administración podrá conceder la residencia por Arraigo Laboral en los términos que especificaremos pero igualmente puede proceder a denegar la misma debiendo el solicitante acudir a un especialista en materia de extranjería.
¿Te han denegado la solicitud de residencia por Arraigo Laboral? Ponte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte.
¿Qué tiempo de residencia confiere la Residencia Por Arraigo Laboral?
La autorización inicial confiere un año de residencia legal en España, pudiendo ser renovado según las últimas modificaciones al nuevo Reglamento de Extranjería, por el mismo período en el caso de que se mantengan las condiciones por la que fue concedida y el solicitante no cumpla con los requisitos a otro tipo de residencia.
¿De qué plazo se dispone para resolver la solicitud de residencia?
- El plazo de resolución de la solicitud por lo general es de 3 meses, contados a partir del día siguiente a la fecha en que se haya registrado por el órgano competente para su tramitación.
- Si ha decursado este plazo sin que la administración haya practicado la notificación, se entiende que se ha desestimado por silencio administrativo. No obstante, es usual que la administración no cumpla con este término y demore mucho más en la resolución de los casos, teniendo en cuenta el alto volumen de trámites de extranjería. Cuando no se haya podido notificar la resolución se anunciará en el Tablón Edictal Único (TEU).
- Por otra parte, si se ha optado por notificación electrónica o normativamente estuviera obligado a utilizar ese medio, la resolución se notificará mediante publicación en la sede electrónica. Si no se accediera a la resolución en 10 días hábiles desde su publicación, se dará por notificada.
Cuarto: Solicitud de Tarjeta de Identidad de Extranjero (NIE/TIE)
Una vez concedida la autorización de residencia por Arraigo Labora y por tanto notificada la resolución que la concede, el solicitante deberá proceder a la obtención o a la renovación de la Tarjeta de Identificación de Extranjero que se hace en las Oficinas de Extranjerías o Comisarías de Policía Nacional, pero para ello se requerirá realizar una solicitud de cita previa para huellas de manera online.
En el siguiente link te explicamos cómo.
El día de la cita se deberá presentar:
- Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX–17).
- Justificante del abono de la tasa Modelo 790 Código 012.
- Pasaporte Original o título de viaje o cédula de inscripción de extranjeros indocumentados.
- Tres fotografías recientes, a color (formato DNI).
- Copia de la Resolución de Concesión de la autorización.
- Certificado de empadronamiento si se ha cambiado de domicilio.
¿Qué tipo de autorización concede la Residencia por Arraigo Laboral?
La Residencia por Arraigo Laboral concede una autorización de Trabajo y Residencia por Cuenta Ajena o Cuenta Propia.
¿Puedo renovar la Residencia por Arraigo Laboral?
Sí es posible, puedo renovar la residencia siempre que se mantengan las mismas condiciones para su concesión y no aplique a otro permiso de residencia por no cumplir con los requisitos establecidos para este.
¿Puedo modificar el permiso de residencia por Arraigo Laboral?
Sí es posible modificar a otros permisos de residencia.
Es posible modificar la autorización de residencia por circunstancias excepciones, en este caso, Arraigo Laboral a una autorización inicial de residencia y trabajo por Cuenta Ajena. Para lo cual deben concurrir los siguientes requisitos:
No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
Encontrarse en situación de residencia temporal por circunstancias excepcionales en España durante, al menos, un año.
Carecer de antecedentes penales en España. No obstante, se valorará la posibilidad de renovar la autorización de residencia a los extranjeros que hubieren sido condenados por la comisión de un delito y hayan cumplido la condena, los que hubieran sido indultados o se hallasen en situación de remisión condicional de la pena o de suspensión de la pena.
Estar habilitado para trabajar por cuenta ajena.
Tener escolarizados a los menores a su cargo en edad de escolarización obligatoria durante la permanencia de éstos en España.
Cuando se acredite la continuidad en la relación laboral que dio lugar a la concesión de la autorización cuya renovación se pretende.
Cuando el trabajador haya tenido un periodo de actividad laboral de al menos tres meses por año, y el trabajador se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias:
Haya suscrito un contrato de trabajo con un nuevo empleador acorde con las características de su autorización para trabajar, y figure en situación de alta o asimilada al alta en el momento de solicitar la renovación.
Disponga de un nuevo contrato que reúna los requisitos establecidos en el artículo 64 y con inicio de vigencia condicionado a la concesión de renovación.
Que la relación laboral que dio lugar a la autorización cuya renovación se pretende se interrumpió por causas Ajenas a su voluntad, y que ha buscado activamente empleo, mediante su inscripción en el Servicio Público de Empleo competente como demandante de empleo.
Cuando el trabajador se encuentre en alguna de las situaciones previstas en el artículo 38.6 b) y c) de la Ley Orgánica4/2000, de 11 de enero.
De acuerdo con el artículo 38.6.d) de la Ley Orgánica 4/2000, de11 de enero, cuando:
El trabajador acredite que se ha encontrado trabajando y en alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social durante un mínimo de nueve meses en un periodo de doce, o de dieciocho meses en un periodo de veinticuatro, siempre que su última relación laboral se hubiese interrumpido por causas Ajenas a su voluntad y haya buscado activamente empleo.
El cónyuge cumpliera con los requisitos económicos para reagrupar al trabajador. Se procederá igualmente a la renovación, cuando el requisito sea cumplido por la persona con la que el extranjero mantenga una relación de análoga afectividad a la conyugal en los términos previstos en materia de reagrupación familiar.
Para más información, consulte nuestra web.
Modificación a una autorización de Residencia y Trabajo Por Cuenta Propia.
Deben cumplirse para ello los siguientes requisitos:
No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
Encontrarse en situación de residencia temporal por circunstancias excepcionales en España durante, al menos, un año.
Carecer de antecedentes penales en España. No obstante, se valorará la posibilidad de renovar la autorización de residencia a los extranjeros que hubieren sido condenados por la comisión de un delito y hayan cumplido la condena, los que hubieran sido indultados o se hallasen en situación de remisión condicional de la pena o de suspensión de la pena.
Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige para la apertura y funcionamiento de la actividad.
Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada, suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como en su caso la colegiación cuando así se requiera.
Poder acreditar que la inversión prevista sea suficiente y la incidencia, en su caso, en la creación de empleo.
Poder acreditar que se producirán recursos económicos suficientes para la manutención y alojamiento del interesado, una vez deducidos los necesarios para el mantenimiento de la actividad.
En su caso, informe emitido por las autoridades autonómicas, o las competentes en cada caso, o del centro educativo que acredite la escolarización de los menores a su cargo que estén en edad de escolarización obligatoria.
Para más información no dejes de consultar el siguiente enlace
¿Cómo ver el expediente de extranjería si ya presenté la solicitud de Arraigo Laboral?
Muy fácil, en el siguiente link te explicamos como. Es de vital importancia estar atentos a cada uno de los estados en los que puede encontrarse la tramitación del expediente, pues en dependencia de ello, habría que complementar documentación de ser necesario o de adoptar otras decisiones en dependencia del estado por el que transite el expediente de extranjería.
¿Qué puedo hacer si me deniegan la solicitud de autorización de Residencia por Arraigo Laboral?
Si se denegara la autorización de Residencia por Arraigo Laboral se podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición y/o Recurso Contencioso Administrativo en los términos establecidos en la legislación vigente. Para ello deberás contactar a un abogado especialista en temas de extranjería. Contacta con nosotros; estaremos encantados de ayudarte.
¿Podré presentar el Arraigo Laboral si se ha denegado la solicitud de asilo?
Sí es posible porque las personas que han tenido su Tarjeta Roja, y han podido trabajar, siempre que cumplan con los requisitos de entidad laboral de la relación laboral como ya explicábamos, pueden en caso de denegación, aplicar al Arraigo Laboral.
¿Puedo aplicar al Arraigo Laboral si se presentó solicitud de asilo o recurso contra la denegación de asilo?
No es posible que se se otorgue el asilo político pues se entiende por parte de la Oficina de Extranjería que el extranjero se encuentra en situación regular y por tanto inadmite a tramite la solicitud. Precisamente es imprescindible encontrarse en situación irregular para aplicar a la Residencia por Arraigo Laboral
¿Acumula la Residencia por Arraigo Laboral para nacionalidad española por Residencia?
La solicitud de Nacionalidad Española por Residencia es posible obtenerla siempre que se hayan cumplido con los términos de residencia de manera continuada que exige la ley, además del cumplimiento de determinados requisitos que tienen que ver además con el periodo de residencia, en dependencia de la nacionalidad del solicitante.
- haber superado previamente los exámenes CCSE, y en su caso, el examen DELEcon nivel de idioma A2 o superior.
- No poseer antecedentes penales
Para más información no dejes de consultar el siguiente enlace
¿En qué casos podré presentar autorización de residencia por Arraigo Laboral?
- Personas que han tenido su Tarjeta Roja, y durante este periodo han trabajado y luego se les ha denegado el Asilo.
- Personas que tenían un permiso de residencia y trabajo, han trabajado cumpliendo con el término y no han podido renovarlo.
- Extranjeros titulares de una Autorización de Residencia como Profesional Altamente Cualificado y que no pueden renovar sus permisos.
- Personas que ostentaron una residencia de familiar comunitario y hayan perdido su condición de residente, por alguna razón
- También los que poseían una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, etc.
Afortunadamente, como ya explicábamos en nuestros Post Modificaciones al Reglamento de Extranjería la principal novedad del Arraigo Laboral es que ya en el reglamento de la Ley de Extranjería para acceder a este arraigo, se puede acreditar haber trabajado ya sea desde la situación de estancia o residencia.
Lo cierto es que con la emisión del RD629/2022, que introdujo modificaciones al Reglamento de Extranjería, finalmente el Arraigo Laboral era modificado, con lo cual quedaba atrás las interpretaciones inadecuadas de lo que ya había sido sentado por la Jurisprudencia del Tribunal Supremo.
¿Podré reagrupar a mi familia con la residencia por arraigo laboral?
No se puede reagrupar, pues para ello es necesario haber renovado la residencia. Recordemos que se requiere haber cumplimentado ya un año de residencia legal en España y haber renovado la residencia. Que para el caso de los ascendientes en primer grado es necesario contar con una residencia de larga duración o larga duración de la UE.
Para más información no dejes de consultar el siguiente link
De nuestro post, Guía Completa de Arraigo Laboral 2023, lo más importante.
El Arraigo Laboral constituye una de las Residencias por Circunstancias Excepcionales reconocidas en el Reglamento de Extranjería, que permite a los extranjeros con una permanencia continuada de dos años en España, acceder a una residencia temporal que les permite trabajar, tanto por cuenta ajena como propia por el término de un año.
Para aplicar a esta residencia, es necesario cumplir con los requisitos y documentación establecido para ello. Muy importante y es que los documentos que son necesarios presentar otorgados en el exterior, deberán ser legalizados, ya sea por la vía diplomática o si el país es signatario de la Convención de La Haya, deberán llevar la Apostilla o regirse por los convenios que hubiesen suscritos las partes.Que, en caso de haberse producido ausencias del territorio nacional, estas no pueden haber excedido el término de 90 días en un periodo de dos años.
Pueden acceder a una autorización de residencia por Arraigo Laboral los extranjeros que se encuentren en los siguientes casos:
Personas que han tenido su Tarjeta Roja, y durante este periodo han trabajado y luego se les ha denegado el Asilo
Personas que tenían un permiso de residencia y trabajo, han trabajado cumpliendo con el término y no han podido renovarlo.
Extranjeros titulares de una Autorización de Residencia como Profesional Altamente Cualificado y que no pueden renovar sus permisos.
Personas que ostentaron una residencia de familiar comunitario y hayan perdido su condición de residente, por alguna razón.
También aquellas personas que hubieran trabajado por cuenta propia, etc.
Si el trámite de asilo político está en periodo de solicitud o de recurso, no será concedido el Arraigo Laboral pues se entiende que no se ha cumplido con uno de los requisitos esenciales para aplical al Arraigo Laboral que es encontrarse en situación irregular. Si se ha denegado el asilo político y la decisión no se recurrió, entonces si se puede solicitar, siempre que previamente la persona solicitante haya trabajado de la manera que ya hemos explicado en este post.
Es importante tener en cuenta que para que se cumpla con el requisito de haber concertado relaciones laborales con entidad laboral, el solicitante debió haber laborado por Cuenta Ajena, como mínimo, haber percibido el salario mínimo interprofesional con una jornada de 30 horas semanales en el periodo de seis meses o de 15 horas semanales en un periodo de 12 meses . En el caso de trabajo por cuenta propia se deberá acreditar una actividad continuada de, al menos, seis meses.
Se puede presentar el trámite de extranjería a través de:
Abogado, que es la opción que siempre recomendamos, por cuanto existen una mayor tasa de éxitos de un expediente presentado por un especialista en temas de extranjería, precisamente por el conocimiento y la experiencia acumulada en cada caso.
De manera personal por el propio interesado, con certificado digital o personalmente en la oficina de extranjería donde esté empadronado el extranjero.
El Arraigo Laboral acumula para adquirir la nacionalidad española por residencia, puede ser recurrido en caso de denegación, puede renovarse siempre que la persona no aplique a otro permiso de residencia y se mantengan las mismas condiciones por las que fue emitido el permiso, también puede modificarse a otros permisos de residencia como ya hemos explicado
En Hernández Castillo Abogados, te orientaremos y asistiremos en todos los trámites de la solicitud del Arraigo Laboral. Años de experiencia en el sector, nos respaldan a la hora de solicitar el Arraigo Laboral para ti. No desperdicies esta posibilidad de mejorar tu calidad de vida.
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