Muchos son los errores que se cometen en la solicitud de la Nacionalidad Española por Residencia y que, en dependencia de los mismos, pueden provocar una causa de inadmisión o denegación de la solicitud de Nacionalidad Española.
Es por eso que desde Hernández Castillo Abogados hemos querido precisar los errores más comunes que se cometen en la presentación de la solicitud de la Nacionalidad Española por Residencia. A continuación, te presentamos los más frecuentes.
Presentar pasaporte caducado
Uno de los requisitos que se exigen cuando vas a presentar la Nacionalidad Española por Residencia es aportar el pasaporte en vigor, por tanto, si tienes el pasaporte caducado deberás proceder a renovarlo antes, lo que no impide que una vez obtenido el resguardo de la renovación no puedas presentar la nacionalidad.
Nuestra recomendación es presentar la solicitud de Nacionalidad Española por Residencia con el resguardo de renovación del nuevo pasaporte y con la fotocopia de todas las páginas del anterior. Puedes entonces aportar el nuevo pasaporte a tu expediente de nacionalidad española para una presentación más completa.
No aportar copia de todas las hojas del pasaporte
Es importante que se haga una copia completa del pasaporte en vigor del solicitante. Es decir, incluir todas las hojas, aunque estén en blanco. De esta manera, se conocerá sobre las ausencias al territorio español y también servirá para computar el tiempo de residencia en España.
No acreditar haber superado los exámenes CCSE y/o DELE
Otro de los requisitos establecidos para realizar la solicitud de la Nacionalidad Española por Residencia es no acreditar integración con la sociedad española, que se traduce en no haber superado los exámenes CCSE y DELE. Es decir, la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España y de idioma en caso que el solicitante no sea de habla hispana.
Si aun no has superado los exámenes anteriores, te invitamos a que estudies para el examen de nacionalidad española por el manual que hemos elaborado, donde puedes encontrar las preguntas y respuestas. Es una forma mucho más facil de estudiar, pues ya tienes las respuestas marcadas. Descarga aquí – Test de Nacionalidad Española 2023.
Presentar la Nacionalidad Española por Residencia sin acreditar dispensa para examen CCSE y/o DELE
En nuestro post ¿Cómo tramitar la Nacionalidad Española por Residencia si he estudiado en España? explicábamos que en determinados casos era posible estar exento de realizar los exámenes CCSE y DELE, siempre y cuando se hubiese realizado determinadas formaciones en España, en cuyo caso sólo se precisaba presentar la titulación que lo acreditara.
En los demás casos que se relacionan a continuación, se necesita la resolución que lo acredite.
- Personas que no saben leer ni escribir los que tendrán una dispensa parcial y se le adaptará el examen a su capacidad.
- Personas con dificultades para el aprendizaje siempre que estas superen el 65% no tendrán que hacer el examen los que recibirán una dispensa total.
De lo antes expuesto, si tienes algunas de las formaciones que hemos especificado en nuestro post, debes acreditar con la titulación obtenida. No necesitas para esto acreditar la dispensa.
Si estás en los demás casos, deberás presentar la resolución que acredite la dispensa total o en el caso de que sea parcial, haber superados los exámenes que han sido ajustados a la capacidad del solicitante.
Presentación de la Nacionalidad Española sin el tiempo de residencia legal exigido
Se trata de presentar el expediente de Nacionalidad Española por Residencia sin haber cumplido con el periodo de residencia legal y continuada en España establecido. Por lo general, el tiempo de residencia que se debe haber cumplido el extranjero para aplicar es de 10 años, pero existen, tales como:
- 5 años: Para los que hayan obtenido la condición de refugiado.
- 2 años: Para los países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o aquellos extranjeros de origen sefardí.
- 1 año: Para los extranjeros que tengan vínculos familiares en España o que hayan nacido en España, así se distinguen:
- El que haya nacido en territorio español.
- El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar por la nacionalidad española.
- El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, curatela con facultades de representación plena, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
- El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o, de hecho
- El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o, de hecho.
- El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido español.
Computar el tiempo de estancia por estudios como válido para la Nacionalidad Española
Un error común en la presentación del expediente de Nacionalidad Española por Residencia, es considerar el tiempo en el que los extranjeros se encuentren en una Estancia por Estudios como un periodo de residencia legal. En este sentido, el artículo 22 del Código Civil Español expresamente establece que: “para poder adquirir la nacionalidad por residencia se deberá tener un tiempo de residencia legal y continuada en España”.
El status legal que confiere la estancia por estudios como un permiso de extranjería es el de estancia y no de residencia legal.
Ya en nuestro post precisábamos los permisos de residencia que cuentan para la Nacionalidad Española por Residencia. Consulta el enlace antes de presentar tu expediente de Nacionalidad Española por Residencia y así podrás verificar si cuentas con el tiempo de residencia requerido para presentar tu expediente de Nacionalidad Española por Residencia.
Tener antecedentes penales o policiales
Para adquirir la Nacionalidad Española por Residencia es imprescindible tener una buena conducta cívica, lo que se traduce en no contar ni con antecedentes penales o policiales ni en su país de origen ni en España.
Si tienes antecedentes penales o policiales, te proponemos que busques un abogado en temas de extranjería y nacionalidad española para cancelar tus antecedentes penales o registros policiales. Consulta nuestra web, para más detalles.
Ausentarse del territorio español por tiempo mayor al establecido
No ausentarse más del periodo previsto es esencial también para cumplir con el requisito de residencia legal y continuada en territorio español. Es muy importante tener presente que, para el periodo de 10 años, las salidas del territorio español no deben superar los 6 meses consecutivos. Para el caso de los 5, 2 o 1 año, no puede superar el de tres meses consecutivos.
Haberse divorciado del cónyuge español durante la tramitación de la Nacionalidad Española por Residencia
Si eres cónyuge de ciudadano de la UE tienes derecho a adquirir la ciudadana española por residencia al término de un año de convivencia legal y continuada, teniendo como requisito el no estar separados de hecho ni de derecho del ciudadano español. Lógicamente es importante haber estado en posesión de una residencia legal por ser cónyuge de ciudadano español ya sea a través de la vía del Residencia por Arraigo Familiar o por Residencia de familiar Comunitario, por lo que si en este tiempo te divorcias, se perdería de la condición de cónyuge de ciudadano español durante la tramitación del expediente de Nacionalidad Española por Residencia.
No haber legalizado debidamente la documentación
Para que cualquier documento legal que se emitido en el extranjero surta efecto en España, necesitará cumplir con las formalidades establecidas para estos casos. Unos a través de la Apostilla de La Haya otros por la vía diplomática o por otras formas previstas en los convenios internacionales.
Si tu país no tiene firmado ningún convenio internacional en específico que lo exima del requisito de legalizacion del documento y es signatario de la Convención de La Haya, bastará la Apostilla de La Haya para que ese documento cumpla con las formalidades legales y sea válido para ser utilizado en España. En caso de que no sea, la vía de legalización se haría a través de la vía diplomática que requiere que previamente sea legalizado por el Ministerio de Exteriores y luego por el Consulado de España del país donde se haya legalizado el documento.
Si quieres conocer si tu país es signatario de la Convención de La Haya, te recomendamos consultar el siguiente enlace.
Por otra parte, siempre aconsejamos a los clientes que estén atentos a la vigencia de los documentos en el momento de la solicitud de la nacionalidad. Por tanto, no incurrir en el error de presentar documentos caducados.
Cometer errores en la cumplimentación de formularios o discordancia documental exigida
No proceder a cumplimentar adecuadamente el modelo de solicitud consignando errores relacionados con los datos personales del solicitante. Igualmente, el error puede estar asociado a los no detectados durante la obtención del documento como error en nombre y apellidos, o no coincidencia entre los datos del solicitante entre los antecedentes penales y la certificación de nacimiento.
No declarar a los hijos menores en el modelo de solicitud de la Nacionalidad Española
Otro de los errores que hemos detectado en el proceso de presentación del expediente de Nacionalidad Española por Residencia es no declarar la existencia de hijos menores en el momento de que se realice la solicitud, omisión que provoca que posteriormente los hijos no puedan obtener la nacionalidad española por opción, siendo objeto la posterior solicitud de nacionalidad española objeto de denegación de la nacionalidad.
Presentar una nueva solicitud de Nacionalidad existiendo una ya en proceso
No puede presentarse una nueva solicitud de Nacionalidad Española por Residencia con otra en trámite, pues puede generarse una inadmisión del trámite de nacionalidad.
No especificar la vía de notificación administrativa
En el formulario de solicitud existe un acápite en el que se suele especificar adónde es que se deseas que la administración dirija las notificaciones durante la tramitación de nacionalidad española.
Si has especificado que las notificaciones de la administración se hagan no de manera telemática, sino a la dirección postal donde te encuentres, debes notificar en el menor tiempo posible si has cambiado de domicilio, pues de producirse alguna notificación, se corre el riesgo de no recibirse.
El Ministerio de Justicia aboga por la tramitación de manera telemática. Por tanto, es importante consignar en la misma solicitud que las notificaciones de las resoluciones serán de manera electrónica.
No estar atento a posibles requerimientos durante la tramitación del expediente de Nacionalidad Española
En ocasiones la administración realiza requerimientos que implican la entrega de algún tipo de documentación. En caso de existir algún requerimiento y no estar pendiente, el expediente puede ser archivado a los tres meses sin haberse dado respuesta al mismo.
En materia de seguimiento efectivo del trámite presentado resulta muy útil la herramienta digital Cómo va lo mío, una aplicación creada por el Ministerio de Justicia de España para que los extranjeros solicitantes de la Nacionalidad Española por Residencia puedan estar más en contacto con la eventual respuesta de la administración y, por ende, darle un seguimiento expedito a su expediente, sin tener así que pasar por las molestias de acudir a la autoridad competente o cualquier otra vía alternativa.
Caer en situación de irregularidad sobrevenida
Como bien hemos acotado, un requisito fundamental para la solicitud de la Nacionalidad Española es tener una residencia estable y continuada. De la misma manera, también es muy importante no caer en situación irregular durante el proceso de tramitación, es decir, luego de haberse presentado el trámite.
Al ser un trámite que de manera general se dilata en el tiempo, la tarjeta de residencia está próxima a vencerse, resulta vital proceder a su renovación y bajo ningún concepto caer en situación irregular, porque se habrá entonces perdido la posibilidad de acceder a la Nacionalidad Española.
No hacer la jura de nacionalidad en el tiempo previsto
Una vez concedida la nacionalidad española, se deberá realizar la Jura de la Nacionalidad en un plazo de 180 días, siendo este un requisito previo para gestionar el DNI y pasaporte español.
En este acto se le guarda fidelidad al rey, y obediencia a la constitución española y a las leyes. En este paso se renuncia a la nacionalidad de origen de acuerdo al Reglamento del Registro Civil, con la excepción de los casos en los que España tenga convenio de doble nacionalidad, como los países iberoamericanos, que fueron las antiguas colonias españolas, así como Francia, Guinea Ecuatorial, Andorra, Filipinas y Portugal que pueden mantener tanto su nacionalidad de origen como la española. Para más información consulta el siguiente post.
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De nuestro Post, Errores comunes en la solicitud de la Nacionalidad Española por Residencia, lo más importante:
- La presentación de la solicitud de Nacionalidad Española por Residencia, resulta ser un trámite trascendental para los extranjeros, pues una vez adquirida la misma, se les abre una serie de posibilidades no sólo a él sino a determinados familiares. Igualmente, no tendrán que preocuparse por el vencimiento de su residencia, pues con la nacionalidad española ya no es necesario renovar residencia alguna.
- Al ser un trámite dilatado en el tiempo, que puede demorar un año y más, es muy importante que se trate de presentar un expediente lo más completo posible, cuestión que se puede garantizar con el acompañamiento de un profesional que lo haga por ti; un abogado de extranjería y nacionalidad española que lógicamente tiene la vivencia diaria de este tipo de procesos. Contacta con nosotros y te asesoraremos.
- En nuestra práctica diaria hemos detectado los siguientes errores, por lo que te recomendamos no caer en los mismos:
- Presentar pasaporte caducado
- No aportar copia de todas las hojas del pasaporte
- No acreditar haber superado los exámenes CCSE y/o DELE
- Presentar la nacionalidad española por residencia sin acreditar dispensa para examen CCSE y/o DELE
- Presentación de la nacionalidad española sin el tiempo de residencia legal exigido
- Computar el tiempo de estancia por estudios como válido para la nacionalidad española
- Tener antecedentes penales o policiales
- Ausentarse del territorio español por tiempo mayor al establecido
- Haberse divorciado del cónyuge español durante la tramitación de la nacionalidad española por residencia
- No haber legalizado debidamente la documentación exigida
- Cometer errores en la cumplimentación de formularios o discordancia documental
- No declarar a los hijos menores en el modelo de solicitud de la Nacionalidad Española por Residencia
- Presentar una nueva solicitud de nacionalidad existiendo una ya en proceso
- No especificar la vía de notificación administrativa
- No estar atento a posibles requerimientos durante la tramitación del expediente de nacionalidad española
- Caer en situación de irregularidad sobrevenida
- No hacer la jura de nacionalidad en el tiempo previsto
En Hernández Castillo Abogados, te orientaremos y asistiremos en todo. Si necesitas realizar cualquier trámite de nacionalidad, no dudes en contactarnos, somos Abogados Expertos en Extranjería y Nacionalidad Española. Trabajamos en toda España y presentamos solicitudes de manera telemática en menos de 24 horas.
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