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Cancelación antecedentes penales y cancelación antecedentes policiales

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Solicitud y cancelación de antecedentes penales y policiales

Si le constan antecedentes penales y/o policiales deberá cancelarlos antes de realizar la solicitud de su permiso de residencia, o de nacionalidad española. Ya que tener antecedentes penales es causa suficiente para denegar su residencia y nacionalidad. Igualmente, la Administración ha venido denegando permisos de residencia por existir antecedentes policiales, a pesar que la Ley no lo contempla.

Todos los particulares condenados por sentencia firme que hayan extinguido su responsabilidad penal, tienen el derecho de obtener del Ministerio de Justicia la cancelación de sus antecedentes penales en los plazos que marca la Ley; así como obtener de la policía, la cancelación de sus antecedentes policiales.

Confié en nuestros abogados expertos para solicitar su Certificado de antecedentes penales y solicitud de acceso en el fichero de antecedentes policiales, y en caso que consten, obtener la cancelación de sus antecedentes penales y/o policiales, de forma ágil y profesional.

Nuestros servicios incluyen:

  • Solicitud del Certificado de antecedentes penales y solicitud de acceso en el fichero de antecedentes policiales.
  • Análisis del cumplimiento de los requisitos que la Ley ordena para solicitar la cancelación de antecedentes penales y/o policiales.
  • Solicitud del informe del Juez o Tribunal sentenciador en caso de cancelación de antecedentes penales y del certificado de absolución, sobreseimiento o archivo de las Autoridades Judiciales en caso de antecedentes policiales.
  • Solicitud de cancelación de los antecedentes penales y/o policiales y preparación de la documentación a adjuntar a la solicitud.
  • Asistencia legal necesaria en todo el procedimiento mediante el asesoramiento y defensa jurídica de nuestros abogados especialistas.
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¿Qué son los antecedentes penales?

Una vez la Sentencia deviene firme, por la condena de un delito tipificado en el Código Penal, el Juzgado envía al Registro Central de Penados y Rebeldes toda la información referente a la identificación del penado, el delito, la pena impuesta y la fecha de la sentencia.

Por tanto, los antecedentes penales son datos personales registrados en un fichero dependiente del Ministerio de Justicia (Registro Central de Penados y Rebeldes) que contiene toda la información sobre los delitos por los que haya sido condenada una persona.

¿Qué requisitos son necesarios para cancelar los antecedentes penales?

  • Tener satisfechas las responsabilidades civiles provenientes de la sanción, excepto en los supuestos de insolvencia declarada por el Juez o Tribunal y salvo mejora económica del reo.
  • No haber delinquido de nuevo durante los siguientes plazos:
    • Seis meses para las penas leves.
    • Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
    • Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
    • Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
    • Diez años para las penas graves.
  • El cómputo de estos plazos se interrumpirá por la comisión de nuevos delitos durante su transcurso.
  • Las anotaciones de las medidas de seguridad serán canceladas una vez cumplida o prescrita la respectiva medida.
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Preguntas frecuentes

¿Qué trámites se deben realizar para cancelar los antecedentes penales?
  1. Una vez se produzca la extinción de la responsabilidad penal, comprobar que se cumple con los requisitos que la Ley ordena.
  2. Realizar la solicitud de cancelación de antecedentes penales ante el Ministerio de Justicia, acompañada de la documentación preceptiva. Es recomendable contratar los servicios de un abogado que le oriente en la tramitación de este complicado proceso burocrático.
  3. Para agilizar la resolución es conveniente adjuntar a la solicitud un certificado de cumplimiento de penas, expedido por el juzgado o tribunal competente.
  4. El plazo de tramitación es de tres meses. Transcurrido dicho plazo, se podrá entender estimada la cancelación pretendida aun cuando no haya habido resolución expresa. No obstante, el plazo de resolución se suspenderá cuando sea necesario recabar del órgano judicial la fecha de extinción de la responsabilidad penal, indispensable para el inicio del cómputo de los plazos de cancelación. (art. 22.1, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
  5. Una vez recaída la resolución del expediente iniciado a instancia de parte, si la identificación del solicitante se ha llevado a cabo convenientemente, le será notificada por correo a la dirección designada en la solicitud a tal efecto.
¿Qué son los antecedentes policiales?

Los antecedentes policiales son aquellos datos que quedan en los archivos de la de policía cuando se acusa a una persona de un delito o infracción y se lleva a cabo la instrucción de diligencias y posterior remisión a las Autoridades Judiciales o a la Administración. Por lo cual, basta que una persona haya sido detenida y se le abra una ficha policial para que le consten antecedentes policiales.

¿Cuándo se cancelan y anulan los antecedentes policiales?
  • Cancelación de oficio: Se tendrán en cuenta los plazos de prescripción de responsabilidad penal establecidos en el Código Penal.
  • Cancelación a instancia de parte: Se decretará en aquellos casos en que la Autoridad Judicial dicte sentencia condenatoria contra el solicitante, siendo preceptiva para llevarse a efecto, la previa cancelación de los antecedentes penales derivados de dicha sentencia, en el Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia.
  • Anulación: Procederá en todos los casos en los que la resolución adoptada por la Autoridad Judicial sea de absolución, sobreseimiento o archivo. Asimismo, se decretará la anulación en los casos en que, aun siendo la sentencia judicial condenatoria, hayan transcurrido cinco años, a contar desde la fecha de remisión definitiva de la pena impuesta, sin que se hayan incorporado nuevos datos desfavorables al expediente personal del solicitante.
  • Tanto en el supuesto de cancelación como anulación se recomienda presentar solicitud de la misma ante la Policía Nacional o la Guardia Civil, acompañada de la documentación preceptiva en cada caso.
  • Se denegará la cancelación, aun cumplimentados los trámites establecidos en los párrafos anteriores, cuando el certificado de antecedentes penales no es negativo o esté pendiente de juicio, cuando el solicitante se encuentre cumpliendo el plazo de suspensión de condena impuesta por la Autoridad Judicial o tenga otras responsabilidades pendientes, judiciales o administrativas, cuando tenga antecedentes policiales sin cancelar en alguno de los ficheros de cualquier Fuerza o Cuerpo de Seguridad o en virtud de las excepciones del artículo 23 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

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