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El Gobierno comienza a denegar la residencia por razones humanitarias a venezolanos

Ya veníamos avisando a nuestros clientes de que acabaría sucediendo y que lo mejor es modificar la residencia por razones humanitarias, pues trabajamos de manera constante con solicitantes de asilo o protección internacional y con personas extranjeras que se encuentran en situaciones administrativas complejas, prestando especial atención a los cambios normativos y administrativos que pueden afectar a su situación legal en España.

Los letrados/as y demás profesionales de Hernández Castillo Abogados, como expertos en materia de extranjería y nacionalidad española, te explicamos en este artículo el cambio de criterio que ha generado una gran preocupación entre muchos ciudadanos venezolanos, ya que se empezará a denegar la residencia por razones humanitarias a venezolanos tras la denegación del asilo, suponiendo el fin de su concesión automática. Sin embargo, tenemos otras opciones para conseguir papeles en España… ¡Sigue leyendo!

Y si después de leer te quedas con cualquier duda en materia de extranjería o nacionalidad española, siempre puedes contactar con nosotros de manera online, llamando por teléfono al número +34 977 00 36 35 o por Whatsapp. También acudiendo en persona (por favor, con cita previa) a nuestro despacho situado en la Rambla Nova, número 37, piso 3º, puerta 2ª, C.P. 43003 de la ciudad de Tarragona.

Además de que siempre te atenderemos encantados, trabajamos en toda España y presentamos tus solicitudes en menos de 24 horas, ya que estamos acreditados para presentarlas en tu nombre de forma telemática.

Fin a la concesión automática de la residencia por razones humanitarias a venezolanos

Desde el año 2018, la denegación de una solicitud de asilo o protección internacional en España presentada por ciudadanos venezolanos llevaba aparejada, de forma prácticamente automática, la concesión de una autorización de residencia por razones humanitarias. Esta práctica administrativa permitió que alrededor de 250.000 personas pudieran regularizar su situación en España a pesar de no haber obtenido el estatuto de refugiado ni la protección subsidiaria.

residencia por razones humanitarias a venezolanos

Sin embargo, este escenario ha cambiado de forma significativa tras la intervención de Estados Unidos, pues la Administración española ha puesto fin a esta concesión automática, introduciendo un nuevo criterio que afecta de manera directa a los venezolanos que solicitan asilo y cuya solicitud es finalmente denegada.

Este cambio no implica que desaparezca la figura de la autorización de residencia por razones humanitarias, pero sí que deja de concederse de manera generalizada y sin un análisis individualizado del caso concreto. A partir de ahora, será necesario acreditar circunstancias específicas que justifiquen su otorgamiento.

¿Qué es la autorización de residencia por razones humanitarias?

Las autorizaciones de residencia por razones humanitarias son un tipo de autorización excepcional prevista en la Ley y el Reglamento de Extranjería, cuya finalidad es permitir residir legalmente en España a las personas que, aun no cumpliendo los requisitos para otras autorizaciones, se encuentran en situaciones de especial vulnerabilidad. No obstante, lo excepcional se convirtió en habitual, pues entre el 80% y 90% de las concesiones no fueron de asilo, sino de  residencia por razones humanitarias y, entre éstas, fueron otorgadas casi exclusivamente a venezolanos.

Así, en el caso de los ciudadanos venezolanos, estas autorizaciones se concedían de forma masiva debido a la situación política, social y humanitaria de Venezuela, considerando la Administración española que el hecho de regresar al país es un factor de riesgo suficiente para justificar la permanencia en España tras la denegación del asilo.

Estas autorizaciones se conceden por un período inicial de 1 año y permitían trabajar en España, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, lo que facilitaba la integración social y laboral de los venezolanos y venezolanas beneficiarios.

El cambio de criterio administrativo

El cambio de criterio supone que la mera nacionalidad venezolana ya no es suficiente para obtener una autorización de residencia por razones humanitarias tras una denegación de asilo. La Administración española ha decidido realizar un análisis más restrictivo y personalizado, evaluando las circunstancias concretas de cada solicitante.

Esto significa que, a partir de ahora, solo se concederán estas autorizaciones cuando concurran factores adicionales que acrediten una situación de especial vulnerabilidad o riesgo, más allá del contexto general del país de origen. Y este giro ha generado incertidumbre y preocupación entre muchas personas venezolanas que se encuentran en trámite de asilo o protección internacional y que esperan una resolución negativa con la expectativa de obtener posteriormente la residencia por razones humanitarias.

Si quieres saber cómo buscar tu resolución de asilo en el BOE y otras alternativas, haz click en el siguiente enlace.

¿Desde cuándo se aplica este nuevo criterio?

El nuevo criterio comenzará a aplicarse de manera efectiva a partir de junio de 2026, fecha en que debe entrar plenamente en vigor el Pacto Europeo de Migración y Asilo (PEMA) de 2024, afectando tanto a nuevas resoluciones como a expedientes de asilo o protección internacional que se encuentren pendientes de resolución. Desde ese momento, las denegaciones de asilo ya no irán acompañadas automáticamente de la concesión de la autorización humanitaria.

Es importante destacar que este cambio no se ha producido mediante una reforma legal expresa, sino a través de una modificación en la práctica administrativa y en los criterios internos aplicados por la Oficina de Asilo y Refugio y por la Secretaría de Estado de Migraciones.

residencia por razones humanitarias a venezolanos

¿Qué ocurre con quienes ya tienen una autorización por razones humanitarias?

Las personas que ya disponen de una autorización de residencia por razones humanitarias concedida con anterioridad a este cambio no pierden automáticamente su permiso, sino que sigue siendo válida hasta su fecha de caducidad.

El principal problema surge en el momento de su renovación por otro año. Al tratarse de un permiso de carácter excepcional, muchas personas se enfrentarán a dificultades para mantener su situación regular en España. En la práctica, la Administración española vendrá exigiendo que, una vez agotado el periodo de vigencia, se acceda a otro tipo de autorización de residencia.

Opciones para modificar la residencia por razones humanitarias

Ante este nuevo escenario, resulta fundamental analizar las distintas vías legales que pueden permitir la continuidad de la residencia en España, pues ya no se podrá prorrogar la residencia por razones humanitarias y cada caso debe ser estudiado de manera individualizada, dependiendo de múltiples factores, como el tiempo de estancia en España, la situación laboral, los antecedentes administrativos y las circunstancias personales del interesado.

Una posibilidad es modificar la residencia por razones humanitarias para solicitar una autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena o propia, siempre que se cumplan los requisitos para poder trabajar por cuenta ajena o propia en España, los cuales también dependen de si llevas residiendo en España más o menos de 1 año, como te explicamos en el siguiente enlace.

La segunda alternativa, siempre y cuando tengas un familiar español o de la Unión Europea, sería solicitar la residencia de familiar de ciudadano español o una Tarjeta de Familiar de Comunitario, como te contamos en el siguiente enlace.

Si no cumples los requisitos de los anteriores permisos de residencia o hubiesen transcurrido 3 meses desde la fecha en que finalizó la vigencia de la autorización por razones humanitarias, estando ya en situación de irregularidad con una permanencia mínima de 2 años en España, habría que valorar la solicitud de alguno de los tipos de permiso de residencia por arraigo en España:

  • Arraigo social: para extranjeros que cuenten con un contrato de trabajo o lazos familiares en el país, como te explicamos más en detalle pulsando en el siguiente enlace.

  • Arraigo sociolaboral: para quienes cuenten con un contrato de trabajo en España que cumpla los requisitos, y sobre el cual tienes toda la información haciendo click en el siguiente enlace.

  • Arraigo socioformativo: el anterior arraigo para la formación, ideal para las personas extranjeras que, estando ya en España, quieran cursar unos estudios, como te explicamos en el siguiente enlace.
  • Arraigo familiar: que como ventaja frente a los anteriores no exige ninguna permanencia mínima en España y tiene una vigencia de 5 años.

  • Arraigo de segunda oportunidad: para quien haya perdido su permiso de residencia y sobre el que te dejamos una fantástica Guía Completa en el siguiente enlace.

Pero, sin duda, la mejor opción sería la de intentar conseguir la nacionalidad española, pues para los venezolanos es más fácil que para otras nacionalidades. exigiéndose sólo 2 años de residencia legal en España. Si quieres saber todo sobre cómo obtener la nacionalidad española por residencia en 2026: requisitos, plazos para solicitarla, procedimiento, documentos, recursos administrativos y judiciales contra la denegación etc., haz click en el siguiente enlace.

En todos los casos, siempre estará el requisito de no tener antecedentes penales en España, por lo que deberías solicitar su cancelación al Ministerio de Justicia.  Aprende cómo cancelar tus antecedentes penales en España haciendo click en el siguiente enlace.

Impacto en los nuevos solicitantes de asilo

Para las personas venezolanas que estén valorando solicitar asilo o protección internacional en España, este cambio de criterio tiene un impacto directo. La solicitud de asilo ya no puede plantearse como una vía indirecta para obtener posteriormente una autorización de residencia por razones humanitarias.

Esto no significa que no deba solicitarse asilo cuando existan motivos fundados, pero sí implica que es necesario contar con un asesoramiento jurídico previo que permita evaluar las probabilidades reales de éxito y las posibles consecuencias de una denegación ante una normativa y práctica administrativa cada vez más restrictiva, pues la Administración continuará aplicando criterios cada vez más estrictos en materia de extranjería y protección internacional. La concesión de autorizaciones excepcionales será cada vez menos automática y más dependiente de la acreditación de circunstancias concretas.

residencia por razones humanitarias a venezolanosSi quieres saber cómo solicitar asilo en España, visita el siguiente enlace.

Una solicitud de asilo mal planteada puede derivar en una orden de expulsión del territorio nacional si no se accede a ningún otro tipo de autorización por quedar en situación irregular., lo que agrava la situación administrativa del solicitante.

Uno de los errores más habituales es confiar en información desactualizada o en experiencias de terceros que obtuvieron su autorización en un contexto normativo distinto. Las decisiones administrativas cambian y lo que fue válido en el pasado puede no serlo en la actualidad. Otro error frecuente es dejar caducar la autorización sin haber iniciado ningún trámite de modificación o regularización, lo que puede provocar la pérdida de derechos y mayores dificultades para regularizar la situación posteriormente. También es habitual presentar solicitudes incompletas o mal fundamentadas, lo que incrementa el riesgo de denegación y puede cerrar puertas a futuras opciones legales.

Opciones para conseguir papeles en España sin te deniegan el asilo

Si puedes acreditar tu entrada en España o solicitud de protección internacional anterior al 1 de enero de 2026 y una permanencia continuada de un mínimo de 5 meses, sin ausencias del territorio español durante dicho periodo, podrías solicitar la regularización extraordinaria de inmigrantes 2026 hasta el 30 de junio, salvo que el Gobierno apruebe una prórroga. Tienes toda la información sobre la regularización masiva y extraordinaria de extranjeros 2026 en el siguiente enlace.

También podríamos conseguir papeles en España con una regularización individualizada. Y lo más fácil y frecuente, siempre que se cumplan todos los requisitos previstos legalmente para cada supuesto, es solicitar un permiso de residencia y trabajo por arraigo en España que también tiene una vigencia de 1 año.

Entre otros requisitos, se requiere una permanencia mínima de 2 años en el país (que para los solicitantes de asilo se entenderá que comenzará o se reanudará el cómputo desde que desistan de su solicitud de protección internacional), siendo los distintos tipos de permiso de residencia y trabajo por arraigo en España:

  • Arraigo social: para extranjeros que cuenten con un contrato de trabajo o lazos familiares en el país, como te explicamos más en detalle pulsando en el siguiente enlace.

  • Arraigo sociolaboral: para personas extranjeras que cuenten con un contrato de trabajo en España que cumpla los requisitos legales, y sobre el cual tienes toda la información haciendo click en el siguiente enlace.

  • Arraigo socioformativo: el anterior arraigo para la formación, ideal para las personas extranjeras que, estando ya en España, quieran cursar unos estudios, como te explicamos en el siguiente enlace.
  • Arraigo familiar: el cual como ventaja frente a los anteriores no exige ninguna permanencia mínima en España y dura 5 años, pero que ha quedado reducido para familiares de ciudadanos de la Unión Europea y otros países a los que se aplica el régimen comunitario. Si quieres saber qué hacer como familiar de ciudadano español, visita el siguiente enlace.

  • Arraigo de segunda oportunidad: introducido por el nuevo Reglamento de Extranjería para quien haya perdido su permiso de residencia y sobre el que te dejamos una fantástica Guía Completa en el siguiente enlace.

Todos ellos se han aclarado en las Instrucciones SEM 1/2025, como te explicamos en el siguiente enlace.

residencia por razones humanitarias a venezolanos

Y recuerda que para solicitar permisos de residencia y trabajo en España o realizar otros trámites en materia de extranjería y nacionalidad española siempre es recomendable un/a abogado/a especializado/a en dichas cuestiones, como Hernández Castillo Abogados. Con un asesoramiento integral y personalizado en materia de autorizaciones de residencia, trabajo, asilo, protección internacional y procedimientos ante la Administración y los Tribunales, para evitar retrasos o denegaciones innecesarias, preparamos y revisamos toda la documentación de tu expediente antes de su presentación telemática.

En Hernández Castillo Abogados, con una amplia trayectoria en la defensa de los derechos de las personas extranjeras en España, acompañamos a nuestros clientes desde su primer permiso de residencia hasta la obtención de su nacionalidad española, pues estamos para escucharte y ayudarte en todos los trámites. Somos abogados expertos en Derecho de Extranjería y Nacionalidad Española. Trabajamos en toda España y nos comprometemos a presentar tus solicitudes en menos de 24 horas, ya que estamos acreditados para hacerlo de forma telemática. ¡Nos avalan años de éxito y experiencia!

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