Quizá hayas oído hablar acerca de la Golden Visa para inversores/as. Pero… ¿Cómo hacerlo? ¿Cuánto hay que invertir? ¿Será un proceso difícil?
Desde Hernández Castillo Abogados te adelantamos que no es complicado conseguir un visado o una autorización de residencia por inversión en España para ti y tu familia. Y habiendo leído atentamente esta Guía Completa, todos los trámites te resultarán mucho más sencillos.
Si estabas pensando en comprar una casa, o en realizar alguna inversión inmobiliaria o de otro tipo para trasladar tu residencia a España, estás en el lugar indicado. Y si te queda alguna duda, siempre puedes contactar con nosotros. ¡Te atenderemos encantados!
¿Qué es la Golden Visa?
El popularmente conocido como “Visado dorado o de oro” para inversores, también llamado Golden Visa por los anglófonos más acérrimos, es un programa dirigido a facilitar que las personas extranjeras puedan entrar y permanecer en el país. Incluso, puede incluir la adquisición de su nacionalidad. Eso sí, a cambio de una fuerte inversión económica.
En España, la ley simplifica muchísimo a las personas extranjeras tanto la obtención del visado para la entrada, estancia y residencia en España como de la autorización de residencia en el territorio español.
Sin embargo, el visado o la autorización de residencia sólo es necesario para personas extranjeras a quienes no se aplique el régimen comunitario (extracomunitarios). Por ello, están exentos los nacionales de Estados miembro de la Unión Europea, del Acuerdo Schengen, sobre el Espacio Económico Europeo (que incluye Islandia, Noruega y Liechtenstein) y de Suiza por el Acuerdo sobre libre circulación de personas.
Además, invertir en activos españoles sólo facilita y reduce los plazos de tramitación del visado para la entrada, estancia y residencia o la autorización de residencia por inversión en España. Esto no implica que te vayan a conceder automáticamente la nacionalidad española, la cual podrás podrás solicitar una vez cumplido el tiempo de residencia legal y continuada en territorio español fijado legalmente.
Si quieres saber cómo conseguir la nacionalidad española por residencia, visita el siguiente enlace.
¿Cuánto es la inversión para obtener la residencia en España?
La pregunta del millón, nunca mejor dicho. Antes de solicitar el visado o la autorización de residencia por inversión hay que realizar una inversión significativa de capital en España.
Nosotros consideramos que la mejor alternativa para obtener la residencia por inversión, por ser la más barata y rentable, es la inversión inmobiliaria ya que sólo requiere 500.000 euros. Además, en Hernández Castillo Abogados somos expertos especializados en esta materia, por lo que, si así lo deseas, podemos prestarte asesoramiento y asistencia para todo lo relativo a la compraventa de cualquier inmueble en España, lo cual es siempre muy aconsejable.
También se consideran inversión significativa:
- 2.000.000 de euros en deuda pública española.
- 1.000.000 de euros en acciones o participaciones sociales de sociedades de capital españolas con una actividad real de negocio.
- 1.000.000 de euros en fondos de inversión o capital riesgo constituidos en España, incluidos en la Ley 35/2003, de Instituciones de Inversión Colectiva, o la Ley 22/2014, que regula las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de dichas entidades.
- 1.000.000 de euros en depósitos bancarios de entidades financieras españolas.
Si tienes dinero, pero no tanto, te presentamos la autorización de Residencia No Lucrativa en el siguiente enlace.
Otra opción puede ser invertir en un proyecto empresarial de interés general en España, siempre que tenga alguna de las siguientes condiciones:
- Creación de puestos de trabajo.
- Impacto socioeconómico de relevancia en el ámbito geográfico en el que se vaya a desarrollar la actividad.
- Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.
¿Necesitas algo más para invertir en España?
Antes de poder realizar cualquier transacción económica en España, y así conseguir el permiso de residencia por inversión, las personas extranjeras extracomunitarias, además del capital necesario, precisan un Número de Identidad Extranjero (NIE) para No Residentes.
Este es diferente a la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), que obtendrás una vez concedida la autorización de residencia por inversión, y te permitirá vivir y trabajar en España.
Puedes solicitar el NIE justificando tu propósito o intención de invertir o adquirir inmuebles en España:
- Desde España ante las Oficinas de Extranjería o las Comisarías de Policía.
- Desde tu país de origen o residencia ante las Oficinas Consulares de España.
Te recomendamos informarte y descargar el formulario previamente en el siguiente enlace.
¿Cuáles son los requisitos para la autorización de residencia por inversión en España?
El primer requisito, como vimos anteriormente, es realizar la inversión. Esta debe hacerse en un periodo no superior a 1 año antes de presentar la solicitud de autorización de residencia por inversión.
Asimismo, los extranjeros extracomunitarios que efectúen la solicitud del permiso de residencia por inversión deben:
- Encontrarse regularmente en el territorio español, si se realiza desde España, pues en otro caso habría que solicitar visado.
- Ser mayores de 18 años.
- Carecer de antecedentes penales en España y países donde hayan residido los 2 últimos años, por delitos previstos en España.
- No figurar como rechazables en otros países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
Otros requisitos para conceder la residencia por inversión son:
- Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
- Contar con recursos económicos suficientes para sí y para los familiares durante su residencia en España.
- Abonar la tasa por tramitación de la autorización o visado.
¿Pueden conseguir el permiso de residencia por inversión los familiares del inversor/a?
Sí, ciertos familiares pueden acompañar en su viaje o reunirse posteriormente con el inversor/a en España, lo cual no exige inversión complementaria por cada uno de ellos.
Estos familiares que pueden acompañar o reunirse con el inversor/a sólo pueden ser los siguientes:
- El cónyuge o persona con análoga relación de afectividad.
- Los hijos/as menores de edad o mayores que, dependiendo económicamente del titular del permiso, no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar.
- Los ascendientes a cargo del inversor/a.
En todo caso, deberá quedar acreditado que estos familiares cumplen los requisitos vistos anteriormente a efectuar simultánea o sucesivamente las solicitudes de visado o de autorización de residencia por inversión.
¿Cómo es el procedimiento para el permiso de residencia por inversión en España?
Una vez que hayas realizado la inversión, la Golden Visa tiene como ventaja que también puedes solicitar la autorización de residencia por inversión estando ya en España. Y el procedimiento a seguir dependerá de que realices la solicitud dentro o fuera de España.
En ambos casos, siempre es muy recomendable hacerlo a través de abogados especializados en extranjería, como Hernández Castillo Abogados. La solicitud también puede hacerse por el propio interesado o por un representante, presentando el formulario firmado por el interesado acompañado del escrito concediendo tal representación.
Cuando estés fuera de España, será necesario solicitar un visado de residencia por inversión ante las Misiones Diplomáticas (Embajadas) o Consulados de España de tu país de origen o residencia legal.
El visado te permitirá residir y trabajar en toda España por un plazo de 1 año, tras el cual deberás solicitar la autorización de residencia por inversión. Si ésta es un precontrato de compra de inmuebles con garantía de cumplimiento por arras (señal, anticipo) u otro medio admitido en derecho formalizado en escritura pública, el plazo anterior serán 6 meses.
En todo caso, deberás solicitar la autorización de residencia por inversión en los 90 días naturales posteriores a la caducidad del visado.
Cuando te encuentres dentro de España, sin necesidad de previo visado como inversor/a, y siempre que lo estés de forma legal (incluyendo como turista), la autoridad que tramita la autorización de residencia por inversión no serán las Oficinas de Extranjería, sino la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), y se concederá, en su caso, por la Dirección General de Migraciones.
La solicitud debe efectuarse electrónicamente y preferentemente asesorado por un abogado especializado en el siguiente enlace, teniendo la administración un plazo para resolver de 20 días hábiles, transcurridos los cuales se entiende estimada por silencio administrativo positivo. Y en caso de denegación, cabe recurso de alzada, siendo más que recomendable contar con un letrado especializado que analice bien tu situación.
Si es concedida la autorización inicial de residencia por inversión, habrá que solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) ante las Oficinas de Extranjería o la Comisaría de Policía del lugar donde el inversor/a y sus familiares hayan fijado su domicilio, el cual se indicará en la notificación de concesión.
La autorización inicial de residencia por inversión te permitirá residir y trabajar en toda España por un plazo de 3 años, que podrá prorrogarse otros 5 años, siempre que se mantenga o aumente la inversión inicial. Tras éstos últimos deberá solicitarse el permiso de residencia permanente.
¿Qué documentos deben presentarse para solicitar la autorización de residencia por inversión?
La solicitud firmada por cada solicitante, salvo en el caso de familiares menores de edad o con discapacidad a cargo del inversor/a, debe acompañar:
- Copia legible de todas las páginas del pasaporte de cada solicitante, aun sin cotejar o compulsar.
- Justificante de abono de las tasas de tramitación de la autorización emitido por la entidad bancaria, por cada una de las solicitudes.
- Acreditación de los medios económicos para sostener al inversor/a y los familiares a su cargo durante su estancia en España, mediante certificados bancarios traducidos y expresados en euros.
- Acreditación del seguro médico.
- Certificado de antecedentes penales debidamente legalizado y traducido por un traductor reconocido por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Además, una declaración responsable sobre la inexistencia de antecedentes penales de los últimos 5 años.
Cuando se trate de bienes inmuebles, deberá acreditarse una inversión de 500.000 euros libres de toda carga o gravamen presentando certificación de dominio y cargas del Registro de la Propiedad y, de no constar en ésta la cantidad invertida, la escritura pública de compraventa.
- Si al solicitar el visado estuviere en trámite de inscripción en el Registro de la Propiedad, bastará la certificación que constate el asiento de presentación del documento de adquisición del inmueble, acompañada de la documentación acreditativa del pago de los tributos.
- Si no se ha formalizado la compra del inmueble pero existe un precontrato con garantía de cumplimiento por arras u otro medio admitido en derecho formalizado en escritura pública, deberá presentarse el precontrato y el certificado de una entidad financiera establecida en España que constate un depósito bancario indisponible con la cantidad necesaria para la adquisición del inmueble o inmuebles, incluyendo cargas e impuestos.
Otras inversiones exigen presentar:
- Si es en acciones no cotizadas o participaciones sociales, el ejemplar de la declaración de inversión realizada en el Registro de Inversiones Exteriores del Ministerio de Economía y Competitividad.
- Si es en acciones cotizadas, un certificado del intermediario financiero debidamente registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores o en el Banco de España.
- Si es en deuda pública española, un certificado de la entidad financiera o del Banco de España que indique que el solicitante es el titular único para un periodo igual o superior a 5 años.
- Si es en fondos de inversión o capital riesgo constituidos en España, un certificado de la sociedad gestora del fondo debidamente registrada en la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
- Si es en depósitos bancarios, un certificado de la entidad financiera que constate que el solicitante es el titular único.
- Si es un proyecto empresarial, el informe favorable de la Oficina Económica y Comercial del ámbito de demarcación geográfica del solicitante.
Cuando la inversión se realice por una persona jurídica, además, deberá presentar un informe de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones que acredite que no está domiciliada en un paraíso fiscal y que el solicitante posee, directa o indirectamente, la mayoría de sus derechos de voto y puede nombrar o destituir a la mayoría del órgano de administración.
En todos los supuestos, deberá acreditarse el cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social, pudiendo aportar los correspondientes certificados, aunque se comprobará de oficio.
En el caso de las solicitudes para familiares del inversor/a, además, debe aportarse la documentación debidamente legalizada y apostillada, y traducida por un traductor reconocido por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, que acredite el vínculo y las circunstancias de dependencia económica. Por ejemplo, certificados de matrimonio, de nacimiento para acreditar una descendencia común, o expedidos por entidades públicas y bancarias para acreditar la falta de patrimonio e ingresos.
Para saber más sobre la legalización y apostilla de documentos, visita el siguiente enlace.
Y si el inversor/a tenía un previo visado de residencia por inversión, deberá demostrar que ha mantenido la inversión por un valor igual o superior a la cantidad mínima con los documentos que enumera la ley.
Otras ventajas de la Golden Visa
La residencia por inversión en España, no es la única vía. Entre otros, hay permisos de residencia para estudiantes, para emprendedores, para trabajar por cuenta propia o ajena, para trabajadores altamente cualificados, para investigadores, para familiares de ciudadanos de la Unión Europea, por residencia no lucrativa, por pareja de hecho en España, por reagrupación familiar, por arraigo familiar, social o laboral en España o por asilo político.
La regulación de la Golden Visa no se encuentra en la Ley Orgánica 4/2000, conocida como “Ley de Extranjería”, sino en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Por ello, los requisitos y el procedimiento son diferentes a los anteriores.
Como los demás, el permiso de residencia por inversión en España autoriza para viajar por toda la Unión Europea sin requerir permisos adicionales.
No obstante, el proceso para obtener el permiso de residencia por inversión presenta una mayor sencillez y menor duración que los otros.
También presenta como ventaja que no es necesario ser residente de forma continuada ni a efectos fiscales para renovar el permiso de residencia por inversión. Así, sólo debes visitar España una vez al año.
¿Puede revocarse la Golden Visa?
Desde el año 2023, es un novedad introducida en la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Conforme a ella, se revocarán, denegarán o no renovarán los visados y las autorizaciones de residencia por inversión cuando la persona extranjera pueda representar una amenaza para el orden público, la seguridad pública, la salud pública o la seguridad nacional, de así valorarlo el órgano competente para resolver. Es decir, cuando se aprecien tales circunstancias por las Misiones Diplomáticas y Consulados españoles o la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
Eso sí, con base en un previo informe policial, del Centro Nacional de Inteligencia o del Departamento de Seguridad Nacional.
Desde Hernández Castillo Abogados te orientaremos y asistiremos para la correcta tramitación de tu visado o autorización de residencia por inversión en España, así como para los demás trámites relacionados con la extranjería o la nacionalidad española. Y no dudes en contactar con nosotros para cualquier otra consulta legal. Nos avalan años de éxito y experiencia.
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