Con la Ley de Memoria Democrática, los descendientes de las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura franquista, es decir, los/as exiliados/as de España por motivos políticos, pueden ver reparados algunos de los derechos perdidos. Entre ellos, la opción que tienen para solicitar la nacionalidad española por la LMD.
Por ello, los letrados/as y demás profesionales de Hernández Castillo Abogados, como expertos en materia de extranjería y nacionalidad española, hemos elaborado este artículo para explicarte quién y cómo solicitar la nacionalidad española por la LMD, con otros detalles de actualidad. ¡Sigue leyendo!
Y si después de leer te quedas con dudas en materia de extranjería o nacionalidad española, siempre puedes contactar con nosotros de manera online, o bien en el número de teléfono +34 977 00 36 35 o a través de nuestro Whatsapp. También acudiendo en persona (por favor, con cita previa) a nuestro despacho situado en la Rambla Nova, número 37, piso 3º, puerta 2ª, C.P. 43003 de la ciudad de Tarragona.
Trabajamos en toda España y presentamos tus solicitudes en menos de 24 horas, ya que estamos acreditados para presentarlas en tu nombre de forma telemática. Y no menos importante es que te atenderemos encantados.
¿Qué es la Ley de Memoria Democrática y por qué ha sido tan importante?
La Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, elaborada por el actual Gobierno de España del presidente socialista Pedro Sánchez, introdujo una de las reformas más trascendentes en materia de nacionalidad española de las últimas décadas.
Conocida popularmente como la LMD, junto con la Ley 52/2007, de 26 de diciembre (conocida como Ley de Memoria Histórica) tiene como objetivo reconocer algunos derechos a las personas descendientes de españoles o españolas que, por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española, y se vieron obligados a emigrar.
Gracias a esta normativa, se abrió un plazo para solicitar la nacionalidad española a un amplio grupo de descendientes directos de españoles, que hasta entonces se encontraban limitados por las vías ordinarias de acceso a la nacionalidad.
La importancia de la LMD radica en que ha permitido reparar una deuda histórica, reconociendo el derecho a recuperar la nacionalidad a aquellos descendientes que, sin esta ley, habrían tenido que esperar muchos años o no habrían tenido acceso a ella. Para miles de familias, esta oportunidad ha significado no solo un cambio legal, sino también un vínculo cultural y emocional con España que se veía truncado.
¿Quiénes pueden solicitar la nacionalidad española por la LMD?
Una de las claves para entender este proceso es saber exactamente a quién se dirige esta ley. No todas las personas extranjeras pueden acogerse a la LMD, sino únicamente aquellas que cumplan con alguno de los supuestos expresamente previstos en la norma.
De acuerdo con el mencionado texto legal, podrán optar a la nacionalidad española:
- Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.
- Los hijos e hijas nacidos en el exterior de madres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
- Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos padres o madres españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de Memoria Histórica.
En resumen, la LMD abarca una amplia variedad de supuestos que buscan corregir injusticias históricas. Sin embargo, conviene estudiar cada caso de forma individual, ya que no todos los descendientes cumplen los requisitos, y la interpretación de “español de origen” puede variar según la documentación disponible.
¿Cuáles son los requisitos principales para acogerse a la LMD?
Aunque los supuestos son claros, en la práctica, el proceso para conseguir la nacionalidad española exige cumplir con ciertos requisitos formales y acompañarlos de la documentación adecuada.
Entre los principales requisitos, se encuentran:
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Acreditar el vínculo de filiación con el español o española de origen (ya sea padre, madre, abuelo o abuela).
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Demostrar la condición de español de origen de dicho ascendiente. Esto suele hacerse con certificados de nacimiento españoles, inscripciones en el Registro Civil o documentación consular.
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Presentar la solicitud dentro del plazo establecido, como veremos más adelante que está muy próximo.
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Documentar la identidad con pasaporte, partida de nacimiento.
Cuando se aporten documentos de otros países, deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud por un traductor oficial de la siguiente lista de traductores juradosEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva..
Además, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina Consular de España de dicho país o por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, salvo que dicho documento haya sido apostillado por la autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 o que esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.
Con carácter general, se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar una solicitud.
En general, no se exige una residencia previa en España ni la superación de exámenes de nacionalidad (CCSE o DELE), lo que convierte a esta vía en un procedimiento más accesible en comparación con otras formas de adquirir la nacionalidad española.
¿Cuál es el plazo para solicitar la nacionalidad española por la LMD?
La Ley de Memoria Democrática también dice que en todos los supuestos, la nacionalidad española deberá solicitarse en el plazo de 2 años desde la entrada en vigor de la presente ley. Al terminar este plazo, el Consejo de Ministros podrá acordar su prórroga por 1 año.
Tras la última y definitiva prórroga, ya que no habrá más prórrogas del plazo para solicitar la nacionalidad española por la LMD, el plazo termina el próximo día 22 de octubre de 2025.
Nos encontramos en los últimos días de vigencia de la LMD, lo que significa que quienes aún no han iniciado el procedimiento disponen de muy poco tiempo para hacerlo. El 22 de octubre de 2025 es la fecha límite, y desde el Ministerio de Justicia ya se ha confirmado que no se contempla una prórroga del plazo para solicitar la nacionalidad española. Esto implica que quienes no presenten su solicitud antes de esa fecha perderán la posibilidad de acogerse a esta vía y tendrán que recurrir a los procedimientos ordinarios, mucho más largos y complejos.
Por ello, en Hernández Castillo Abogados insistimos en que este es el momento de actuar con rapidez, buscar asesoramiento legal y no dejar la solicitud para el último momento.
¿Dónde y cómo se presenta la solicitud de nacionalidad española?
El procedimiento se realiza ante el Registro Civil correspondiente en España o en los Consulados de España en el extranjero. Cada Registro Civil o Consulado puede tener su propio sistema de citas y gestión de expedientes, por lo que es fundamental informarse con antelación y cumplir con los plazos de manera rigurosa.
El proceso básico es similar al utilizado para solicitar la nacionalidad española por opción, que puedes conocer en el siguiente enlace, y consiste en:
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Solicitar cita previa en el Registro Civil o Consulado.
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Presentar la solicitud oficial junto con la documentación requerida.
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Esperar la tramitación y resolución por parte del Ministerio de Justicia.
Si quieres saber cómo obtener la nacionalidad española por opción, visita el siguiente enlace.
Dado que los Registros Civiles y Consulados de España se encuentran actualmente saturados, lo recomendable es no esperar al último día para hacer la solicitud y presentar la documentación.
Además, el simple hecho de haber pedido la cita antes del plazo es suficiente para considerar que has manifestado tu intención de solicitar la nacionalidad española por la LMD.
¿Qué documentos son necesarios para solicitar la nacionalidad por la LMD?
La documentación dependerá del supuesto concreto, pero de manera general se exige:
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Certificado literal de nacimiento del solicitante, debidamente legalizado o apostillado.
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Certificado literal de nacimiento del padre, madre, abuelo o abuela español de origen, expedido por el Registro Civil español.
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Documento de identidad o pasaporte vigente del solicitante.
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Certificados de matrimonio, en los casos en que sea necesario acreditar la filiación a través de la unión de los padres o abuelos.
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Documentos adicionales que acrediten la nacionalidad española de origen del ascendiente (partidas de nacimiento, pasaportes antiguos, inscripciones consulares, etc.).
La correcta preparación de esta documentación es esencial. En muchos casos, obtener los certificados desde el extranjero puede tardar semanas o incluso meses, lo que refuerza la necesidad de iniciar el proceso de inmediato.
Consecuencias de no presentar la solicitud a tiempo
No presentar la solicitud antes del 22 de octubre de 2025 implica perder la posibilidad de acceder a la nacionalidad española por esta vía extraordinaria.
En ese caso, los descendientes deberán recurrir a las vías ordinarias, como la residencia legal en España durante varios años, la nacionalidad por carta de naturaleza (muy restrictiva y excepcional) o la nacionalidad por opción en supuestos muy concretos. Todas estas opciones son más limitadas, más costosas en tiempo y requieren mayor esfuerzo de acreditación.
Otros tipos de arraigo y opciones de residencia
Aunque este artículo se centra en la LMD, conviene recordar que en el nuevo Reglamento de Extranjería existen otros tipos de permisos de residencia, como los arraigos. En Hernández Castillo Abogados ya hemos publicado guías completas sobre:
- El arraigo sociolaboral, sobre el que tienes toda la información en el siguiente enlace.
- El arraigo social, sobre el que te dejamos una maravillosa Guía completa y totalmente actualizada haciendo click en el siguiente enlace.
- El arraigo familiar, el cual no requerirá ninguna permanencia mínima en España, pero que ha quedado reducido para los familiares de ciudadanos de la Unión Europea y otros países a los que se aplica el régimen comunitario. Pero si quieres saber qué hacer como familiar de un/a ciudadano/a español/a, visita el siguiente enlace.
- El arraigo de segunda oportunidad, sobre el que te dejamos otra fantástica Guía en el siguiente enlace.
- Y el arraigo socioformativo, opción interesante si quieres comenzar unos estudios, en cuyo caso deberías informarte en el siguiente enlace.
Estas alternativas son importantes porque, si se pierde el plazo de la LMD, podrían ser una vía para residir legalmente en España y más adelante solicitar la nacionalidad española por residencia, sobre la que te dejamos más información en el siguiente enlace.
Y si quieres saber los trámites que debes realizar al llegar a España, te dejamos una Guía Completa en el siguiente enlace.
Conclusión: ahora o nunca
La nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática representa una oportunidad única que está a punto de expirar. Miles de descendientes de españoles han podido recuperar su vínculo con España gracias a esta normativa, pero el tiempo para hacerlo se agota.
El 22 de octubre de 2025 es la fecha límite y no habrá prórroga. Por ello, si crees que puedes beneficiarte de esta ley, es el momento de actuar.
En cualquier caso, para solicitar permisos de residencia y trabajo en España o realizar otros trámites en materia de extranjería y nacionalidad española siempre es recomendable a través de un/a abogado/a especializado/a en dichas cuestiones, como Hernández Castillo Abogados.
Por suerte, en Hernández Castillo Abogados estamos para ayudarte, escucharte y acompañarte en todos los trámites para conseguirte permisos de residencia y trabajo en España. Somos abogados expertos en Derecho de Extranjería y Nacionalidad Española. Trabajamos en toda España y nos comprometemos a presentar tus solicitudes en menos de 24 horas, ya que estamos acreditados para hacerlo de forma telemática. ¡Nos avalan años de éxito y experiencia!
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