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Cómo conseguir los papeles en España en 2025

En España, el proceso para regularizar la situación migratoria puede parecer complejo, pero las diferentes alternativas contempladas por la normativa actual ofrecen oportunidades adaptadas a diversas circunstancias para salir de la situación de irregularidad. A lo largo de los años, las políticas de extranjería han evolucionado, incorporando figuras legales que facilitan el acceso a las autorizaciones de residencia y trabajo.

Los letrados y demás profesionales de Hernández Castillo Abogados, como expertos en materia de extranjería y nacionalidad española que somos, te explicamos en este artículo las principales opciones disponibles para conseguir papeles en España en 2025, teniendo en cuenta los cambios recientes con el nuevo Reglamento de Extranjería y los requisitos específicos de cada caso.

Y si te quedas con alguna duda acerca de este tema o cualquier otra en materia de extranjería, así como sobre Derecho Civil, Penal o Administrativo en España, siempre puedes contactar con nosotros de manera online, o bien en el número de teléfono +34 977 00 36 35 o a través de nuestro Whatsapp. También acudiendo en persona (por favor, con cita previa) a nuestro despacho situado en la ciudad de Tarragona. Trabajamos en toda España y presentamos tus solicitudes en menos de 24 horas, ya que estamos acreditados para presentarlas en tu nombre de forma telemática. Y no menos importante es que te atenderemos encantados.

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Papeles en España desde enero hasta el 20 de mayo de 2025 tras la reforma del Reglamento de Extranjería

Si presentas tu solicitud de permiso de residencia y/o trabajo antes de la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería, tienes opciones con los distintos tipos de arraigo en España y la Tarjeta de Familiar Comunitario.

Arraigo Social

El arraigo social es una de las formas más conocidas para obtener papeles en España. Se trata de un  permiso de residencia y trabajo para quienes hayan permanecido en España, ya sea regular o irregularmente, cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Residencia continuada, debiendo haber estado en España, al menos, los 3 años previos a la solicitud del permiso de residencia por arraigo social.
  • Vínculos o integración, debiendo tener familiares directos con residencia legal en España o un informe de integración emitido por el ayuntamiento correspondiente.
  • Sostenibilidad económica, debiendo presentar una oferta de empleo, iniciar un negocio propio o acreditar que se cuenta con medios económicos.
  • Antecedentes penales, debiendo no tener antecedentes en España ni en el país de origen.

Esta autorización inicial por arraigo social tiene una duración de 1 año, renovable posteriormente. Así, muchos beneficiarios logran consolidar su situación obteniendo autorizaciones de residencia de mayor duración, lo que garantiza su estabilidad en el país.

Este proceso fomenta la integración de los solicitantes, ayudándolos a acceder a derechos sociales y económicos, ya que el arraigo social no sólo es una herramienta para regularizar la situación migratoria, sino también una vía para incorporarse de manera plena en la sociedad española, pues se valoran aspectos como el conocimiento del idioma, la participación en actividades comunitarias y la estabilidad social del solicitante.

Si quieres saber más sobre el arraigo social, haz click en el siguiente enlace. Ahora bien, a partir de mayo del 2025, cuando entre en vigor la reforma del Reglamento de Extranjería, la residencia por arraigo social seguirá existiendo, pero los requisitos serán diferentes.

Una vez obtenida la renovación del permiso de residencia, los beneficiarios pueden optar por mejorar su situación migratoria mediante otras figuras legales, como el acceso a la residencia de larga duración o incluso a la nacionalidad española, si cumplen con los requisitos.

Si quieres saber cómo conseguir la nacionalidad española por residencia, visita el siguiente enlace.

Arraigo Familiar

El arraigo familiar ha ganado una gran popularidad debido a las ampliaciones introducidas en el nuevo Reglamento de Extranjería. Este permiso de residencia permite regularizar la situación migratoria en casos relacionados con personas extranjeras que sean familiares de españoles, cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Ser padre, madre o tutor de un menor con nacionalidad española.
  • Prestar medidas de apoyo a una persona de nacionalidad española con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica.
  • Ser cónyuge o pareja acreditada de un ciudadano o ciudadana de nacionalidad española.
  • Ser ascendiente mayor de 65 años, o menor de 65 años a cargo, de un ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho.
  • Ser descendiente menor de 21 años. o mayor de 21 años a cargo, de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho.
  • Ser hijo de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

El arraigo familiar no exige un tiempo mínimo de permanencia en España, pues este permiso de residencia y trabajo se ha convertido en una opción fundamental para quienes tienen lazos familiares directos con ciudadanos españoles y buscan consolidar su situación en el país.

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Además, es relevante mencionar que esta figura facilita el acceso a otros derechos, como el reagrupamiento familiar que permite que las familias puedan permanecer unidas y acceder a recursos que fomenten su integración completa en la sociedad española. Todo ello, sin mencionar la posibilidad de obtener la nacionalidad española tras cumplir con los requisitos de residencia continuada.

En la mayoría de los casos, el permiso de residencia por  arraigo laboral otorga una autorización de 5 años que permite trabajar y residir sin restricciones. Sin embargo, en el caso de los hijos e hijas de padre o madre originariamente españoles, la duración del permiso inicial es de 1 año, lo que requiere una atención especial para gestionar la renovación en el momento adecuado.

Si quieres saber más sobre el arraigo familiar, visita el siguiente enlace.

Arraigo para la Formación

Introducido en una reciente reforma del Reglamento de Extranjería, el arraigo para la formación es una opción para quienes buscan mejorar sus oportunidades laborales mediante la formación. Esta figura ha sido diseñada para responder a las necesidades del mercado laboral y fomentar la integración a través del aprendizaje, para quienes cumplan los siguientes requisitos:

  • Residencia continuada, debiendo haber estado en España, al menos, los 2 años previos a la solicitud del permiso de residencia por arraigo para la formación.
  • Compromiso formativo, debiendo inscribirse en un programa de formación específico España en que facilite la incorporación al mercado laboral.

Este permiso es exclusivamente de residencia y tiene como objetivo principal preparar a los solicitantes para el empleo formal. Aquellos que completen exitosamente su formación pueden optar a permisos de trabajo vinculados a su nueva cualificación, lo que les permite acceder a empleos mejor remunerados y con mayor estabilidad.

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Además, la figura del arraigo para la formación también busca reducir las desigualdades educativas y promover la inclusión social, permitiendo a los beneficiarios acceder a programas educativos adaptados a sus necesidades y capacidades. Esto es especialmente relevante en sectores con alta demanda laboral, como la tecnología, la sanidad y la construcción, donde se necesitan profesionales cualificados.

Si quieres saber más sobre el arraigo para la formación, haz click en el siguiente enlace.

Arraigo Laboral

El arraigo laboral permite a las personas extranjeras, siempre que hayan trabajado previamente en España, obtener un permiso de residencia y trabajo. Aunque suele confundirse con el arraigo social, es diferente y está diseñado específicamente para aquellos que puedan acreditar relaciones laborales en España, cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Residencia continuada, debiendo haber estado en España, al menos, los 2 años previos a la solicitud del permiso de residencia por arraigo social.
  • Prueba de empleo previo, debiendo acreditar relaciones laborales en España de, al menos, 6 meses durante una estancia o residencia legal previa en el país.

Este permiso de residencia es una opción para aquellos que, por diversas razones, no renovaron su residencia y quedaron en situación irregular. Gracias a diversas sentencias judiciales y a la reforma del Reglamento de Extranjería, este proceso se ha adaptado para beneficiar a más personas.

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También cabe destacar que el arraigo laboral también ha servido como herramienta para reforzar la protección de los derechos laborales de las personas extranjeras en España. Esto incluye la posibilidad de acceder a prestaciones sociales, asistencia sanitaria y protección frente a la explotación laboral.

Un aspecto importante a destacar es la necesidad de contar con pruebas documentales que acrediten la relación laboral, como pueden ser contratos, recibos de salario o sentencias judiciales favorables.

Si quieres saber más sobre el arraigo laboral, haz click en el siguiente enlace.

Tarjeta de Familiar de Comunitario

Otra vía menos conocida para regularizar tu situación en España es la Tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario. Es decir, con nacionalidad de países de la Unión Europea, o bien del Espacio Económico Europeo (que  incluye Liechtenstein, Noruega e Islandia) o de la Confederación Suiza.

Este permiso de residencia tiene una validez de 5 años y permite trabajar en España tanto por cuenta ajena como propia a los siguientes beneficiarios:

  • Cónyuges o parejas registradas de ciudadanos o ciudadanas comunitarios.
  • Descendientes directos menores de 21 años, o mayores de 21 años dependientes de ciudadanos o ciudadanas comunitarios, o de su cónyuge o pareja registrada.
  • Ascendientes directos a cargo de ciudadanos o ciudadanas comunitarios, de su cónyuge o pareja registrada.
  • Otros familiares que dependan económicamente del ciudadano comunitario, lo que se conoce como la “familia extensa”.

Además, este tipo de tarjeta permite una movilidad considerable dentro de la Unión Europea, facilitando la posibilidad de residir o trabajar en otros países del Espacio Schengen bajo ciertas condiciones. Así, este permiso representa una excelente oportunidad para regularizar su situación migratoria, disfrutar de derechos laborales y sociales, y garantizar su estabilidad a largo plazo. También es relevante para aquellos que desean ampliar sus oportunidades laborales o educativas en Europa, ya que facilita el reconocimiento de derechos en otros países de la UE.

Nuevos Arraigos y cambios con la reforma del Reglamento de Extranjería: a partir del 20 de mayo de 2025

Si decides presentar la solicitud para conseguir papeles en España partir del 20 de mayo de 2025, ya habrá entrado en vigor una reforma del Reglamento de Extranjería que introduce nuevas categorías de arraigo. Estas modalidades incluyen:

  • Arraigo de Segunda Oportunidad, diseñado para personas que hayan perdido su estatus legal, como puedes ver en el siguiente enlace.
  • Arraigo Sociolaboral, siendo una especie de combinación entre el el arraigo social y laboral, como puedes ver en el siguiente enlace.
  • Arraigo Socioformativo, como versión ampliada del arraigo para la formación, que además permite trabajar en España, como puedes ver en el siguiente enlace.

También se modifican los requisitos para el arraigo social, como vimos anteriormente, porque las nuevas categorías de arraigo buscan adaptarse a las necesidades cambiantes de los migrantes y del mercado laboral, promoviendo la inclusión y la sostenibilidad económica.

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Es importante destacar que el Arraigo Familiar dejará de ser aplicable para familiares de españoles. Si quieres saber qué permiso de residencia necesitan los familiares de españoles, visita el siguiente enlace.

Además, estas reformas también contemplan plazos más rápidos para la resolución de solicitudes y una mayor digitalización de los procesos, lo que facilitará el acceso a la información y la reducción de tiempos de espera.

Tus papeles en España están a solo un paso. En Hernández Castillo Abogados podemos orientarte y asistirte en todos los trámites, pues somos abogados expertos en Derecho de Extranjería y Nacionalidad Española. Trabajamos en toda España y nos comprometemos a presentar tus solicitudes en menos de 24 horas, ya que estamos acreditados para presentarlas de forma telemática.

Y no dudes en contactar con nosotros para cualquier otra consulta legal en materia de Derecho Civil, Penal o Administrativo. ¡Nos avalan años de éxito y experiencia!

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