Finalmente, tal y como ya te adelantábamos en episodios anteriores, a 20 de noviembre de 2024 se ha aprobado el nuevo Reglamento de Extranjería en España, el cual trae numerosas mejoras relativas a los permisos de residencia para el colectivo de personas inmigrantes.
Por ello, los letrados y demás profesionales de Hernández Castillo Abogados, como expertos en materia de extranjería y nacionalidad española que somos, una vez analizado el texto final del nuevo Reglamento de Extranjería publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), te dejamos en este artículo las principales novedades que te pueden afectar en cuanto a tus permisos de residencia.
Y si te quedas con alguna duda acerca del nuevo Reglamento de Extranjería o cualquier otra en materia de extranjería, así como sobre Derecho Civil, Penal o Administrativo en España, siempre puedes contactar con nosotros de manera online, o bien en el número de teléfono +34 977 00 36 35 o a través de nuestro Whatsapp. También acudiendo en persona (por favor, con cita previa) a nuestro despacho situado en la ciudad de Tarragona. Trabajamos en toda España y presentamos tus solicitudes en menos de 24 horas, ya que estamos acreditados para presentarlas en tu nombre de forma telemática. Y no menos importante es que te atenderemos encantados.
¿Cuál es la noticia?
Ya te veníamos avisando de esta reforma del reglamento de extranjería (como puedes comprobar en el siguiente enlace), la más amplia y ambiciosa de los últimos tiempos
Así, tras haber realizado todo su recorrido por las sedes parlamentarias españolas, a 19 de noviembre de 2024 ha sido (final y felizmente) aprobado el nuevo reglamento de Extranjería en España, con más que menos aciertos.
Ello se traduce, para los estudiosos y demás entendidos en materia de Derecho, en la publicación en el BOE a 20 de noviembre de 2024 de una norma. Esta ha sido bautizada como Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, (cuyo texto completo puedes ver pinchando sobre el enlace de la norma).
Y recuerda esta fecha, porque será algo importante en lo relativo al momento en que podrás beneficiarte de los nuevos permisos de residencia que trae consigo. Pero no te preocupes, que ya te lo explicamos todo más adelante.
¿Qué persigue el nuevo Reglamento de Extranjería en líneas generales?
Al igual que la nueva regularización masiva extraordinaria de inmigrantes en España (de la que ya te habíamos hablado anteriormente y que puedes ver haciendo click en el siguiente enlace), el nuevo Reglamento de Extranjería de 2024 tiene esta misma finalidad, pero también unos objetivos más amplios.
En este sentido, ha destacado la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España, Elma Saiz, que “Es la reforma más integral y ambiciosa que se ha realizado en 13 años, desde la entrada en vigor en 2011 del reglamento de extranjería, ya que:
- Representa un equilibrio entre la extensión y protección de los derechos de las personas migrantes y el rigor jurídico y la atención a las necesidades de España.
- Aporta seguridad jurídica.
- Simplifica trámites.
- Protege derechos.
- Ofrece nuevas posibilidades a las personas que hayan decidido desarrollar su proyecto de vida en España, a ellas y a sus familias.”
Además, ha puntualizado la misma ministra que este nuevo texto “va a servir para combatir a las mafias, el fraude y la vulneración de derechos, ya que hemos trabajado con las asociaciones que trabajan con migrantes, con la patronal y con los sindicatos, las Comunidades Autónomas y las entidades locales. Este texto es producto de un largo proceso de escucha”.
A continuación te contamos las novedades más importantes que pueden afectarte como persona extranjera que se encuentra o pretende residir en España
¿Cuáles son las principales novedades en el Reglamento de Extranjería?
A modo de resumen, podemos destacar:
- La adaptación a la situación actual del fenómeno migratorio, a la legislación europea y a las demandas del mercado laboral.
- La reducción de plazos y trámites, reforzando los derechos de los trabajadores migrantes y las garantías para las empresas.
- La creación de un título específico para regular los visados, ordenándose las competencias entre los Consulados de España y las Oficinas de Extranjería.
- El establecimiento de cinco figuras de arraigo, creándose una nueva de arraigo de segunda oportunidad.
- La modificación de la estancia por estudios, permitiéndose ahora trabajar hasta 30 horas semanales.
- La mejora de la reagrupación familiar.
Novedades en los Visados
En este punto, el nuevo reglamento de extranjería clarifica el esquema de autorizaciones, los requisitos y los trámites en general. Y en concreto, destacar que todos los visados de residencia inicial van a ser de 1 año, y las renovaciones por 4 años, quedando los siguientes tipos de visado:
- Visado de estancia de corta duración.
- Visado de estancia de larga duración.
- Visado de residencia.
- Visado de tránsito aeroportuario.
- Visado de carácter extraordinario.
- Visado para la búsqueda de empleo, el cual se ha extendido hasta 12 meses el visado para la búsqueda de empleo, el cual antes era sólo por 3 meses. Así, se va a facilitar que las personas consigan un trabajo adecuado a su perfil profesional y, al mismo tiempo, que las empresas encuentren los profesionales que necesitan.
Además, se evitan situaciones de irregular sobrevenida aclarando y simplificando los trámites para el cambio de una situación de residencia a otra. Por ejemplo, no será necesario abandonar el país para obtener la residencia de larga duración después de haber tenido una temporal.
Novedades en los permisos de residencia por Arraigo en España
“España es el único país de la Unión Europea que dispone de una figura específica para regularizar a las personas día a día a través del arraigo, con el objetivo de reforzar y ampliar las vías de acceso a la regularización de las personas migrantes que están en España, para que puedan llevar una vida plena como ciudadanos: tener derechos y tener deberes”, ha explicado la ministra, Elma Saiz.
Así, el nuevo reglamento de extranjería establece cinco modalidades de arraigo:
- El arraigo social.
- El arraigo sociolaboral, sobre el que tienes más información en el siguiente enlace.
- El arraigo familiar.
- El arraigo socioformativo, sobre el que tienes más información en el siguiente enlace.
- El arraigo de segunda oportunidad, que va dirigida a las personas que han tenido una autorización de residencia en los últimos 2 años y no se hubiera renovado por diversas razones. Te dejamos un artículo completo sobre él en el siguiente enlace.
En todas estas figuras se reduce el tiempo de permanencia en España de 3 a 2 años y se habilita a trabajar tanto por cuenta ajena como propia desde el primer momento.
Todas estos permisos de residencia tendrán 1 año de duración inicial, salvo por arraigo familiar, que será de 5 años.
Novedades en los permisos de trabajo
La mayor parte de los permisos de residencia regulados en el nuevo reglamento de extranjería habilitan para trabajar desde el primer momento, sin tener que solicitar de forma expresa una autorización inicial de trabajo por cuenta ajena.
Además, las personas extranjeras que vienen a realizar sus estudios a España podrán trabajar hasta 30 horas a la semana. De esta forma, con el conocido como “Fast Track”, se fomenta su inclusión y su integración en la sociedad.
Y en cuanto a las actividades de temporada, se ha creado una autorización específica de residencia y trabajo (que facilita la contratación tanto a nivel individual como colectivo). Además, se mejora la protección de los derechos de los trabajadores (ya que deberán tener información concreta y escrita en un idioma que comprendan) de sus condiciones laborales, de estancia y demás gastos. También se mejoran sus condiciones de habitabilidad y la seguridad del trabajador desde que sale de su país hasta que se da de alta en la Seguridad Social aquí. A esto se suma una mejora en la posibilidad de cambio de empleador en caso de abuso o por otras causas que hayan impedido el desarrollo de la relación laboral (fallecimiento del empleador, plaga en la cosecha etc.).
Por otra parte, el nuevo reglamento de extranjería promueve que los empresarios puedan disponer de más información en todo el proceso, que es más sencillo y flexible para que puedan adaptarse a las necesidades concretas, como la duración determinada o la gestión colectiva de contrataciones. Ampliar los permisos de residencia (con la fórmula 1 año inicial + 4 años por renovaciones) da mayor estabilidad y más garantías a las empresas.
Novedades en la reagrupación familiar
Aquí, destacar que se amplían y definen los supuestos de “Familiares de Españoles”, beneficioso sobre todo para las personas extranjeras que han obtenido la nacionalidad española por residencia.
SI quieres saber cómo conseguir la nacionalidad española por residencia, haz click en el siguiente enlace.
Así, los nuevos “Familiares de Españoles” reagrupables son:
- El cónyuge, sin que ahora se exija estar casado o ser pareja de hecho registrada.
- Los hijos, los cuales se amplían hasta los 26 años.
- Los descendientes y otros familiares a cargo.
- Los padres de hijos españoles.
- El cuidador del español/a.
- La familia extensa.
También se amplía el concepto de familiar reagrupado a los hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.
¿Cuándo podré solicitar estos nuevos visados y permisos de residencia?
El propio texto legal, en su Disposición Final 4ª, prevé la entrada en vigor del nuevo reglamento de extranjería a los 6 meses desde su publicación en el BOE, la cual tuvo lugar a fecha de 20 de noviembre de 2024.
Ello quiere decir que todas las novedades que te hemos venido exponiendo anteriormente sólo podrán hacerse efectivas a partir del próximo día 20 de mayo de 2025.
Si tienes prisa para regularizar tu situación de persona extranjera en España, hasta que empiece a funcionar el nuevo reglamento de extranjería, y todo ello salvo que se acuerde una posible prórroga para la entrada en vigor de los nuevos permisos de residencia, te recomendamos que eches un vistazo a los actuales tipos de arraigo en España. Puedes encontrar un resumen de todos ellos haciendo click en el siguiente enlace.
Desde Hernández Castillo Abogados, con el fin de evitar demoras innecesarias en tus trámites de extranjería o una denegación de tu solicitud de permiso de residencia y trabajo en España o de concesión de la nacionalidad española por cualquiera de las alternativas previstas, siempre te recomendaremos el asesoramiento y la gestión a través de profesionales especializados. Si así lo deseas, nosotros podemos orientarte y asistirte en todos los trámites, pues somos abogados expertos en Derecho de Extranjería y Nacionalidad Española. Trabajamos en toda España y nos comprometemos a presentar tus solicitudes en menos de 24 horas, ya que estamos acreditados para presentarlas de forma telemática.
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