Si quieres adquirir la nacionalidad española por residencia en España o por ser descendiente de sefardíes originarios de España, en general, es necesario superar previamente dos pruebas. De no hacer los exámenes CCSE y, en su caso, DELE, te encontrarás con una resolución de denegación de nacionalidad. Pero también es posible obtener la nacionalidad española con dispensa de exámenes, si bien parece que últimamente ha habido cambios extraoficiales en el MInisterio de Justicia.
Los especialistas de Hernández Castillo Abogados, como expertos en materia de extranjería y nacionalidad española, ayudamos a cientos de personas a tramitar su expediente con éxito cada año. Nuestro equipo revisa cada caso de manera personalizada para determinar si ya puedes solicitar la nacionalidad española por residencia o por otras vías… ¡Sigue leyendo!
Y si después de leer te quedas con cualquier duda en materia de extranjería o nacionalidad española, siempre puedes contactar con nosotros de manera online, o bien en el número de teléfono +34 977 00 36 35 o a través de nuestro Whatsapp. También acudiendo en persona (por favor, con cita previa) a nuestro despacho situado en la Rambla Nova, número 37, piso 3º, puerta 2ª, C.P. 43003 de la ciudad de Tarragona.
Trabajamos en toda España y presentamos tus solicitudes en menos de 24 horas, ya que estamos acreditados para presentarlas en tu nombre de forma telemática. Y no menos importante es que te atenderemos encantados.
¿Los exámenes de nacionalidad española son requisito necesario?
Solicitar la nacionalidad española por residencia es uno de los trámites más importantes para las personas extranjeras que ya llevan años en España, pues supone acceder a nuevos derechos y oportunidades de integración. Sin embargo, generan dudas los requisitos y el momento exacto en el que se cumplen los años para solicitarla e ir preparando la documentación y, con ello, evitar retrasos o denegaciones innecesarios.
Además del tiempo de residencia en España de 10, 5, 2 o 1 año, según los distintos supuestos que te explicamos en el siguiente enlace, el solicitante debe reunir una serie de requisitos que el Ministerio de Justicia revisa detenidamente. Y son los siguientes requisitos que contempla el Código Civil español:
- Residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud, por lo que la tarjeta o permiso de residencia en España deben estar en vigor y sin interrupciones durante el periodo exigido. También hay excepciones en las que puedes salir del país por un tiempo y te las contamos en el siguiente enlace.
- Buena conducta cívica, la cual se acredita con los certificados de antecedentes penales de España y del país de origen. En caso de sanciones o condenas menores, estudiaremos la viabilidad de solicitar la nacionalidad directamente o la posibilidad de cancelar tus antecedentes. Si quieres saber cómo cancelar tus antecedentes penales, visita el siguiente enlace.
En Hernández Castillo Abogados ayudamos a nuestros clientes a planificar con antelación cómo solicitar la nacionalidad española, revisando sus permisos y asegurando que su residencia sea siempre legal y continua.
- Suficiente grado de integración en la sociedad española, que se demuestra superando los dos exámenes que gestiona el Instituto Cervantes:
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Examen CCSE, que supone superar un examen tipo test sobre conocimientos constitucionales y socioculturales de España. Es decir, que evalúa el conocimiento de la Constitución Española y de la realidad social y cultural de España. Te dejamos el test para que puedas verlo y descargarlo haciendo click en el siguiente enlace.
- Examen DELE, que equivale a un nivel de A2 de idioma español, para el caso de que no hables el castellano como lengua materna y, por tanto, quedando exentos los nacionales de países hispanohablantes (Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela).
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Te dejamos toda la información sobre los exámenes de nacionalidad española CCSE y DELE en el siguiente enlace.
Ahora es un buen momento para solicitar la nacionalidad española por residencia, porque el Ministerio de Justicia ha realizado mejoras, que puedes ver en el siguiente enlace, buscando que la tramitación sea más clara, segura y rápida, evitando denegaciones innecesarias.
Te contamos todas las causas de denegación de nacionalidad española en el siguiente enlace.
Si quieres saber todo sobre cómo solicitar la nacionalidad española por residencia, visita el siguiente enlace. Y también te dejamos un par de artículos que pueden resultar de tu interés:
- Consejos útiles para solicitar la nacionalidad española.
- Errores en la solicitud de la nacionalidad española por residencia.
¿Quién puede adquirir la nacionalidad española con dispensa de exámenes?
En general, es necesario aportar un Certificado Apto de los exámenes de nacionalidad española CCSE y, en su caso, DELE.
Sin embargo, está previsto legalmente, y hasta ahora el Ministerio de Justicia estaba siguiendo este criterio como se observa en su página web oficial, que es posible obtener la nacionalidad española con dispensa de exámenes CCSE sobre conocimientos constitucionales y socioculturales de España en los siguientes casos:
- Las personas extranjeras que hayan estado escolarizadas en España y, tan final como felizmente, hayan superado la Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
- Las personas extranjeras que hayan cursado y aprobado los siguientes grados con título oficial, además de la ESO:
- Graduado escolar.
- Bachillerato.
- Formación Profesional de grado medio o grado superior.
- Licenciatura universitaria.
- Diplomatura universitaria.
- Grado universitario.
- Arquitecto.
- Ingeniero.
- Arquitecto Técnico.
- Ingeniero Técnico.
Por otra parte, también se prevé legalmente que es posible obtener la nacionalidad española con dispensa de exámenes DELE, en los siguientes supuestos:
- Las personas extranjeras nacionales de países hispanohablantes (Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela)
- Las personas extranjeras que acrediten un nivel del idioma castellano presentando los siguientes títulos oficiales:
- Certificados oficiales de los niveles básicos (A2), intermedios (B1) y avanzado (B2) expedidas por las correspondientes Administraciones Educativas.
- Certificados de Aptitud y las Certificaciones Académicas de Ciclo Elemental del Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, expedidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por las Consejerías competentes en materia de educación en las correspondientes Comunidades Autónomas o por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
En todos estos casos, los certificados deberán estar inscritos en el registro de títulos de la administración educativa competente, siendo equivalentes los diplomas, certificados o títulos acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera que hayan sido integrados en el Sistema Internacional de Certificación del español como lengua extranjera (SICELE) .
No se admitirán, aunque hayan sido homologados por la Administración española:
- Estudios realizados fuera de España.
- Estudios realizados en centros situados en España que siguen un currículo extranjero.
Y otro supuesto para obtener la nacionalidad española sin exámenes CCSE y DELE, previa resolución expresa o presunta de una dispensa de los mismos, son:
- Las personas extranjeras analfabetas. Es decir, que no sepan leer ni escribir o tengan dificultades de aprendizaje, aunque en este caso la dispensa suele denegarse si es una persona no muy mayor.
- Las personas extranjeras con alguna discapacidad reconocida, pudiendo el Instituto Cervantes realizar actuaciones especiales en la realización de las pruebas para que dispongan de los apoyos y ajustes razonables que les permitan concurrir en condiciones de igualdad efectiva.
En estos casos, no se podrá solicitar la nacionalidad española por residencia mientras no se haya resuelto, expresa o presuntamente, la solicitud de dispensa por el Ministerio de Justicia, a excepción de la solicitud de dispensa de quienes hayan estado escolarizados en España y superado la educación secundaria obligatoria (ESO). De haberse presentado solicitud de nacionalidad por residencia al mismo tiempo que la solicitud de dispensa, se procederá al archivo de la solicitud de nacionalidad.
¿Cómo presentar los documentos para adquirir la nacionalidad española con dispensa de exámenes?
Con carácter general, se deberán aportar en la Sede Electrónica en el momento de presentar una solicitud.
No obstante, cuando en la solicitud se autorice expresamente la consulta, no será necesario aportar la justificación de las pruebas superadas ante el Instituto Cervantes.
Nuevo criterio no oficial de denegación de nacionalidad española con dispensa de exámenes CCSE Y DELE
En los últimos días, se ha detectado un cambio de criterio interno no oficial en el Ministerio de Justicia, que está afectando directamente a quienes solicitaron la nacionalidad española con dispensa de exámenes CCSE y DELE por haber cursado estudios en España.
Hasta ahora, el propio Ministerio de Justicia reconocía como válidos para obtener la dispensa los estudios realizados en España que te mencionábamos más arriba:
- Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
- Graduado escolar.
- Bachillerato.
- Formación Profesional de grado medio o grado superior.
- Licenciatura universitaria.
- Diplomatura universitaria.
- Grado universitario.
- Arquitecto.
- Ingeniero.
- Arquitecto Técnico.
- Ingeniero Técnico.
De hecho, en nuestro despacho, Hernández Castillo Abogados, tenemos numerosas concesiones de nacionalidad española por residencia aprobadas en los últimos meses con esos estudios, sin necesidad de realizar los exámenes CCSE y/o DELE.
Si ya has presentado tu solicitud de nacionalidad española por residencia y quieres saber en qué estado se encuentra tu expediente, te explicamos cómo hacerlo en el siguiente enlace.
Sin embargo, en la última semana varios compañeros abogados y abogadas han recibido notificaciones de denegación de nacionalidad española cuando los solicitantes habían pedido la dispensa por estudios de FP o universitarios, alegando el Ministerio que solo son válidos los títulos de ESO y Bachillerato para eximir de los exámenes CCSE y DELE. Por ahora, el cambio carece de respaldo normativo o comunicación oficial.
El hecho de que el Ministerio de Justicia solo considera son válidos los títulos de ESO y Bachillerato para eximir de los exámenes CCSE y DELE no ha sido comunicado oficialmente. Y al contactar directamente con ellos siguen indicando que todos los estudios mencionados anteriormente continúan siendo válidos, por lo que existe una contradicción evidente entre lo que dicen y lo que están resolviendo.
Además, en el apartado de preguntas frecuentes y documentación, la propia página web oficial del Ministerio de Justicia sigue incluyendo todos los estudios que hasta ahora daban derecho a dispensa, como puedes ver en el siguiente enlace.
La recomendación práctica que damos desde el despacho Hernández Castillo Abogados es que todas las personas que hayan solicitado la nacionalidad española por residencia y no hayan realizado los exámenes alegando dispensa de estudios distintos a ESO o Bachillerato, deberían presentarse cuanto antes a los exámenes CCSE y DELE y aportar los certificados a su expediente en trámite, para evitar futuras denegaciones.
Si quieres hacerlo ya, puedes realizar tu inscripción para el test CCSE haciendo click en el siguiente enlace.
La inscripción requiere pagar previamente un total de 85 euros, lo cual incluye:
- El acceso al examen.
- La certificación de calificación.
- El acceso a todos los recursos de preparación necesarios.
Además, al inscribirte tienes derecho a presentarte un máximo de 2 ocasiones, únicamente para el caso de que no llegues a superar la prueba en un primer intento, o si no pudiste asistir a la primera convocatoria por razones justificadas.
Si quieres más información sobre el examen CCSE, te remitimos la página oficial del Instituto Cervantes haciendo click en el siguiente enlace.
Y si quieres más información sobre el examen DELE, te remitimos la página oficial del Instituto Cervantes haciendo click en el siguiente enlace.
No se debe dar este asunto por cerrado, por lo que te iremos informando de cualquier novedad en próximos artículos y posts.
En cualquier caso, para solicitar la nacionalidad española o realizar otros trámites en materia de extranjería y nacionalidad española, siempre es recomendable hacerlo a través de un/a abogado/a especializado/a en dichas cuestiones. En Hernández Castillo Abogados, con el fin de evitar retrasos o denegaciones innecesarias, preparamos y revisamos toda la documentación para que el expediente esté perfectamente completo antes de su presentación telemática.
Por suerte, en Hernández Castillo Abogados acompañamos a muchos de nuestros clientes desde la obtención de su primer permiso de residencia por arraigo hasta la consecución de su nacionalidad española definitiva, pues estamos para ayudarte, escucharte y acompañarte en todos los trámites. Somos abogados expertos en Derecho de Extranjería y Nacionalidad Española. Trabajamos en toda España y nos comprometemos a presentar tus solicitudes en menos de 24 horas, ya que estamos acreditados para hacerlo de forma telemática. ¡Nos avalan años de éxito y experiencia!
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