¿Has presentado ya tu solicitud y quieres consultar el estado de tu nacionalidad española por residencia? Bravo por ti, porque siempre es más que recomendable estar pendiente de tus propios asuntos o encomendar dicha tarea a una persona de confianza.
Y aunque es mejor realizar tus solicitudes y demás trámites en materia de Extranjería por medio de un/a abogado/a especializado/a, puedes acceder al estado de tu expediente de nacionalidad española por ti mismo/a de manera online y muy sencilla, como veremos a continuación, ya que en Hernández Castillo Abogados hemos elaborado una explicación paso a paso por escrito y en formato vídeo, junto con algunos consejos y con toda la información que necesitas saber, para que puedas comprobar fácil y rápidamente cómo va el estado de tu expediente de nacionalidad española.
Si no has hecho todavía tu solicitud pero te lo estabas pensando, también te interesará saber lo fácil que es realizar una solicitud de nacionalidad española por residencia haciendo click en el siguiente enlace.
¿Qué datos necesitas antes de consultar el estado de tu expediente de nacionalidad española?
En primer lugar, y antes de entrar a ver el proceso sobre cómo saber en qué estado se encuentra tu expediente tu nacionalidad española por residencia, debes tener a mano todos los siguientes datos:
- Número de Identidad de Extranjero o NIE, necesario para que las personas extranjeras puedan realizar cualquier trámite ante las autoridades españolas, y que será distinto al número que contiene la Tarjeta de Identidad de Extranjero o TIE, el cual te otorgan tras haber sido concedido un permiso de residencia en España.
- Número de Expediente, el cual comenzará por la letra “R” y vendrá seguido de otros 6 caracteres numéricos.
- Año del Expediente, el cual se corresponderá con el año en que hayas efectuado tu solicitud de nacionalidad española por residencia. Y bendecirás el año en que hiciste la solicitud de la nacionalidad española, ya que en 2024 el pasaporte de ciudadano/a español/a, según Henley & Partners, ha sido considerado uno de los más poderosos para viajar libremente (o con menos trabas) por el mundo, como puedes ver, entre otras cuestiones interesantes, en el siguiente enlace.
- Fecha de Nacimiento, aunque no es estrictamente necesaria, que coincidirá con el día en que hayas nacido tú o el titular del expediente, y siempre que éste haya quedado registrado en el país de origen de alguna manera.
Además de lo anterior, para poder consultar el estado de tu expediente de nacionalidad española por residencia, como es un trámite que se realiza de manera online, necesitarás tener disponible un ordenador, tablet, teléfono móvil o cualquier dispositivo electrónico que cuente con acceso a Internet.
¿Cómo saber el estado de tu nacionalidad española por residencia?
Antes, debemos recordarte que la nacionalidad española no sólo se adquiere por residencia. Según el Código Civil español, también se puede ser nacional español de origen, entre otras, por ser hijo/a de padre o madre español o, teniendo ambos progenitores extranjeros, por haber nacido en España, si alguno de los progenitores hubiese nacido también en España.
Asimismo, puede adquirirse en otros casos:
- Por posesión de estado, comportándose efectivamente como español/a durante 10 años ininterrumpidamente y con buena fe, cuando se haya anulado el título que atribuía la nacionalidad española.
- Por adopción del extranjero/a por parte de un/a ciudadano/a español/a.
- Por opción, entre otras, de aquellas personas extranjeras cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España.
- Por carta de naturaleza, otorgada discrecionalmente mediante Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales (como ser Vinicius Jr.), incluyendo a los Sefardíes por la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.
Y más recientemente por la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática.
Sin embargo, nosotros nos centraremos en cómo consultar el estado de tu expediente de nacionalidad española por residencia ante el Ministerio de Justicia de España. Pero si quieres obtener información de otros expedientes distintos al de nacionalidad española por residencia, puedes visitar la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, que te dejamos en el siguiente enlace.
Explicación paso a paso
Ahora, una vez centrado el tema, veremos un sencillo paso a paso para consultar el estado de tu expediente de nacionalidad española por residencia, con el que aprenderás a entrar y manejarte en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Te dejamos un video explicando todos los pasos para consultar el estado de tu expediente de nacionalidad española por residencia.
El primer paso es acceder a la página web escribiendo “Ministerio de Justicia” en tu buscador, e ir a la opción “Sede Electrónica”.
También puedes pinchar directamente en el siguiente enlace. Dentro de las opciones del desplegable de “Trámites”, eliges la opción “Nacionalidad española por Residencia”.
Una vez hecho lo anterior, se abrirá una nueva página, y deberás bajar hasta la última opción que dice “Consulta telemática de expedientes de nacionalidad española por residencia”, para la cual no será necesario acceder con Certificado Digital.
Ya sólo tendrás que introducir los datos que te adelantábamos más arriba, para después marcar la opción de “Enviar”, una vez que el sistema haya comprobado que no eres un robot.
Y ¡Listo! Ya puedes conocer el estado de tu nacionalidad española por residencia. Pero aún hay más cosas que deberías saber.
¿Cuánto suele tardar en resolverse un expediente de nacionalidad española por residencia?
Según las leyes españolas, el estado de tu expediente de nacionalidad española debería aparecer como Concedido o Denegado en un máximo de 1 año. Transcurrido este, podría interponerse un recurso contencioso-administrativo, como puedes ver el el siguiente enlace.
Sin embargo, como hemos podido observar en la práctica, los expedientes de nacionalidad española pueden llegar a tardar en resolverse:
- Desde 1 o 2 meses en el mejor de los casos.
- Hasta 3 años en el peor de los escenarios.
Aunque actualmente se han reducido los tiempos generales de tramitación de los expedientes de nacionalidad española por residencia, todo ello depende del volumen de trabajo que el Ministerio de Justicia tenga en ese momento concreto. Además, en ello influye el número de solicitudes y la cantidad de personal destinado a su tramitación, así como las vicisitudes de la propia solicitud, como la falta de aportación de documentos necesarios o la necesidad de recabar informes complementarios por parte de la administración pública española.
Si te preocupan los errores en la solicitud de nacionalidad española por residencia, te recomendamos que visites el siguiente enlace.
Y por ello siempre es aconsejable hacer tu solicitud con ayuda de abogados expertos, como Hernández Castillo Abogados, y… ¡Mira qué majos! Que gratuitamente te damos 10 consejos para conseguir más rápidamente tu nacionalidad española en el siguiente enlace.
¿Cuál puede ser el estado de tu expediente de nacionalidad española por residencia?
Al efectuar la consulta de tu expediente de nacionalidad española por residencia, observarás que éste puede encontrarse en alguna de las siguientes fases:
- Abierto-Registrado, lo cual significa que todos los documentos requeridos por las leyes españolas han sido enviados correctamente al Ministerio de Justicia.
- Abierto-En tramitación, que implica que por parte de la administración española competente ya ha comenzado el proceso de verificación de los requisitos y de revisión de los documentos enviados.
- Pendiente de la Solicitud de Informes Preceptivos, fase en la cual la administración solicita ciertos informes que le van a servir como base para valorar el cumplimiento de los requisitos establecidos legalmente.
- Pendiente de Respuesta de Informes, cuando la administración se encuentre a la espera de respuesta de las demás autoridades competentes para emitir los informes solicitados y, con ello, poder avanzar hacia la resolución del expediente. Así, una vez remitidos los mismos, se constatan los siguientes extremos:
-
- Que el solicitante no posee Antecedentes Penales.
- Que existen o no Registros Policiales respecto de su persona.
- Que sus datos están recogidos por el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), siendo ésta la base de datos donde se puede verificar si eres una amenaza para la seguridad nacional o el orden público español.
- Que el solicitante ha cumplido todo el período de residencia legal en España requerido legalmente para su caso en concreto. Aquí, hay que tener en cuenta que dependiendo de la nacionalidad del solicitante, o de otras circunstancias (como que se trate del cónyuge o pareja de hecho inscrita), el tiempo de residencia para obtener la nacionalidad española por residencia puede ser de 10, 5 o 2 años, e incluso de 1 año en algunos supuestos, y que, en todo caso, la residencia en España debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
- En calificación o Estudio, siendo éste el paso en que la administración analiza minuciosamente la documentación recibida, y puede requerir documentos adicionales al solicitante, en caso de que sea necesario antes de poder emitir una decisión final sobre la solicitud de nacionalidad española por residencia.
- Pendiente de recibir documentación, cuando la administración haya notificado al solicitante un requerimiento en el que haga constar la necesidad de que aporte unos documentos específicos para poder continuar con la tramitación de su expediente.
- En trámite-Requerido. Documentación aportada, cuando el solicitante ya haya presentado correctamente toda la documentación requerida por la administración.
- Abierto- Concedido, como confirmación de que la nacionalidad española por residencia será otorgada al solicitante, indicando que recibirá una respuesta afirmativa. En este punto, es fundamental permanecer atento, ya que se recibirá un código para descargar la Resolución de Concesión de Nacionalidad en la “Carpeta Ciudadana”.
Sin embargo, la notificación de concesión de la nacionalidad española no es el final del proceso. Es decir, al recibir esta resolución que concede la nacionalidad española por residencia, las personas extranjeras no se convierten automáticamente en ciudadanos/as españoles, sino que aún queda por dar una serie de pasos adicionales para la adquisición de la nacionalidad española por residencia. Entre ellos:
- Que el mayor de 14 años, y capaz para prestar una declaración por sí, jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.
- Que este renuncie a su anterior nacionalidad, salvo los nacionales de origen de los Países Iberoamericanos (incluyendo Brasil), Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, así como los Sefardíes originarios de España.
- Que la adquisición se inscriba en el Registro Civil español.
Puedes saber más sobre qué hay que hacer tras la notificación de la resolución que concede la nacionalidad española por residencia en el siguiente enlace.
Otras situaciones que pueden ocurrir, y pueden darte un disgusto, son:
- Archivo del expediente, porque la administración ha solicitado ciertos documentos que no fueron entregados en el tiempo concedido para ello. Así, se considera que el solicitante ha renunciado al trámite y se archiva su caso. No obstante, existe la posibilidad de reclamar, especialmente si la notificación no se realizó de acuerdo con los requisitos legales, para lo cual es recomendable el asesoramiento por parte de un abogado especializado en expedientes de nacionalidad española.
- Nacionalidad denegada, que nos informa de que el expediente relativo a tu solicitud de nacionalidad española por residencia ha sido resuelto de manera negativa. En este caso, habrá que examinar las causas de la denegación para preparar el correspondiente recurso contencioso-administrativo, como puedes ver en el siguiente enlace.
- Expediente en Vía de Recurso, lo cual significa que hemos impugnado la resolución que deniega la concesión de la nacionalidad española por residencia. Para ello, y por ley, será necesario que contrates a un abogado y a un procurador de los tribunales, ya que el proceso se será resuelto por la Audiencia Nacional.
Desde Hernández Castillo Abogados te orientaremos y acompañaremos en cualquiera de los trámites encaminados a conseguir la autorización de residencia legal y trabajo en España, la nacionalidad española y otros relacionados con la materia de Extranjería, ya que somos Abogados especializados en Extranjería y Nacionalidad Española. ¡Nos avalan años de éxito y experiencia!
Y no dudes en contactar con nosotros para cualquier otra consulta legal en materia civil, penal, administrativa o laboral. Trabajamos en toda España y nos comprometemos a presentar tu solicitud de manera telemática en menos de 24 horas.
Puedes consultarnos por WhatsApp pulsando aquí: o llamando al 977003635. ¡Estaremos encantados de ayudarte!