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Tengo la Resolución de Nacionalidad Española ¿Ya soy español?

Resolución de nacionalidad española

Tengo la Resolución de Nacionalidad Española ¿Ya soy español?  Esta es una pregunta constante de nuestros clientes cuando les damos la buena noticia de que se les ha otorgado la nacionalidad española por residencia.

Y es que es frecuente, que los extranjeros crean que, al recibir la resolución de nacionalidad española por residencia concediéndola, automáticamente adquieren la nacionalidad española. Sin embargo, esto no es correcto. La notificación de concesión de la nacionalidad española no marca el fin del proceso, sino que aún es necesario completar una serie de pasos adicionales para hacer efectiva esa nacionalidad española.

Entonces, ¿Cuándo es que se adquiere la nacionalidad española? Desde Hernández Castillo Abogados te respondemos a tus dudas.

Tengo la resolución de nacionalidad española ¿Ya soy español?

Tengo la Resolución de Nacionalidad Española ¿Ya soy español? 

La respuesta a esta pregunta es cuando se obtiene la certificación literal de nacimiento española, para la emisión de la misma, se practica el asiento registral del nacimiento como español del solicitante,pero para para poder llegar a este momento, es muy importante cumplimentar estos pasos que explicaremos a continuación, sin los cuales no es posible esta adquisición.

Jura de la Nacionalidad que puede ser:

  • Ante el Notario de donde se esté empadronado.
  • Ante el Registro Civil del domicilio del interesado

La Jura de Nacionalidad es un trámite formal en el que el ciudadano extranjero responde sí o no a la pregunta de si jura fidelidad al Rey y obediencia tanto a la Constitución española como a las Leyes del país, así como la renuncia a la nacionalidad anterior. Aunque no en todos casos se renuncia a la nacionalidad anterior. En el siguiente post, especificamos los países que tienen firmado convenio de doble nacionalidad con España. Con lo cual no sería necesario a la renuncia de la nacionalidad anterior.

Si escoges la via notarial para la Jura de la Nacionalidad Española deberás:

  1. En un plazo de 180 días después de la notificación de residencia, hacer la Jura de la Nacionalidad Española debiendo tener en cuenta lo expuesto en el siguiente enlace toda la documentación que se tiene que presentar.
  2. Recibir la Certificación Literal de Nacimiento Español

Esta certificación se obtiene luego de la hacer la Jura y es emitida por el registrador del lugar del empadronamiento, quien citará al solicitante para su entrega.

1.	Tengo la resolución de nacionalidad española ¿Ya soy español?

3.Solicitar Cita previa para obtención de DNI y pasaporte español

Con la certificación de nacimiento entonces solicitar cita para poder obtener el DNI y pasaporte español. La cita previa para DNI se obtiene en el siguiente enlace.

Para este momento se deberá presentar:

  1. Certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente, o en su defecto, Certificado de inscripción de la nacionalidad española.
  2. Una fotografía reciente a color del rostro del solicitante.
  3. Certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento donde resida el solicitante, emitido en los tres meses previos a la solicitud del DNI.
  4. Si el titular del DNI es menor de 14 años o tenga capacidad judicialmente complementada, la presencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o persona apoderada por estas últimas es obligatoria.
  5. Si se trata de la primera inscripción como nacionalizado y el ciudadano posee Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE) o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión con número de identificación de extranjero (NIE), deberá presentarlo durante la tramitación del DNI.
  6. Es necesario abonar las tasas correspondientes el mismo día de la cita.
  7. Al finalizar estos trámites y obtener el DNI, se debe comunicar este cambio a organismos y entidades pertinentes, como la Seguridad Social, colegios, entidades bancarias, entre otros, para actualizar los datos correctamente.
  1. Solicitar Certificado de Concordancia

Un momento crucial en el proceso de obtener la nacionalidad española es la gestión del Certificado de Concordancia. Esta actualización de datos es fundamental para realizar diversos trámites, como el reconocimiento de los años cotizados en la seguridad social durante el periodo en el que se tenía un permiso de residencia.

Si eres beneficiario de algún tipo de seguro, no actualizar los datos puede ocasionar que los pagos no se efectúen correctamente, ya que se considerará que se trata de personas distintas al tener ahora un DNI en lugar de un NIE. Por eso, la actualización a través del Certificado de Concordancia es crucial para garantizar la coherencia de la información y evitar problemas en trámites y prestaciones.

Tengo la resolución de nacionalidad española ¿Ya soy español?

¿Qué hacer para solicitar el certificado de Concordancia? Toda la información en el siguiente enlace

Hacer la jura por la vía del Registro Civil

Si escogemos la via del registro civil, entonces debemos tener en cuenta los siguientes pasos

  1. Obtener la cita previa para la Jura

 Para este momento se deberá presentar la siguiente documentación:

  • Pasaporte en vigor.
  • Tarjeta de residencia o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea en vigor.
  • Certificado de antecedente penales, de nuestro país de origen. Se puede presentar el Certificado presentado en la solicitud telemática de la nacionalidad.
  • Certificado de nacimiento, de nuestro país de origen.
  • Certificado de empadronamiento actualizado.
  • Certificado de Nacimiento de los hijos menores de 18 años.
  • Certificado de Matrimonio.
  • Hoja declaratoria de datos para la inscripción del nacimiento.

En determinados registros civiles antes de la Jura hacen un acto previo que es la prejura que no es más que la revisión de toda la documentación a presentar. De esta manera se constata que la documentación es la correcta.

  1. Recibir la Certificación Literal de Nacimiento español.

Una vez que el registrador constata que no existen errores, procede a emitir la Certificación Literal de Nacimiento en un tiempo posterior que a veces suele ser meses. En este paso, se espera a que el Registro Civil cite al solicitante para la entrega del Certificado de Nacimiento.

En este paso el Registro Civil procede a practicar el asiento del nacimiento, para a continuación expedir la Certificación Literal de Nacimiento para la solicitud del DNI y pasaporte español, anotación que quedará al margen de la literal de nacimiento.

  1. Solicitar cita previa para obtención DNI y pasaporte español.

Ya en posesión de la certificación de nacimiento española, se debe gestionar la cita para la obtención del DNI y pasaporte a través de https://www.citapreviadnie.es/citaPreviaDni/.  La rapidez de la obtener el DNI y pasaporte español, depende de la disponibilidad de la cita.

Para el día de la cita presentar la documentación que hemos especificado en el tercero de los pasos cuando se obtiene el DNI y pasaporte español, utilizando la via notarial para la Jura de la Nacionalidad Española.

Finalizado el trámite y obtenido físicamente nuestro DNI, deberemos de comunicar dicho cambio a aquellos organismos o entidades con las que tenemos relación para que consten nuestros datos de una manera correcta como, por ejemplo, la Seguridad Social, colegios, entidades bancarias, etc.

Tengo la resolución de nacionalidad española ¿Ya soy español?

  1. Solicitar Certificado de Concordancia ante la Comisaría de la Policía.

Con la adquisición de la nacionalidad española muchos datos se modifican, sobre todo en aquellos países donde solo se estila un solo apellido. En la nueva Certificación de Nacimiento española constará un primer apellido correspondiente al primer apellido del padre y el segundo, al primer apellido de la madre.

Es por eso, que para prever problemas en el futuro es que se recomienda, en el momento de presentarse a la cita para la confección del DNI y pasaporte español, solicitar el denominado Certificado de Concordancia. Cómo solicitarlo? En el siguiente enlace te explicamos como.

Muy importante y es que hasta que teniendo en cuenta que pueden transcurrir varios meses desde la concesión de la nacionalidad hasta la emisión de la certificacion de literal española, no puedes dejar pasar los siguientes consejos:

De nuestro post, Tengo la Resolución de Nacionalidad Española ¿Ya soy español?, lo más importante

Despues de la resolución de concesión de la nacionalidad española por residencia, muchos extranjeros creen que con la concesión favorable a través de la resolución ya se es español, pero no es así.

Obtener la nacionalidad española no se produce realmente en la notificación de la resolución si no, es necesario seguir una serie de pasos legales, que comienzan con la Jura de la Nacionalidad hasta llegar a la obtención de la Certificación Literal de Nacimiento lo que confirma oficialmente la adquisición de la nacionalidad española por parte del individuo. Aunque despues de esta emisión hay que realizar otros trámites que ya hemos expuesto.

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