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¿Cómo obtener la residencia por pareja de hecho en Cataluña?

¿Cómo obtener la residencia por pareja de hecho en Cataluña?

¿Cómo obtener la residencia por pareja de hecho en Cataluña? Ayudar a constituir la pareja de hecho y tramitar el permiso de residencia ya sea a través de la Residencia de Familiar Comunitario o el Arraigo Familiar, constituye el servicio por excelencia de nuestro despacho, al ser el trámite que más realizamos,  hemos decidido elaborar desde Hernández Castillo Abogados, una guía de cómo obtener la residencia por ser pareja de hecho en Cataluña.

 ¿Cómo obtener la residencia por pareja de hecho en Cataluña?

¿Qué es una pareja de hecho?

Una pareja de hecho, es la unión estable de convivencia entre dos personas de diferentes sexos o del mismo, que no han contraído matrimonio. Este vínculo sería entre un ciudadano extracomunitario y un ciudadano/a español/a, o de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, el cual se registra, en un registro administrativo de parejas que comparten una convivencia estable y de larga duración.

La condición se obtiene mediante un documento expedido por el registro y no está sujeta a regímenes económicos matrimoniales. Cada comunidad autónoma establece sus propios requisitos de constitución y formalización, ya que no hay un registro central de parejas de hecho.

¿Qué requisitos se establecen para inscribir la pareja de hecho en Cataluña?

  • Ser mayor de edad o menor de edad emancipado.
  • Estar empadronados ambos miembros de la pareja en la misma vivienda en Cataluña.
  • Ser de estado civil: soltero, viudo, divorciado; no es posible si se está casado. No es viable constituir una pareja de hecho si se tiene registrada previamente otra pareja de hecho y no se ha cancelado su inscripción.
  • No estar unidos por determinados vínculos de parentesco.
  • No estar afectado por una deficiencia o anomalía psíquica.
  • Para constituir la pareja ante el registro es necesario mantener una convivencia de manera ininterrumpida durante al menos dos años, o haber concebido un hijo durante dicho periodo, o formalizar la relación de manera escrita y pública ante un notario, en este caso, no es necesario acreditar la convivencia por el periodo antes indicado.

 ¿Cómo obtener la residencia por pareja de hecho en Cataluña?

¿Cómo se constituye la pareja de hecho en Cataluña?

En Cataluña existen dos formas de constituir la pareja de hecho: 

  1. Constitución de la pareja de hecho ante notario

La constitución de la pareja de hecho ante notario es un proceso más sencillo en comparación con otros métodos, ya que requiere menos requisitos y documentación. Después de que la pareja presenta la documentación necesaria, el notario examina los documentos y procede a levantar un acta notarial, de pareja de hecho e inscribe la misma en el registro. Este proceso debe completarse en un plazo de dos meses, aunque en la práctica suele tomar menos tiempo. La pareja recibe la resolución de constitución de la pareja de hecho a través de correo electrónico, de manera telemática.

  1. Constitución de la pareja de hecho ante Registro

La constitución de la pareja de hecho ante registro se puede realizar siempre que la pareja haya vivido de manera ininterrumpida durante al menos dos años previos a la solicitud o se tiene un hijo en común durante la convivencia.

Para la constitución de la pareja de hecho en el Registro de parejas estables, las partes acudirán al registro, o envían una petición a través de un punto electrónico de la administración. Una vez que se recibe esta solicitud, el registro cuenta con un plazo de dos meses para notificarles a los interesados por correo electrónico la resolución de constitución de la pareja de hecho.

Quiero formalizar mi pareja de hecho y solicitar un permiso de residencia: ¿Qué puede tramitar Hernández Castillo Abogados?

🌟Podemos encargarnos de tramitar tu pareja de hecho en Tarragona a través de nuestro notario con el cual tenemos mucha experiencia de trabajo.

🌟Presentar tu residencia de forma telemática, ante la oficina de extranjería en la que te encuentres empadronado y en menos de 24 horas.

🌟Para el resto de las comunidades podemos asesorarte sobre la constitución de la pareja de hecho y de manera telemática presentar tu residencia ante la oficina de extranjería competente.

Si eres pareja de hecho de ciudadano español o de la UE, podemos ayudarte a conseguir tu residencia en España pues en Hernández Castillo Abogados, te orientaremos y asistiremos en todo.

 ¿Cómo obtener la residencia por pareja de hecho en Cataluña?

¿Qué documentos se debe aportar para registrar la pareja de hecho ante notario?

  • Documento de identidad de los solicitantes que puede ser: pasaporte, NIE o DNI.
  • Certificado de empadronamiento individual o colectivo donde se demuestre que se vive en la misma vivienda. Este documento debe tener tres meses de expedición.

¿Qué documentos se debe aportar para registrar la pareja de hecho ante el Registro?

  • Documento de identidad de los solicitantes que puede ser pasaporte, NIE o DNI.
  • Certificación literal o completa de nacimiento de los solicitantes. Esta certificación debe ser solicitada en el registro civil correspondiente, ya sea de forma presencial o telemática, en un plazo máximo de 6 meses antes de presentar la solicitud de inscripción de la pareja estable. En caso de doble nacionalidad, con una siendo española, se debe presentar el certificado de nacimiento español.
  • Certificado de empadronamiento de convivencia histórico.
  • Cuando la pareja solicite su inscripción con motivo de convivencia de manera ininterrumpida de dos años, en el certificado de convivencia debe acreditarse que la misma llevaba conviviendo al menos 2 años anteriores a la solicitud.
  • Cuando haya hijos en común además de la convivencia de la pareja, también se deberá acreditar la convivencia de la pareja al momento del nacimiento del hijo en común. La administración puede consular la certificación literal de nacimiento del menor si la pareja no se opone, lo que al mismo tiempo les eximirá de aportar el certificado y libro de familia.

Importante: En el caso de documentos expedidos por terceros países, deberán cumplir con las formalidades propias de los documentos expedidos en el exterior, Legalizados, traducidos por traductor jurado.  En castellano, realizada por un intérprete jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Al catalán, llevada a cabo por un intérprete jurado autorizado por la Generalidad de Cataluña. No será necesario realizar una traducción jurada cuando se presente una certificación plurilingüe. Los certificados de nacimiento originales emitidos por las autoridades correspondientes de un Estado miembro de la Unión Europea están exentos de la obligación de traducción jurada, siempre que estén acompañados de un impreso estándar multilingüe.

 ¿Cómo obtener la residencia por pareja de hecho en Cataluña?

¿A qué residencias aplicar para obtener la residencia por pareja de hecho en Cataluña?

La Residencia por pareja de hecho es posible obtenerla:

  1. Por Residencia de Familiar Comunitario o,
  2. Arraigo Familiar.

¿Cómo obtener Residencia de Familiar Comunitario por Pareja de Hecho?

A este tipo de residencia pueden aplicar además de los familiares establecidos por ley, la pareja de hecho registrada, aunque también la pareja de hecho no registrada, siempre y cuando se cumplan con los requisitos y documentos establecidos en las normativas de extranjería. Este permiso de extranjería otorga un permiso de residencia y trabajo por el termino de 5 años.

Los requisitos, documentos, formas de solicitud, y mucha más información en el siguiente enlace.

¿Puedo obtener el Arraigo Familiar por ser Pareja de Hecho de un ciudadano de la UE?

Sí, pues otra de las residencias a las que pueden aplicar la pareja de hecho es el Arraigo Familiar. Esta residencia fue modificada en el Reglamento de Extranjería del año 2022 y permite a la parte extracomunitaria la residencia y trabajo en España durante un periodo de 5 años.

Requisitos, documentos, formas de presentación de la solicitud y mucha más información en el siguiente enlace.

¿Cuál es la mejor manera de obtener la residencia por Pareja de Hecho en Cataluña?

A través de abogado experto en temas de extranjería. En nuestro caso tenemos una amplia experiencia tanto en los trámites relativos a la constitución de la pareja de hecho, como en la solicitud de residencia. Contáctanos y te explicamos.

Ya se constituyó la Pareja de Hecho, ¿Qué Residencia solicitar: Residencia de Familiar Comunitario o Arraigo Familiar?

No existe una uniformidad de criterios a la hora de solicitar un tipo de residencia u otra. Nuestro consejo es que siempre te asesores con un abogado pues en cada comunidad autónoma, los criterios son diferentes. Existen provincias que tienen flexibilidad y admiten que la pareja de hecho se decante por la residencia que más beneficiosa otras no.

Si existe flexibilidad y el ciudadano español o el de la UE cuenta con medios económicos, aconsejamos la Residencia de Familiar Comunitario, si no es así y hay dificultad a la hora de acreditar los medios económicos, nuestro consejo es el Arraigo Familiar, con el inconveniente de tener que aportar la certificación de antecedentes penales en el país de origen.

A pesar de este criterio, es mejor poder analizar cada caso en concreto y así evitar inadmisiones a tramites de extranjería o las incómodas denegaciones de la solicitud de residencia.

¿A qué residencia aplicar si soy pareja de hecho no registrada?

Para las parejas de hecho no registradas se puede solicitar la residencia por Familia Extensa, que sólo es posible por la Residencia de Familiar Comunitario y no por el Arraigo Familiar. Más información en el siguiente enlace.

 ¿Cómo obtener la residencia por pareja de hecho en Cataluña?

Si necesitas realizar cualquier trámite de extranjería o nacionalidad, no dudes en contactarnos, somos Abogados Expertos en Extranjería y Nacionalidad Española. Trabajamos en toda España y presentamos solicitudes de manera telemática en menos de 24 horas.

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