El nuevo Reglamento de Extranjería nos ha regalado muy buenas noticias últimamente. Y si tu padre o madre son o fueron españoles, una de las mejores para ti es el nuevo visado y permiso de residencia para hijos de españoles de origen.
Por ello, los letrados/as y demás profesionales de Hernández Castillo Abogados, como expertos en materia de extranjería y nacionalidad española que somos, te explicamos en este artículo los requisitos, documentos y el procedimiento específico para poder vivir en España por esta vía. Aunque no es lo único que podrás conseguir… ¡Sigue leyendo!
Y si después de leer te quedas con dudas en materia de extranjería o nacionalidad española, siempre puedes contactar con nosotros de manera online, o bien en el número de teléfono +34 977 00 36 35 o a través de nuestro Whatsapp. También acudiendo en persona (por favor, con cita previa) a nuestro despacho situado en la Rambla Nova, número 37, piso 3º, puerta 2ª, C.P. 43003 de la ciudad de Tarragona. Trabajamos en toda España y presentamos tus solicitudes en menos de 24 horas, ya que estamos acreditados para presentarlas en tu nombre de forma telemática. Y no menos importante es que te atenderemos encantados.
¿Qué nos trae el nuevo Reglamento de Extranjería?
El Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social se encuentra en vigor desde el 20 de mayo de 2025. Este es más conocido como el nuevo Reglamento de Extranjería.
Y aunque en el reglamento anterior existía un permiso de residencia parecido, una de las grandes novedades es el nuevo visado y permiso de residencia para hijos de españoles de origen.
Así que ahora existe un nuevo visado para hijos de españoles de origen, el cual va a facilitar la entrada en España a los nacionales de determinados países que antes se enfrentaban a grandes dificultades para obtener un visado y venir a España como turistas. Por ejemplo, para los nacionales de Cuba o República Dominicana.
Todo ello con el fin de poder solicitar ya en España un permiso de residencia para hijos de españoles de origen en el que también se incluye a todos los familiares de españoles dentro de una misma tarjeta, aunque en cada caso hay que cumplir unos requisitos específicos.
¿A quién va dirigido el nuevo visado y permiso de residencia para hijos de españoles?
Este nuevo visado y permiso de residencia podrán solicitarlo las personas extranjeras que no posean la nacionalidad de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, ni de otro Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (que incluye Islandia, Noruega y Liechtenstein) ni de la Confederación Suiza, siempre tengan con una persona de nacionalidad española una relación familiar.
En este caso, la relación familiar sobre la que hablamos es la de los hijos y las hijas cuyo padre o madre sean o hubieran sido españoles de origen. Por tanto, es indiferente (a efectos de solicitar el visado y permiso de residencia) que tu padre o madre haya fallecido. Sólo es necesario que sean o fueran españoles de origen. Y, según el Código Civil español, lo son:
- Los/as nacidos/as de padre o madre españoles.
- Los/as nacidos/as en España de padres extranjeros si, al menos, uno de ellos hubiera nacido también en España, salvo hijos/as de funcionario/a diplomático o consular extranjero en España.
- Los/as nacidos/as en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo/a una nacionalidad.
- Los/as nacidos/as en España cuya filiación no resulte determinada. Es decir, no se sabe quién es su padre y madre.
Además, si tu madre o padre consiguieron la nacionalidad española a través de la Ley de Memoria Histórica o por la Ley de Memoria Democrática (cuyo plazo para solicitarla finaliza el 22 de octubre de 2025), también podrás solicitar este nuevo visado y permiso de residencia para hijos de españoles.
También está dirigido para aquellos extranjeros cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España, pero no hubieran optado por la nacionalidad española dentro de plazo.
¿Qué duración tiene el permiso de residencia para hijos de españoles de origen?
Cuando la persona extranjera se encuentre en España, el permiso de residencia para hijos de españoles de origen tendrá una validez de 5 años a partir de la fecha de su concesión.
Cuando la persona extranjera se encuentre fuera de España, el permiso de residencia para hijos de españoles de origen tendrá una duración de 5 años desde la fecha en que se efectúe la entrada en España.
¿Se puede renovar este permiso de residencia?
Si la duración del permiso de residencia para hijos de españoles fuera inferior a la máxima de 5 años, podrá renovarse siempre y cuando se mantengan las condiciones que dieron lugar a su concesión, por 5 años.
Eso sí, la solicitud de renovación debe presentarse en los 2 meses previos a la fecha de la caducidad, o en los 3 meses posteriores a la misma. En este último caso, con la incoación del correspondiente procedimiento sancionador por la infracción consistente en el retraso, hasta 3 meses, en la solicitud de renovación de las autorizaciones una vez hayan caducado.
Y esta infracción lleva aparejado un castigo con el pago de una multa de hasta 500 euros, la cual se impondrá teniendo especialmente en cuenta la capacidad económica del infractor.
En cualquier caso, la presentación de la solicitud dentro del plazo de renovación prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento.
¿Puedo trabajar con el permiso de residencia para hijos de españoles de origen?
Las personas extranjeras a las que se les conceda el permiso de residencia para hijos de españoles tendrán derecho, durante su vigencia, a trabajar sin necesidad de realizar ningún trámite administrativo adicional, mientras se mantengan las condiciones y siempre que superen la edad mínima de admisión al trabajo (que en España es de 16 años).
Dicha autorización les habilita para trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia, y en cualquier parte del territorio español, ocupación o sector de actividad.
Además, no se tendrá en cuenta la situación nacional de empleo para la concesión de estas autorizaciones.
Otros beneficios del permiso de residencia para hijos de españoles de origen
Aparte de poder residir y trabajar en España, las personas extranjeras que consigan el permiso de residencia para hijos de españoles de origen podrán ejercer su propio derecho a la reagrupación familiar. Es decir, podrás traer a España para que resida legalmente a tu cónyuge o pareja de hecho, a tus hijos e hijas o los de tu cónyuge o pareja, a tu padre o madre extranjero o los de tu cónyuge o pareja, entre otros.
Y por si fuera poco, te bastará un tiempo reducido de 1 año de residencia legal y continuada en España para solicitar la nacionalidad española por residencia.
Si quieres saber cómo obtener la nacionalidad española por residencia, haz click en el siguiente enlace.
Todo ello, sin mencionar que el pasaporte español es uno de los que más puertas te abren en el mundo, como puedes ver en el siguiente enlace.
Requisitos para obtener el visado y permiso de residencia para hijos de españoles
Según el nuevo Reglamento de Extranjería, son principalmente:
- No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- En el caso de que la persona solicitante sea mayor de edad penal, carecer de antecedentes penales, tanto en España como en los países donde haya residido durante los últimos cinco años, por delitos previstos en el ordenamiento español.
- Abonar la tasa por tramitación del visado y el permiso de residencia.
El permiso de residencia o el correspondiente visado se podrán denegar por razones de orden público, seguridad pública o salud pública, respetando el principio de proporcionalidad y, teniéndose en cuenta la normativa reguladora de orden público y de la seguridad pública.
La vigencia del permiso de residencia estará condicionada al hecho de continuar encontrándose en alguno de los supuestos que dan derecho a su obtención y mantener el cumplimiento de los requisitos y condiciones. El padre o madre español o el hijo o hija extranjero deberá comunicar los eventuales cambios de circunstancias (nacionalidad) a la Oficina de Extranjería de la provincia donde residan o la Comisaría de Policía correspondiente en el plazo de 2 meses desde que se produzcan.
Sin embargo, el fallecimiento del padre o madre español no afectará al derecho de residencia, pero el hijo o hija tendrá la obligación de comunicar el fallecimiento a la Oficina de Extranjería donde residan en el plazo máximo de 6 meses desde que se produzca.
Procedimiento ¿Dónde y cómo solicitar el visado y permiso de residencia para hijos de españoles?
Aquí, distinguimos varios supuestos:
- Si te encuentras fuera de España, para poder entrar al país deberás solicitar el visado y permiso de residencia para hijos de españoles de origen en el Consulado de España de tu país de origen o residencia legal, presentando la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos, así como la documentación original que acredite los vínculos familiares.
- Si ya te encuentras en España como turista o de forma irregular, podrás pedir directamente el permiso de residencia para hijos de españoles de origen en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que tengas establecida o vayas a establecer tu residencia, junto con la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos.
Y dice el nuevo Reglamento de Extranjería que, salvo que se hayan inadmitido o denegado autorizaciones del mismo tipo con base en una identidad sustancial de hechos, la presentación de la solicitud otorgará, hasta su resolución, el derecho de permanecer en España provisionalmente al hijo o hija familiares .
Cuando existan varios hijos o hijas extranjeros, las solicitudes de permiso de residencia podrán formularse, de todos o de parte de ellos, al mismo tiempo o de forma sucesiva.
El órgano competente resolverá y notificará en el plazo de 2 meses desde la fecha de presentación de solicitud. Transcurrido dicho plazo sin haber obtenido respuesta se entenderá que la solicitud ha sido desestimada.
¿Qué documentos debo presentar?
Para obtener el visado para hijos de españoles de origen es necesario presentar:
- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.
- Pasaporte o título de viaje en vigor, reconocido como válido en España, con una vigencia mínima de 1 año del hijo o hija extranjero.
- Documentación acreditativa de la existencia del parentesco con el padre o madre español. Por ejemplo, una nota simple de la inscripción del nacimiento en el Registro Civil o documento equivalente de tu país de origen.
- Certificado de antecedentes penales del solicitante debidamente legalizado y, en su caso, traducido.
- Certificado médico para acreditar que no padeces enfermedades de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
Para obtener el permiso de residencia para hijos de españoles de origen es necesario presentar:
- Copia completa del pasaporte, o del documento nacional de identidad, en vigor, del padre o madre de nacionalidad española.
- Copia completa del pasaporte, del título de viaje, en vigor, del hijo o hija extranjero.
- Documentación acreditativa de la existencia del parentesco con el padre o madre español. Por ejemplo, una nota simple de la inscripción del nacimiento en el Registro Civil o documento equivalente de tu país de origen.
- Certificado de antecedentes penales del solicitante debidamente legalizado y, en su caso, traducido.
- Volante de empadronamiento en el caso de que ya te encuentres en España.
- Certificado médico para acreditar que no padeces enfermedades de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
Con carácter general, se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.
Y cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud por un traductor oficial de la siguiente lista de traductores juradosEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva..
Además, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina Consular de España de dicho país o por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, salvo que dicho documento haya sido apostillado por la autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 o que esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.
¿Qué problemas pueden surgir?
Ya tenemos noticia de que hay algunos Consulados que se están negando a tramitar o gestionar los visados para hijos de españoles de origen. Bien no han querido atenderles o les han indicado que este visado no existe o le han pedido que se encuentren a cargo del padre o madre español.
No obstante, en el nuevo Reglamento de Extranjería no se exige que tengas que convivir con tu madre o padre español de origen depender económicamente o estar a cargo de él o ella. El visado se debe conceder por el mero hecho de ser hijo o hija de un padre o una madre español de origen.
Además, algunos Consulados están haciendo son denegaciones o inadmisiones verbales, aunque deberían hacerse por escrito con indicación en la parte final de los recursos en vía administrativa y judicial, así como de los plazos para interponer tu recurso. .
En cualquier caso, para solicitar o recurrir la denegación del nuevo visado y permiso de residencia para hijos de españoles de origen o realizar otros trámites en materia de extranjería y nacionalidad española siempre es recomendable a través de un/a abogado/a especializado/a en dichas cuestiones, como Hernández Castillo Abogados.
En Hernández Castillo Abogados estamos para escucharte, ayudarte y acompañarte en todos los trámites de tu visado o permiso de residencia, pues somos abogados expertos en Derecho de Extranjería y Nacionalidad Española. Trabajamos en toda España y nos comprometemos a presentar tus solicitudes en menos de 24 horas, ya que estamos acreditados para presentarlas de forma telemática. ¡Nos avalan años de éxito y experiencia!
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