Si has efectuado una solicitud de permiso para residir y/o trabajar en España, llegará un momento en que te preguntarás… ¿Cómo va mi expediente de extranjería? ¿Y cómo ver el estado de mi expediente de extranjería? Normalmente, por la seguridad que transmite a toda persona extranjera tener sus papeles en regla para que su situación en el país sea totalmente legal, esta preocupación suele aparecer a los pocos días desde la solicitud para que te concedan dicha autorización.
Con el fin de ahorrarte esfuerzos y angustias innecesarias, los letrados y demás profesionales de Hernández Castillo Abogados te facilitamos la tarea. Si te estabas preguntando cómo consultar un expediente de extranjería, como expertos en Extranjería y Nacionalidad Española que somos, en este artículo te mostramos la manera más rápida y sencilla, así como un video explicativo, entre otras cuestiones que pueden resultar de gran interés para ti.
Y si te quedan más dudas, siempre puedes contactar con nosotros. Trabajamos en toda España y en menos de 24 horas presentamos las solicitudes relativas a tus expedientes de extranjería de manera telemática. ¡Te atenderemos encantados!
¿Cómo ver el estado de mi expediente de extranjería por Internet?
Como ya habrías podido deducir, nuestro buen y atento lector, aunque no sea la única, actualmente la forma más rápida de consultar un expediente de extranjería ante las Oficinas de Extranjería es hacer el trámite a través de Internet.
Y más rápido todavía, haciendo click en el siguiente enlace. Pero espera… Que las prisas no son buenas compañeras. Aquí abajo te dejamos un vídeo con el paso a paso y (casi) todas las explicaciones necesarias, aunque será mejor que sigas leyendo hasta el final del artículo para que no te pierdas nada importante. Por ejemplo, que sólo podrás consultar tu expediente una vez transcurridos entre 3 días y una semana desde la solicitud, cuando la Oficina de Extranjería introduzca los datos en el sistema y comunique el inicio del procedimiento.
En el caso de no haber visto el video ni pulsado el enlace anterior (por lo que sea, que tus razones tendrás y no las discutiremos ahora), simplemente debes escribir “CONSULTA EXPEDIENTE EXTRANJERÍA” en la barra de tu buscador.
A pesar de que existan otros, nosotros utilizaremos el buscador de Google.
Generalmente, la página web del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática será la primera que te aparecerá, así como aquélla en la que debes entrar haciendo click sobre la misma. Y una vez hecho lo anterior, se te abrirá una página tal como esta.
La opción “ENTRADA CON CL@VE” es para quienes hayan solicitado (y obtenido) previamente este tipo de certificado digital que te permitirá identificarte electrónicamente. En caso de acceder a través de certificado digital, deberás hacer clic en el apartado “Mis Expedientes”, donde podrás consultar toda la información sobre el estado del expediente de extranjería.
Si te encuentras en el caso contrario, que es lo más frecuente, debes pulsar la opción “ENTRAR FORMULARIO”, en la que te pedirán algunos datos, como veremos.
Ahora, deberás introducir los siguientes datos:
- Número de Identidad de Extranjero (NIE), que empezará por las letras X, Y ó Z, irá seguido de 7 números (si no tiene 7 dígitos, debes completar los 7 con ceros a la izquierda) y terminará con otra letra, todos los cuales habrás de escribir en mayúsculas, sin espacios ni guiones. Aunque no es lo más aconsejable, también puedes acceder indicando el Número del Expediente, el cual no es el mismo que el Número de Registro que indica el Resguardo de tu Solicitud, sino que se te comunicará por la Oficina de Extranjería a los pocos días desde efectuada la solicitud, una vez incoado el expediente de extranjería, y que, en su caso, habrá de facilitarte tu abogado/a.
- Fecha de presentación de la solicitud, que dará lugar al inicio del procedimiento administrativo relativo a tu autorización de residencia y/o trabajo en España, y a través del cual se encauzan los expedientes de extranjería.
- Año de nacimiento, el cual no puede saberlo nadie mejor que tú y, en su defecto, habrás de consultar en el Registro Civil o similar de tu país de origen.
Una vez hayas rellenado todos los campos requeridos, y después de verificar que No eres un robot, si procediere y es tu caso, debes hacer click en el botón “CONSULTAR”.
Como último paso, se abrirá la siguiente página:
¡Listo! Ya puedes saber en que estado se encuentra tu expediente, así como Descargar el justificante. Y como en este caso el expediente de extranjería ha sido gestionado por Hernández Castillo Abogados, nuestro cliente se ha podido ahorrar denegaciones y demoras prescindibles, debido a la falta de presentación de los documento necesarios o requeridos por la administración.
Otras formas de ver el estado de mi expediente de extranjería
Si te preguntabas ¿Cómo va mi expediente de extranjería?, pero de una manera más tradicional y/o nostálgica, también tienes otras dos vías para saberlo.
En primer lugar, puedes hacerlo por vía telefónica llamando al número 902 02 22 22 y hablando con un operador/a al más puro estilo años 20.
Y en segundo, último y, sin embargo, también nostálgico lugar, puedes consultar el estado de tu expediente enviando un mensaje de texto SMS al número +34 600 12 43 77.
Aquí te dejamos las instrucciones necesarias.
¿En qué estado se puede encontrar mi expediente de extranjería?
Una vez que la administración española haya incoado el expediente de extranjería, este puede encontrarse en alguno de los siguientes estados:
- Expediente en Trámite, siendo este el estado que se genera una vez que la Oficina de Extranjería competente haya recibido toda la documentación presentada . A partir de este momento, se comenzará a estudiar el expediente que ha recibido. Esta etapa previa es necesaria, pues si no se recibe ningún requerimiento, finalizará con la emisión de la resolución correspondiente.
- Expediente Resuelto Favorable, si una vez consultado el expediente de extranjería recibes esta notificación, significa que tu expediente ha sido aprobado y tu permiso de residencia y/o trabajo concedido. Posteriormente, te notificarán una resolución formal aprobando la solicitud de residencia y/ o trabajo en un término de 15 días, de manera general, aunque esta puede demorar.
- Expediente Resuelto no Favorable, que implica la denegación de la solicitud del permiso de residencia y/o trabajo. Pero no todo está perdido. Si lamentablemente te han denegado tu solicitud, tendrás un término para poder interponer el recurso correspondiente. Es hora de poner tu caso en manos de un abogado especializado en extranjería. Y en Hernández Castillo Abogados encontrarás un equipo que conoce perfectamente lo que implica una denegación, no sólo por nuestro trabajo, sino porque también hemos solicitado permisos de residencia y trabajo para nosotros mismos. Si quieres conocer las causas más comunes de denegación y todo lo que necesitas saber sobre los recursos que se pueden presentar ante las diferentes denegaciones, haz click en el siguiente enlace.
- Expediente en vía de Recurso, es la etapa que tiene lugar una vez que se haya interpuesto el recurso correspondiente. En ella, la administración española examina cada una de las razones que conforman el motivo de nuestro recurso y los fundamentos que se han utilizado para rebatir la denegación del permiso de residencia y/o trabajo o su renovación.
- Expediente Archivado, aunque el motivo del archivo puede ser el desistimiento del solicitante, este estado generalmente significa que la administración española, después de haber requerido ciertos datos o documentos, y sin que hayan presentado los mismos en el plazo que haya otorgado para ello, archiva el expediente. El archivo del expediente puede ser recurrido a través de un recurso de reposición o de alzada, para lo cual deberías asesorarte por un abogado especializado en materia de extranjería.
Otro de los estados posibles del expediente de extranjería que podemos encontrarnos al consultar su estado es el de “Trámite requerido”. Pues bien, esto significa que, una vez interpuesto el recurso correspondiente o antes del momento en que recaiga la resolución del expediente, la administración española necesita ciertos documentos para poder resolver tanto el recurso o para emitir la correspondiente resolución.
Además de los anteriores estados, si el mensaje que se muestra dice que “No se ha encontrado la información solicitada”, lo primero que se debe verificar es que los datos introducidos sean correctos. En tal caso, habrá que esperar unos días, ya que puede suceder que el expediente aún no haya sido introducido en el sistema, por lo que este no dispone de la información solicitada.
¿Cuánto tardan en resolver un expediente de extranjería?
Por lo general, la duración de la tramitación de un expediente de extranjería suele demorarse entre 3 y 6 meses.
Todo ello, dependerá de las circunstancias de lugar y tiempo. Es decir, de la Oficina de Extranjería ante la cual efectúes la solicitud de un permiso inicial de residencia y/o trabajo, o su renovación, que es la que dará lugar a un expediente de extranjería, así como del volumen de trabajo que exista en ella y del momento en que se presenta dicha solicitud.
No obstante, también pueden presentarse agradables sorpresas por parte de las Oficinas de Extranjería, ya que han llegado a tardar sólo 10 días en algunos casos, como el que vemos en este ejemplo que gestionamos nosotros mismos.
¿Cómo consultar expedientes de extranjería para inversores y otros de la Ley 14/2013?
Si has solicitado cualquier visado o permiso de residencia y trabajo como emprendedor, inversor, investigador o profesional altamente cualificado, entre otros supuestos al amparo de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, el órgano ante el cual se tramitan no son las Oficinas de Extranjería, sino la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).
Esta unidad se ocupa de la tramitación de las autorizaciones de residencia (y, en su caso, trabajo) previstas para facilitar la entrada y permanencia en España por razones de interés económico a:
- Inversores.
- Emprendedores.
- Profesionales altamente cualificados.
- Investigadores.
- Trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales (ICT).
- Trabajadores en producciones del sector audiovisual y cultural.
- Autorizaciones 37ª Copa del América de Vela. Barcelona.
- Teletrabajadores de carácter internacional.
- Familiares de los supuestos anteriores.
Para consultar el estado de tu expediente de extranjería en estos casos, deberás entrar al siguiente enlace para ponerte en contacto con la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).
Si quieres saber más sobre la Golden Visa o Residencia por Inversión en España, que “solamente” requiere invertir 500.000 euros en activos inmobiliarios, puedes encontrar una Guía Completa en el siguiente enlace. Y más vale que te des prisa, ya que el Gobierno de España ha advertido que se están pensando retirar la oferta próximamente. Eso sí respetando las autorizaciones de residencia y trabajo ya concedidas a los inversores.
¿Cómo consultar un expediente de extranjería si eres solicitante de Asilo y Refugio?
Cuando hayas efectuado una solicitud de asilo, protección subsidiaria o protección temporal (y te preguntes ¿Cómo va mi expediente de extranjería?), tampoco podrás saberlo a través de las maneras que te hemos mostrado anteriormente.
En este caso, lo más recomendable será dirigirte de forma presencial a la Oficina de Asilo y RefugioEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva..
Sin embargo, aunque algo más complicado, también puedes hacerlo de manera online accediendo al Boletín Oficial del Estado (BOE) en materia de Protección Internacional, en el cual se publican los listados con estos expedientes de extranjería sobre los que ya haya recaído una resolución.
Por último, y sobre todo si te encuentras en situación irregular en el país, recordarte que habrá una Nueva regularización extraordinaria de inmigrantes en España, sobre la que puedes informarte en el siguiente enlace.
Desde Hernández Castillo Abogados, con el fin de evitar denegaciones innecesarias, siempre recomendamos el asesoramiento y la gestión relativa a tus permisos de residencia y trabajo en España por medio de profesionales especializados. Si así lo deseas, nosotros podemos orientarte y asistirte en todos los trámites relacionados con tus expedientes de extranjería, ya que somos abogados expertos en Extranjería y Nacionalidad Española. Trabajamos en toda España y nos comprometemos a presentar tu solicitud de manera telemática en menos de 24 horas.
Y no dudes en contactar con nosotros para cualquier otra consulta legal en materia civil, penal, administrativa o laboral. ¡Nos avalan años de éxito y experiencia!
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