¿Puedo salir de España sin autorización de regreso en esta navidad? ¿Dónde debo presentar la solicitud? Estas preguntas, entre otras, serán abordadas hoy por Hernández Castillo Abogados.
Tanto con la llegada de las navidades como en las vacaciones de los meses de verano, se observa un aumento en las solicitudes de autorizaciones de regreso de los extranjero para poder viajar a sus países de orígenes. Por lo general de aquellos que estén en periodo de renovación de su residencia o estancia.
Sin embargo, ¿qué ocurre si un extranjero no tramita esta solicitud de regreso a España durante esta navidad? Recientemente, se emitió la Instrucción 3/2023 de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, que establece excepcionalmente la posibilidad de viajar a España sin la necesidad de haber obtenido antes una autorización de regreso. A continuación, explicaremos los detalles al respecto.
¿Qué establece la Instrucción No 3/2023 sobre la autorización de regreso a España durante esta navidad?
La Instrucción No. 3/2023 establece que desde el 27 de noviembre del presente hasta el 14 de enero de 2024 se podrá autorizar la entrada de extranjeros a España que no hayan tramitado la autorización de regreso antes de salir, previa presentación en un Puesto Fronterizo Terrestre o Marítimo y la acreditación de estar en posesión de:
- Pasaporte o documento de viaje en vigor.
- Autorización de residencia caducada y
- Solicitud de renovación de la misma.
Por lo que, si un extranjero pretende entrar a España durante este periodo, siempre que acredite cumplir con los supuestos antes mencionados, está exonerado de presentar una autorización de regreso para entrar a España.
¿Qué sucederá cuando concluya este período de flexibilización sobre la tramitación de la autorización de regreso?
Además de establecer la posibilidad de viajar a España sin autorización de regreso en el período de navidad, recuerda que de manera general se seguirán tramitando las autorizaciones de regreso antes de salir de España. Es decir, que evidentemente cuando concluya este período, se tramitarán en correspondencia con lo establecido en la normativa.
La Instrucción hace hincapié en que “los extranjeros que viajen por vía aérea y se encuentren en cualquiera de las situaciones señaladas en el punto 1°, deberán obtener dicha autorización de regreso a fin de evitar que las Compañías Aéreas se nieguen a transportar, desde los distintos aeropuertos de origen hasta España, a aquellos extranjeros que no acrediten estar en posesión de autorización de residencia en vigor o de la citada autorización de regreso”.
La norma continúa aclarando que …“ Se recuerda y ha de tenerse en cuenta que a tenor de lo previsto en el Reglamento 399/2016, de 9 de marzo de 2016 por el que se establece el Código de Fronteras Schengen, la autorización de regreso sólo será documento válido para cruzar la frontera a través de puestos fronterizos españoles y no a través de otros puestos de cualquier otro Estado Schengen”.
También se establece que …” Por lo tanto, habrá de informarse al interesado que el regreso con dicho documento sólo podrá hacerlo a nuestros puestos fronterizos ya que si pretende regresar a través de otro puesto Schengen se les podrá denegar la entrada en dicho control fronterizo”.
4°. Lo dicho anteriormente, referido a autorizaciones de residencia, se hace extensivo a extranjeros titulares de autorización de estancia por estudios (Tarjeta de Estudiante), cuya renovación se haya solicitado, y a aquellos a los que, solicitándola por primera vez, les hubiera sido expedido el visado correspondiente específicamente por estudios.”
¿En qué otras situaciones se puede gestionar una autorización de regreso a España?
En adición al supuesto de estar en posesión de una autorización de residencia o estancia por estudios y haber presentado la renovación de la situación de estancia, también se deberá gestionar:
- Si se es titular de una tarjeta de identidad de extranjero válida y se ha solicitado un duplicado de la tarjeta por robo, extravío, destrucción o inutilización.
- Al acreditar que el viaje responde a una situación de necesidad y al tener resuelta favorablemente la autorización inicial de residencia o estancia, con la tramitación en curso para la expedición de la tarjeta de identidad de extranjero.
¿Qué documento debo presentar para solicitar una autorización para viajar a España con regreso?
Para el titular de autorización de residencia o de estancia por estudios en periodo de renovación o prórroga:
- Pasaporte completo o Cédula de Inscripción y Título de Viaje en vigor.
- Autorización de residencia o de estancia para estudios (salvo que el interesado consienta la comprobación de dicha información por la Administración General del Estado).
- Solicitud de renovación de la residencia o de prórroga de la estancia para estudios o de la tarjeta de identidad de extranjero (salvo que el interesado consienta la comprobación de dicha información por la Administración General del Estado).
Para el titular de una autorización inicial de residencia o de estancia, en trámite de expedición de la tarjeta de identidad de extranjero:
- Pasaporte completo o Cédula de Inscripción y Título de Viaje en vigor.
- Resolución favorable de la solicitud inicial de autorización de residencia o autorización de estancia por estudios (salvo que el interesado consienta la comprobación de dicha información por la Administración General del Estado).
- Documentación acreditativa de que el viaje responde a una situación de necesidad y concurren circunstancias excepcionales.
- Comprobante de que se encuentra en trámite la expedición de la tarjeta (salvo que el interesado consienta la comprobación de dicha información por la Administración General del Estado).”
¿Cuándo debo solicitar la autorización de regreso para salir de España?
Es recomendable realizar la solicitud con anticipación antes de que expire la tarjeta de residencia o la estancia por estudios, teniendo en cuenta la cantidad habitual de solicitudes que las oficinas de extranjería suelen recibir.
¿Cómo se realiza la solicitud de autorización de regreso?
La solicitud puede presentarse presencialmente ante la Oficina de Extranjería o la Comisaría de Policía correspondiente al lugar de residencia del extranjero. Se deben abonar las tasas correspondientes antes de la expedición de la autorización, y estas tasas se generan en el momento de la admisión a trámite de la solicitud. Las formas de pago incluyen el Modelo 790 código 052 para la Oficina de Extranjería y el Modelo 790 código 012 para la Comisaría de Policía.
¿Cuál es la vigencia de la autorización de regreso?
La autorización de regreso tiene una vigencia máxima de 90 días, contados desde la fecha de concesión si la autorización de residencia o estancia no está en periodo de renovación.
Si la autorización de residencia o estancia está en periodo de renovación:
- Desde la fecha de caducidad de la autorización, si se solicita antes de que caduque.
- Desde la fecha de concesión, si se solicita después de la caducidad de la autorización.
¿Se requiere cita previa para solicitar la autorización de regreso?
Sí, es necesario obtener una cita previa. Más información en el siguiente aquí.
¿Qué hacer en caso de que se deniegue la autorización regreso?
En caso de denegación, se recomienda contactar con un abogado especializado en temas de extranjería para recibir asesoramiento. Cuenta con nosotros en tal caso; podemos ayudarte.
¿Es posible presentar una autorización para viajar a España con regreso después de la caducidad de la solicitud de residencia o estancia?
Sí, es posible siempre que se cumple con lo dispuesto el artículo 5 del RD557/2011. Así si se solicita después de la caducidad de la autorización de residencia o estancia, la autorización de regreso tendrá una vigencia no superior a 90 días desde la concesión. En casos de viajes por necesidad, la tramitación de la autorización de regreso se realizará de manera prioritaria.
¿Cuáles son las limitaciones de esta autorización de regreso?
La autorización de regreso no se concederá a extranjeros sujetos a prohibiciones de salida de España, limitaciones a su libertad de circulación impuestas por la Autoridad Judicial de manera cautelar o en un proceso de extradición, o como resultado de una sentencia firme.
¿Cómo afecta la situación irregular en España a aquellos que salen del país?
Para quienes se encuentran en situación irregular, salir de España puede ser riesgoso, pues al regresar a su país de origen o procedencia, las autoridades de inmigración podrían detectar una estancia prolongada o irregular en España, lo que podría afectar negativamente futuros intentos de entrada o solicitudes de visado.
De nuestro post, ¡Últimas noticias! Se puede salir de España sin autorización de regreso en esta navidad lo más importante
Normalmente, los extranjeros con un permiso de residencia o de estancia por estudios en España deben obtener una autorización de regreso antes de salir de España, si están en periodo de renovación de una autorización de residencia o estancia por estudios.
Ante el incremento de los viajes en periodo de navidad en este 2023, se ha establecido como medida excepcional, viajar a España sin la necesidad de obtener la autorización de regreso. Así lo ha dispuesto la Instrucción 3/2023 de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras.
Esta establece que procede lo antes dispuesto siempre que se acredite en el periodo comprendido del 27 de noviembre al 14 de enero de 2024, en los puertos fronterizos españoles que se cuenta con:
- Pasaporte o documento de viaje en vigor.
- Autorización de residencia caducada y
- Solicitud de renovación de la misma.
Esta flexibilidad también se aplica a aquellos que están en poder de una autorización de estancia por estudios cuya renovación ya se haya solicitado y a los que, habiéndose solicitado por primera vez, se le haya concedido el visado por estudios.
No obstante, se hace énfasis en que de manera general, se siguen tramitando las autorizaciones de regreso antes de salir de España.
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