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¿Un turista puede quedarse en España como estudiante?

¿Un turista puede quedarse en España como estudiante?

Hacer turismo y estudiar en España es una buena combinación, y el país se ha ganado una merecida fama internacional como uno de los mejores destinos. Sobre todo, debido al alto nivel de calidad en la formación que existe, en general. Pero sin olvidar tampoco su gastronomía y sus conocidas fiestas a todas horas.

Los letrados y demás profesionales de Hernández Castillo Abogados, como expertos en materia de extranjería y nacionalidad que somos, te explicamos en este artículo detalladamente si un turista puede quedarse en España como estudiante con una estancia por estudios, con todos los requisitos, plazos, el procedimiento, etc.. Por lo que… ¡Sigue leyendo!

Y si después de leer te quedas con cualquier duda en materia de extranjería o nacionalidad española, siempre puedes contactar con nosotros de manera online, o bien en el número de teléfono +34 977 00 36 35 o a través de nuestro Whatsapp. También acudiendo en persona (por favor, con cita previa) a nuestro despacho situado en la Rambla Nova, número 37, piso 3º, puerta 2ª, C.P. 43003 de la ciudad de Tarragona.

Trabajamos en toda España y presentamos tus solicitudes en menos de 24 horas, ya que estamos acreditados para presentarlas en tu nombre de forma telemática. Y no menos importante es que te

¿Un turista puede quedarse en España como estudiante? Primer paso: Entrar a España como turista

En principio, para entrar a España como turista, no tienen restricciones los nacionales de países miembros de la Unión Europea (ni de Islandia, Noruega, Liechtenstein o Suiza), siempre que sea por menos de 90 días dentro de un período de 180 días.

Las otras personas extranjeras deben cumplir ciertos requisitos, como entre otros poder acreditar el objeto y condiciones de estancia, los medios económicos disponibles, contar con un billete de vuelta, etc…

¿Un turista puede quedarse en España como estudiante?

Ojo que en algunos supuestos, además, será necesario sacarse en el Consulado un visado para entrar a España como turista, o bien directamente como estudiante, para solicitar personalmente la tarjeta de identidad del extranjero (TIE) ante la Comisaría de Policía en el plazo de 1mes desde su entrada en España. En cualquier caso, estos requisitos se han actualizado con el nuevo Reglamento de Extranjería.

Te contamos todo sobre el procedimiento y requisitos para entrar a España como turista haciendo click en el siguiente enlace.

Segundo paso: Solicitar una estancia por estudios desde España

Ahora veremos cómo un turista puede quedarse en España como estudiante, solicitando una estancia por estudios, y destacando por su importancia el plazo para solicitarla y los estudios concretos que permiten quedarte legalmente en el país.

Plazo para solicitar una estancia por estudios como turista

Para solicitar una estancia por estudios como turista que ya se encuentra en España, se establecen legalmente dos plazos: uno en relación a tu permiso como turista y otro en relación al comienzo de los estudios. Pues bien dice la ley algo así como que:

  • La solicitud deberá presentarse 2 meses antes de la fecha de expiración de tu situación legal como turista. Como regla general, se te autoriza a quedarte 3 meses como turista en España, por lo que debes solicitar una estancia por estudios dentro de los 30 días siguientes a tu entrada en España. No obstante, si eres nacional de países que necesitan visado de corta duración, tu visado debe ser por una duración mayor a 60 días. Si es por menos tiempo, no podrás solicitar una estancia por estudios desde España.
  • Además, la solicitud debe presentarse con una antelación mínima de 2 meses a la fecha del comienzo de la actividad o estudios que se vayan a realizar.

Respetar el plazo para solicitar una estancia por estudios desde España es muy importante, ya que de lo contrario tu solicitud será inadmitida a trámite o denegada, y no tendrá sentido recurrir.

Por tanto, es importante organizar bien tu viaje a España, teniendo en cuenta la fecha previsible de inicio de los estudios que pretendas comenzar en el país.

Estudios para que un turista puede quedarse en España como estudiante

Si lo que quieres es estudiar en España y ya te encuentras en el país, se ha limitado el tipo de estudios que puedes cursar únicamente a los siguientes:

  • Estudios superiores, universitarios o no, para la obtención de títulos que de los niveles y cualificaciones fijados en el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, siempre que sean a tiempo completo, pudiendo los estudios universitarios ser en modalidad presencial o híbrida. Incluyen también Máster, cursos preparatorios y prácticas de formación obligatorias.
  • Estudios de especialización en el ámbito sanitario, de acuerdo con la Ley 44/2003, de 11 de noviembre.
  • Realización de una formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional. Por ejemplo, los exámenes de acceso previstos para el ejercicio de la Abogacía o la Procura en España, o para los Ingenieros Industriales.

Preguntas y respuestas del test de nacionalidad española 2026

Si los estudios anteriores no te convencen, pero quieres estudiar en España igualmente, hay más estudios que puedes solicitar fuera del país, previa solicitud de con visado en el Consulado de España.

Si quieres saber todo sobre la estancia por estudios en España, visita nuestra maravillosa Guía Completa sobre la estancia por estudios que te dejamos en el siguiente enlace.

Otros requisitos para solicitar una estancia por estudios desde España

Además del plazo y el tipo de estudios, la persona extranjera que quiera solicitar una estancia por estudios desde España debe ser mayor de edad (18 años), y cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber sido admitido y abonar los derechos de inscripción, matrícula o documento equivalente de un centro público o privado, siempre autorizado a nivel estatal o autonómico.
  • Contar con medios económicos, a razón del 100 % del IPREM mensual (que en 2026 equivale a 600 euros al mes), salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo de duración de la estancia por estudios.
  • Concertar un seguro médico, público o privado con una aseguradora autorizada para operar en España, que abarque los riesgos cubiertos normalmente y durante toda la estancia por estudios, debiendo acreditar, además, que no padeces enfermedades con repercusiones en la salud pública, cuando supere los 6 meses.
  • No suponer una amenaza para el orden, la seguridad o la salud pública, mediante la inexistencia de antecedentes penales en España. Y en el caso de que la estancia por estudios supere 6 meses, carecer de antecedentes penales en los países donde hayas residido los últimos 5 años.
  • No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido
  • Haber abonado la tasa por la tramitación del procedimiento de solicitud de autorización de estancia por estudios.

Procedimiento para solicitar una estancia por estudios desde España

La solicitud de estancia por estudios debe presentarse personalmente, mediante representación o a través de los medios electrónicos habilitados, en el modelo oficial. Los profesionales, como Hernández Castillo Abogados, pueden hacerlo a través de la Plataforma Mercurio. Y si se trata de estudios superiores, las instituciones o centros de enseñanza superior también podrán presentar la solicitud y documentos electrónicamente.

solicitar una estancia por estudios desde España

En todo caso, debes presentar la solicitud de estancia por estudios en la Oficina de Extranjería en la provincia en que vayas a iniciar los estudios. Y todo ello con una antelación mínima de 2 meses a la fecha de expiración de tu situación legal.

El plazo máximo para resolver y notificar será de 2 meses, transcurrido los cuales sin haber obtenido respuesta se entenderá que su sentido es desfavorable. Sin embargo, la mera solicitud prorrogará la situación legal de la persona solicitante hasta la resolución del procedimiento.

¿Qué documentos debes presentar con la solicitud de estancia por estudios?

Reunir con tiempo los documentos es uno de los pasos más importantes para solicitar el permiso de estancia por estudios:

  • Impreso de solicitud, en el Modelo EX-00, que encontrarás en el siguiente enlace.
  • Pasaporte o título de viaje, debiendo estar completo y en vigor con una vigencia mínima igual al periodo de estancia por estudios solicitado.
  • Prueba de recursos económicos, tanto para el sostenimiento del estudiante y sus familiares que le acompañen en España como para para el retorno al país de procedencia, mediante extractos bancarios, becas o documentos similares.
  • Seguro médico, mediante copia de la póliza que contenga las condiciones del seguro contratado.
  • Carta de aceptación, emitida por el centro de estudios.
  • Certificado médico y de antecedentes penales, si la estancia por estudios es superior a 6 meses.

¿Qué viene después de concederte la autorización de estancia por estudios?

Una vez aprobada la autorización de estancia por estudios, si ésta es por tiempo superior a 6 meses, deberás solicitar tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la correspondiente Comisaría de Policía de tu Provincia en el plazo de 1 mes desde la concesión de dicha autorización, presentando la siguiente documentación:

  1. Formulario EX-17, que encontrarás en el siguiente enlace.
  2. Justificante del abono de tasas del Modelo 790, Código 012.
  3. Resolución favorable a la concesión de la autorización de estancia por estudios.
  4. Fotografía reciente en color, con fondo blanco y tamaño carnet.

Te dejamos más información sobre la cita para toma de huellas y la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en el siguiente enlace.

¿Qué duración tiene la estancia por estudios?

La duración de la autorización será igual a la de los estudios, con el límite de un año, salvo en el caso de los estudios superiores, en cuyo caso la vigencia de la autorización coincidirá con la duración oficial de los estudios. Y su vigencia se extenderá 15 días más allá de la finalización de éstos.

Si la autorización se concede por más de 1 año, la persona extranjera o la institución o centro debe aportar al inicio de cada curso, los derechos de inscripción, matrícula o documento equivalente que acredite que continúa cursando los estudios que dieron lugar a la concesión de la autorización.

Durante los 2 meses previos a la fecha de expiración de la vigencia de la autorización, la persona titular podrá solicitar una prórroga. La vigencia de la prórroga coincidirá con la duración del curso, con el límite máximo de 1 año.

Otras ventajas de estudiar en España

No todo va a ser estudiar… También puedes trabajar en España y disfrutar de ella con tu familia.

estudiar en España

¿La estancia por estudios autoriza a trabajar?

Compatibilizar estudios y trabajo puede ser una ventaja importante. La normativa actual permite solicitar una autorización de trabajo bajo ciertas condiciones que aseguren la prioridad de los estudios.

Así, los estudiantes de estudios superiores y en el ámbito sanitario, en la práctica, podrán trabajar hasta 30 horas semanales sin necesidad de autorización adicional.

Y si quieres saber cómo cambiar de estancia por estudios a permiso de residencia y trabajo, visita el siguiente enlace.

¿Pueden acompañarte familiares en tu estancia por estudios?

Sí, pero desde la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería sólo podrán acompañarte los siguientes familiares:

  • El cónyuge, pareja registrada o pareja estable debidamente probada con un tiempo de convivencia marital de, al menos, 1 año continuado, salvo que tuvieran descendencia en común, en cuyo caso bastará la acreditación de convivencia estable debidamente probada.
  • Los hijos menores de edad no casados, o que no hayan constituido su propia unidad familiar, del titular de la autorización o de su cónyuge, pareja registrada o pareja estable.
  • Los hijos mayores de edad no casados, o que no hayan constituido su propia unidad familiar, del titular de la autorización de estancia o de su cónyuge, pareja registrada o pareja estable que tengan necesidades de apoyo específicas y personalizadas por razón de discapacidad o de enfermedad.

No obstante, este acompañamiento se permite sólo cuando sea por estudios superiores o sanitarios, no cuando sea formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional.

Causas de denegación de la estancia por estudios

La autorización de estancia por estudios desde España será denegada y te quedarás en situación irregular:

  • Cuando no se cumplan los requisitos señalados anteriormente.
  • Cuando se hayan presentado documentos falsos, adquiridos fraudulentamente o manipulados, o se hayan formulado alegaciones inexactas o medie mala fe.
  • Cuando el centro o institución en el que el solicitante haya sido admitido no sea un centro o institución reconocido, autorizado o acreditado.

Por eso, para solicitar permisos de residencia y trabajo en España o realizar otros trámites en materia de extranjería y nacionalidad española siempre es recomendable un/a abogado/a especializado/a en dichas cuestiones, como Hernández Castillo Abogados. Con el fin de evitar retrasos o denegaciones innecesarias, preparamos y revisamos toda la documentación para que el expediente esté perfectamente completo antes de su presentación telemática.

estancia por estudios en España

Por suerte, en Hernández Castillo Abogados acompañamos a muchos de nuestros clientes desde la obtención de su primer permiso de residencia por arraigo hasta la consecución de su nacionalidad española definitiva, pues estamos para ayudarte, escucharte y acompañarte en todos los trámites. Somos abogados expertos en Derecho de Extranjería y Nacionalidad Española. Trabajamos en toda España y nos comprometemos a presentar tus solicitudes en menos de 24 horas, ya que estamos acreditados para hacerlo de forma telemática. ¡Nos avalan años de éxito y experiencia!

Escríbenos online, o bien por WhatsApp o llámanos al número de teléfono +34 977 00 36 35. ¡Estaremos encantados de ayudarte con tus asuntos legales!

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