Muchas personas nos preguntan si es posible conseguir una respuesta a su solicitud de Nacionalidad Española más rápido, al margen del proceso normal, y la respuesta es que sí.
Efectivamente, si has solicitado tu Nacionalidad Española por residencia y han pasado más de 12 meses desde que la presentaste sin tener respuesta, podemos ayudarte a acelerar tu proceso de nacionalidad mediante la interposición de un recurso Contencioso-Administrativo ante la Audiencia Nacional.
Son muchos los clientes que han confiado en nosotros para agilizar su proceso de Nacionalidad Española y ya tienen su pasaporte y DNI español.
¿Qué es el recurso contencioso-administrativo de Nacionalidad Española?
Se trata de un procedimiento judicial que se interpone ante la Audiencia Nacional en Madrid, por el cual se solicita la concesión de la Nacionalidad Española al demandante mediante una Sentencia emitida por este órgano.
¿Se puede solicitar en todo tipo de solicitudes de Nacionalidad Española?
Se puede presentar el Recurso Contencioso-Administrativo en todos los expedientes de Nacionalidad Española por residencia, tanto, de solicitudes de presentadas en el Registro Civil, por el antiguo procedimiento, como de forma telemática, por el nuevo procedimiento, o presentadas en registro público.
¿Cuándo se puede solicitar?
El recurso contencioso-administrativo se puede interponer si han pasado 12 meses desde que desde que presentaste tu solicitud de Nacionalidad Española, y si aún no has obtenido respuesta.
Si presentaste la nacionalidad de forma telemática, el año se cuenta desde la fecha de presentación. Si se presentó en el antiguo procedimiento en el Registro Civil, el año se cuenta desde que tu expediente ha tenido entrada en la Dirección General de Registro y Notariado (DGRN) en Madrid.
En los casos en que el expediente no se presentó telemáticamente, resulta recomendable acreditar el transcurso del año desde su entrada en la DGRN en Madrid mediante documento emitido por el Registro Civil o por el Registro electrónico único en que conste la fecha en que dicho expediente se envió a la DGRN.
¿Qué documentos necesito para hacer el recurso?
Necesitarás el resguardo de tu solicitud de Nacionalidad Española por residencia, el NIE en vigor y un poder para pleitos que se realizará en el notario.
¿Es obligatorio contar con un abogado para presentar el recurso?
Si, la intervención de abogado colegiado y procurador es obligatoria.
¿Cómo funciona el recurso Contencioso-Administrativo?
El abogado/a redactará un anuncio de interposición de la demanda y lo enviará al procurador para que lo presente en la Audiencia Nacional en Madrid. En pocos días, la Audiencia Nacional lo admitirá a trámite y requerirá el expediente administrativo al Ministerio de Justicia. Una vez aportado el expediente, se formulará la demanda y se contestará a la misma. Finalmente, la Audiencia Nacional dictará sentencia.
Sin embargo, en casi todos los casos que hemos presentado en el despacho, no es necesario que se dicté sentencia. A a los clientes se le concede la nacionalidad por el Ministerio de Justicia, en vía administrativa, lo que es conocido como satisfacción extraprocesal, lo que le permite una respuesta rápida a su nacionalidad.
¿Qué debes tener en cuenta antes de presentar el Recurso Contencioso de Nacionalidad Española?
Es necesario comprobar que se cumplían todos los requisitos para solicitar la Nacionalidad Española. Entre estos:
- Llevar el tiempo de residencia requerido
- Carecer de antecedentes penales
- Haber aprobado el examen CCSE y DELE en los casos en que sea preceptivo
- Haber aportado correctamente la documentación.
Si presentas el recurso sin cumplir estos requisitos, podrían denegarte la Nacionalidad Española.
¿Cómo pueden denegarte la Nacionalidad Española?
Por ejemplo, si no presentaste los documentos obligatorios, presentaste los documentos mal traducidos, mal legalizados o caducados, no cumplías con el tiempo de residencia establecido, no aprobaste los exámenes de DELE o CCSE o tienes antecedentes penales; te recomendamos que no interpongas Recurso Contencioso ante la Audiencia Nacional, en estos casos. Lo más recomendable es dejar su expediente como está y esperar a que te resuelvan.
Se debe recordar que las denegaciones de Nacionalidad Española son igualmente recurribles mediante Recurso Potestativo de Reposición ante la DGRN o mediante Recurso Contencioso-Administrativo ante la Audiencia Nacional. Pero, no debemos confundir estos casos con los casos en que simplemente se quiere acelerar la resolución del expediente de Nacionalidad Española que es al que hemos hecho referencia en este artículo.
Por último, asegúrate de ponerte en manos de un Abogado especialista en Nacionalidad y Extranjería para lograr el éxito de tu caso, ya que en estos procedimientos es obligatoria la intervención de abogado y procurador.