¿Qué es la residencia por inversión?
Si usted está pensando comprar una vivienda en España debe saber que podrá obtener una visa y residencia legal por la compra de bienes inmuebles que superen los 500.000 euros. Confíe en nuestros abogados especialistas en Derecho de Extranjería para ayudarle a conseguirlo.
Nuestros servicios incluyen un asesoramiento completo desde el inicio hasta la resolución del procedimiento, preparación y revisión de la documentación requerida, la tramitación telemática la solicitud ante la Unidad de Grandes Empresas y seguimiento del expediente hasta su resolución.
¿Qué es la residencia para inversores extranjeros en España?
Es una nueva residencia, que se regula en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en la cual se permite acceder a la residencia temporal en España a aquellos extranjeros que inviertan en propiedades (ejemplo compra de vivienda de 500.000€) o realicen inversiones significativas en territorio español.
Qué tipo de autorización o visado puedo obtener como inversor en España?
Visado: cuando el solicitante se encuentra fuera de España, obtendrá un permiso para, si lo desea, residir y trabajar en todo el territorio nacional. El plazo de duración del permiso es de 1 año, salvo la adquisición de inmuebles mediante contrato de arras que es de 6 meses.
Transcurrido el año, debe solicitar una autorización de residencia.
Una vez formalizado el contrato de arras, debe solicitar el visado o la autorización de residencia.
Autorización de residencia: cuando el solicitante se encuentra legalmente en España, obtendrá un permiso de 3 años para, si lo desea, residir y trabajar en todo el territorio nacional.
Preguntas frecuentes
¿Dónde presentar la solicitud de residencia y visado?
Visado: En las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares. Embajadas y Consulados por el interesado, donde el mismo resida legalmente.
Autorización de residencia: en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos. UGE-CE mediante abogado especialista en extranjería de forma telemática o por el propio interesado.
¿Qué trámites se deben realizar para obtener la autorización de residencia por inversión?
1.Realizar la inversión.
2.Solicitud del visado de residencia en el consulado español del país de origen que le permitirá al inversor vivir legalmente en España en caso que se encuentre en su país.
Si se encuentra en España de forma legal no es necesario solicitar este visado.
3.Tramitar una autorización de residencia por un período inicial de 3 años, que le permita al inversionista y a sus familiares vivir y trabajar en España mientras mantenga la inversión. La autorización de residencia se tramitará en la Unidad de Grandes Empresas-Colectivos Estratégicos y el plazo de resolucion de la solicitud es de 20 días hábiles.
- Renovacion de la autorización de residencia. El requisito esencial para poder renovar tanto el visado como la autorización de residencia es mantener la inversión inicial o haberla sustituido por una nueva inversión de al menos 500.000€
¿Pueden acompañar al inversor sus familiares?
Sí, en cualquier momento podrán solicitar, de forma conjunta o sucesiva, la autorización y/o el visado.
– Cónyuge o pareja de hecho.
– Hijos menores de edad o mayores que dependan económicamente del titular.
– Ascendientes a cargo.
¿Qué tipo de inversiones en España son validas para este visado o residencia?
Activos financieros, realizando una inversión inicial por un valor igual o superior a:
– Dos millones de euros en títulos de deuda pública española, o
– Un millón de euros en acciones o participaciones sociales de empresas españolas con una actividad real de negocio, o
– Un millón de euros en fondos de inversión, fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España, incluidos dentro del ámbito de aplicación de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, o de la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, o
– Un millón de euros en depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
Adquisición de inmuebles en España con una inversión de valor o superior a 500.000 euros por cada solicitante.
Proyecto empresarial deberá aportar un informe favorable que se debe obtener previamente a la solicitud del visado o la autorización de residencia. No existe un importe mínimo en este tipo de inversión, se valora su impacto en el interés general:
– Creación de puestos de trabajo.
– Impacto socioeconómico en la zona geográfica donde se va a desarrollar.
– Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.