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Residencia para prácticas profesionales Ley 14/2013 en España

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Consigue tu residencia para prácticas profesionales en España “Ley 14/2013”

Si eres titular de una estancia por estudios en España superior al nivel 6 y ya has finalizado los estudios que viniste a realizar, puedes acceder a un permiso de residencia para prácticas profesionales. Nuestros abogados especialistas en Derecho de Extranjería podrán ayudarte a realizar este cambio de status legal.

Nuestros servicios incluyen un asesoramiento completo desde el inicio hasta la resolución del procedimiento, preparación y revisión de la documentación requerida, la tramitación telemática tu solicitud ante la Oficina de Extranjería y seguimiento del expediente hasta su resolución.

¿Qué es la residencia para prácticas profesionales?

La residencia para prácticas profesionales es la residencia a la que pueden aplicar aquellos estudiantes extranjeros que hayan finalizado sus estudios de grado, máster o doctorado correspondientes al nivel 6 de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones porque estén en posesión de una estancia por estudios en España o prórroga de esta, o hayan finalizado sus estudios en su país de origen, o en fase de obtener su título, siempre que estos cumplan con los requisitos y documentación que se exige para esta residencia.

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¿Quiénes pueden solicitar la autorización de residencia para prácticas profesionales?

La residencia para prácticas profesionales en España, puede ser solicitada por:

  • Los extranjeros que hayan obtenido un título de educación superior en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud de la autorización
  • Que estén realizando los estudios encaminados a la obtención de un título de educación superior.

Este tipo de solicitud de residencia para prácticas profesionales lo solicitan comúnmente, los estudiantes de grado o máster universitario pudiendo ser la obtención de un título como la realización de los estudios en España o en el extranjero. 

Si el extranjero se encuentra en España, deberá ser titular de una autorización de estancia por estudios.

Los estudios que aplican a este tipo de residencia serán aquellos estudios de grado, máster o doctorado correspondientes al nivel 6 de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones, los que serán los correspondientes a:

    1. La enseñanza universitaria,
    2. Las enseñanzas artísticas superiores,
    3. La formación profesional de grado superior,
    4. Las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior,
    5. Las enseñanzas deportivas de grado superior.
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¿Qué requisitos se deben acreditar para solicitar la autorización para prácticas profesionales?

Que el extranjero haya sido admitido para la realización de prácticas profesionales en base a la firma de un convenio de prácticas o con una entidad de acogida, que contemple una formación teórica y práctica o a través de un contrato de trabajo concertado en los términos y condiciones establecidos en la ley.

Siendo el contenido esencial de tal acuerdo, los que a continuación se especifican

    1. La relación jurídica entre la persona en prácticas y la entidad de acogida.
    2. Una descripción del programa de prácticas, incluido el objetivo educativo o los componentes de las prácticas.
    3. Las condiciones de las prácticas y de su supervisión.
    4. Las horas de prácticas.
    5. Período de duración de las prácticas.

Para la modalidad contractual se atendrá a lo establecido en la legislación laboral vigente que podrá realizarse al trabajador con título universitario o de formacion profesional de grado medio o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes que habiliten para ejercer la profesión.

 

  • Que el extranjero haya obtenido un título de educación superior en los dos años anteriores a la fecha de solicitud o que esté realizando estudios que resulten en la obtención de un título de educación superior.
  • Que las prácticas se efectúan en el mismo campo académico y al mismo nivel de cualificación que el título de educación superior o el programa de estudios referido.
  • Que el extranjero disponga de seguro de enfermedad durante su residencia.
  • Que se cuenten con los medios económicos suficientes, es decir, el 100% del IPREM, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por el período total que haya de durar la residencia, en estos casos, deberá acreditarse una cantidad que represente mensualmente el 50% del IPREM, así como el abono del alojamiento.
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Para ello, se podrá emplear cualquier medio de prueba admitido en derecho debiéndose realizar un análisis individualizado. Entre los medios de prueba que pueden ser aportados y sin carácter exhaustivo se encuentran, entre otras fuentes: medios propios o provenientes de familiares, subvenciones, ayudas y becas o una declaración de toma a cargo de la entidad de acogida.

Si no se cuenta con tercera persona que pueda abonar el 50% de los medios económicos, los medios económicos a acreditar para la solicitud de residencia deben representar el 100% del IPREM.

Si lo que se ha concertado es un contrato para prácticas, los ingresos obtenidos en virtud del mismo, pueden ser utilizados para acreditar los medios económicos que se exigen para este tipo de residencia.

  • Que se carezca de antecedentes penales en sus países anteriores de residencia durante los últimos cinco años por delitos previstos en el ordenamiento español y no figure como rechazable en el espacio territorial de los países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • Que se encuentre regularmente en territorio español en caso de que se esté en poder de una estancia por estudios. Recordemos que esta residencia se puede aplicar tanto para los que estén en España en posesión de una estancia por estudios o los que estén en el extranjero. Siempre cumpliendo con los requisitos para aplicar a esta residencia al amparo de la Ley 14/2013.

Preguntas frecuentes

¿Quién realiza la solicitud de residencia para prácticas profesionales?

La solicitud de residencia para prácticas profesionales no se presenta por el propio estudiante, puede presentarse a través de:

  • Abogado de extranjería de manera telemática facultado por la entidad de acogida del estudiante.
  • Entidad de acogida de manera telemática, en el Registro electrónico.

Siempre les recordamos a los clientes que hayan presentado la autorización de residencia para prácticas profesionales, que pueden darle seguimiento al expediente de extranjería, y, por tanto, consultar cada una de sus fases hasta la conclusión del trámite.

¿Dónde se presenta la solicitud de residencia para prácticas profesionales?

La solicitud se dirigirá a la Delegación o Subdelegación del Gobierno en la provincia en la que vaya a desarrollarse la actividad, que resolverá en el plazo de 30 días. Si no se resuelve en dicho plazo, la solicitud de autorización se entenderá estimada por silencio administrativo.

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