Consigue tu residencia para búsqueda de empleo en España “Ley 14/2013”
Si eres titular de una estancia por estudios en España superior al nivel 6 y ya has finalizado los estudios que viniste a realizar, puedes acceder a un permiso de residencia para búsqueda de empleo. Nuestros abogados especialistas en Derecho de Extranjería podrán ayudarte a realizar este cambio de status legal.
Nuestros servicios incluyen un asesoramiento completo desde el inicio hasta la resolución del procedimiento, preparación y revisión de la documentación requerida, la tramitación telemática tu solicitud ante la Oficina de Extranjería y seguimiento del expediente hasta su resolución.
¿Qué es la residencia para la búsqueda de empleo en España?
La residencia para búsqueda de empleo es la residencia a la que pueden aplicar aquellos estudiantes extranjeros que hayan finalizado sus estudios de grado, máster o doctorado correspondientes al nivel 6 de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones y estén en posesión de una estancia por estudios en España o prórroga de esta, concediéndose el término dispuesto en la normativa y que especificaremos más adelante.
Se entiende como tales:
- La enseñanza universitaria,
- Las enseñanzas artísticas superiores,
- La formación profesional de grado superior,
- Las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior,
- Las enseñanzas deportivas de grado superior.
¿Qué requisitos se deben cumplir para optar por esta residencia?
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los Estados miembros del Espacio Schengen.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
- Ser titular de una autorización de estancia por estudios o prórroga de la misma.
- Haber finalizado los estudios y haber alcanzado como mínimo el Nivel 6 de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones, correspondiente a la acreditación de grado universitario.
- Contar con un seguro médico público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
- Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de residencia y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
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- Para su sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento, en cuyo caso será del 50% del IPREM, por todo el tiempo que haya de durar la residencia.
- Para el sostenimiento de sus familiares, mensualmente, el 75% del IPREM para el primer familiar y el 50% del IPREM para cada una de las restantes personas, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la residencia.
- Para su sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento, en cuyo caso será del 50% del IPREM, por todo el tiempo que haya de durar la residencia.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo solicitar la residencia para búsqueda de empleo?
Dentro de los 60 días naturales previos a la fecha de caducidad de la autorización de estancia por estudios o dentro de los 90 días naturales posteriores a dicha fecha, sin perjuicio de que se le aplique las reglas correspondientes al procedimiento sancionador por no presentarse la solicitud en el término establecido en la legislación.
¿Cómo solicitar la autorización de residencia para búsqueda de empleo?
- Mediante abogado especialista en extranjería. Esta opción es la más recomendada, ya que el proceso es más rápido y estarás bien asesorado, garantizando el éxito de tu trámite. En Hernández Castillo Abogados presentamos tu solicitud de estancia por estudios de forma telemática, ante cualquier oficina de extranjería de España, en menos de 24 horas.
- De manera personal por vía telemática (plataforma de Extranjería Mercurio)
- En el Registro electrónico general de la Administración General del Estado.
¿En qué tiempo se puede conceder la autorización de residencia para búsqueda de empleo?
Deberá resolverse en el plazo de 20 días contados a partir del día siguiente de la fecha de presentación. De no emitirse pronunciamiento de la administración, se entenderá como silencio administrativo positivo.
¿Puedo trabajar con la autorización de residencia para búsqueda de empleo?
No es posible, pues precisamente la residencia para búsqueda de empleo está concebida, para que el extranjero una vez que finalice la estancia por estudios o la prórroga de estos, pueda durante un tiempo, y sin caer en situación irregular, aplicar a una residencia que le permita buscar un empleo que sea acorde con la formación que ha adquirido o decidirse a emprender una actividad empresarial o de emprendimiento.