Residencia Emprendedores
Si usted está pensando emprender un negocio en España, debe saber que existe una forma ágil y sencilla de obtener un visado de estancia en nuestro país para lleva a cabo su proyecto. Además, podrá acceder a la residencia para emprendedores una vez inicie su actividad en España. Confíe en nuestros abogados especialistas en Derecho de Extranjería e inmigración para ayudarle a conseguirlo.
Nuestros servicios incluyen una ayuda activa en la búsqueda de la información que necesita para emprender su negocio, un asesoramiento completo del trámite a realizar, la tramitación del visado y su autorización de residencia en España, que presentamos de forma telemática, la preparación de la documentación requerida, elaboración del Plan de Empresa, rellenado de formularios y seguimiento del expediente.
¿Quién puede solicitar la residencia para emprendedores?
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Las autorizaciones para los emprendedores pueden solicitarlas los extranjeros de fuera de la UE que vayan a desarrollar una actividad emprendedora de carácter innovador con especial interés económico para España.
¿Qué trámites se deben realizar para obtener la autorización de residencia para emprendedores?
- Si se encuentra fuera de España, debe solicitar un visado de residencia por un año en el Consulado de España en el país de origen para efectuar los trámites previos para poder ejercer la actividad emprendedora.
- Si se encuentra en España en posesión de una autorización de estancia, o residencia o visado de emprendedor, debe solicitar una autorización de residencia para emprendedores por dos años en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, que habilita para desarrollar una actividad económica como emprendedor.
- Resolución del expediente.
- Renovación de la residencia por periodos de dos años siempre y cuando mantengan las condiciones que generaron el derecho.
¿Qué documentos o requisitos son solicitados?
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Generales:
– Documento de identidad o pasaporte.
– Seguro público o privado de enfermedad concertado con una entidad que opere en España.
– Certificado de antecedentes penales.
– Acreditación de medios económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su período de residencia en España.
Específicos
- Con carácter previo a la solicitud del visado o autorización, se necesita informe favorable sobre la actividad emprendedora y empresarial que se va a desarrollar en España.
¿Dónde se solicita dicho informe?
- Para los visados, el informe de interés general debe ser solicitado con carácter previo a la solicitud del visado en la Oficina Económica y Comercial de España del ámbito de la demarcación geográfica donde se solicite el visado.
- Para las autorizaciones de residencia, el informe de interés general debe ser solicitado con carácter previo a la solicitud de la autorización de residencia en la Dirección General de Comercio e Inversiones.
¿Qué se debe presentar para solicitar dicho informe?
¿Qué se entiende por proyecto de interés general?
- Aquel que suponga la creación de puestos de trabajo.
- Realización de una inversión con impacto socioeconómico en la zona geográfica donde se va a desarrollar.
- Aquel que suponga una aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.
¿Qué se entiende por actividad emprendedora de interés económico para España?
Aquellas actividades empresariales y/o emprendedoras que supongan creación de puestos de trabajo y/o tengan un carácter innovador para España, y/o suponga inversión para España.
¿Qué beneficios adicionales existen?
- La autorización de residencia permite residir y trabajar y es válida en todo el territorio nacional.
- Tramitación conjunta de la autorización del cónyuge e hijos.
- No se aplica la Situación Nacional de Empleo.
- Agilización de la tramitación.
- Visados resueltos y notificados en 10 días hábiles.
- Autorizaciones de residencia resueltas en 20 días.
- Todos los procedimientos de autorización de residencia se centralizan en una ventanilla única: Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.