Extiende tu estancia por estudios en España con ayuda de expertos en derecho de extranjería
Si eres titular de una estancia por estudios en España o prácticas y se te ha caducado, nuestros abogados especialistas en Derecho de Extranjería podrán ayudarte a realizar la prórroga de la misma.
Nuestros servicios incluyen un asesoramiento completo desde el inicio hasta la resolución del procedimiento, preparación y revisión de la documentación requerida, la tramitación telemática de la prórroga de la estancia por estudios y seguimiento del expediente hasta su resolución.
¿Qué es la prórroga de Estancia por Estudios?
La renovación o prórroga de estancia por estudios, es la que se concede a aquellos extranjeros que hayan sido autorizados inicialmente por un visado de estudios otorgado en el país de procedencia o autorización de estancia de estudios ya tramitado en España antes de caer en situación irregular, durante el visado de turismo, para permanecer en España por un período superior a noventa días con el único propósito para este caso:
- De cursar o ampliar estudios en un programa que sea a tiempo completo que finalizará con la obtención de un título o certificación de estudios.
De esta renovación de estancia de estudios, pueden beneficiarse también los familiares de los extranjeros que inicialmente hayan estado en posesión de la misma.
En este sentido el artículo 41 de la Ley Orgánica 4/2000 regula el procedimiento a seguir para la solicitud de estancia a los familiares, entendidos estos: al cónyuge, pareja de hecho, e hijos menores de dieciocho años o que tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud.
La permanencia de los familiares en España estará en dependencia de la situación del titular de la autorización y no podrán ejercer ninguna actividad lucrativa.
¿Qué requisitos se deberán cumplir para la prórroga de la Estancia por Estudios?
- No ser ciudadano comunitario, ni que le sea de aplicación el régimen comunitario.
Como ya decíamos anteriormente, se precisa estar en posesión de una autorización previa de estancia que esté próxima a vencerse. - Haber obtenido la titulación correspondiente o haber superado las pruebas o requisitos para la continuidad de los estudios
Debes comprobar que los estudios que se pretenden realizar en el caso de haber alcanzado una titulación guarden relación con los realizados por el visado anterior.
También el nivel que se pretende adquirir que debe ser igual o superior al alcanzado. - Encontrarse matriculado en el centro de estudios de un programa a tiempo completo que conlleve a la obtención de un título o certificación de estudios.
Nos detenemos en este requisito para explicar que no sólo basta acreditar que se han superado tanto la titulación o la continuidad de estudios, sino que el centro confirme que aún se está en posesión de la matrícula. - Continuar cumpliendo los requisitos que se concedieron inicialmente con carácter general en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, valorados por la oficina de extranjería donde se hizo la solicitud.
Cuando nos referimos a continuar cumpliendo con los requisitos generales, significa seguir con los que inicialmente fueron exigidos para la concesión tanto del visado como la autorización de estancia y que te exponemos a continuación:
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías: (100% del IPREM para su sostenimiento y 75% para el primer familiar y 50% para el resto).
- Contar con un seguro público o privado de enfermedad que cubra los riesgos normalmente asegurados a los ciudadanos españoles.
- En el supuesto de estudiantes menores de edad que no estén acompañados de sus padres o tutores, autorización de éstos.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el procedimiento a seguir para la prórroga de Estancia por Estudios?
- Antes que todo, una vez comprobado que se cumplen con los requisitos generales antes explicados, es necesario realizar la solicitud dirigida a la oficina de extranjería de manera telemática donde se desarrollará la actividad con la documentación exigida, 60 días naturales antes de la fecha de expiración del visado o dentro de los 90 días posteriores contados a partir del vencimiento.
También se podrá presentar esta renovación o prórroga, sin perjuicio de la aplicársele un procedimiento sancionador por la infracción en la que se hubiese incurrido. Te recomendamos entonces hacerlo antes de su vencimiento para evitar cualquier efecto indeseado.
- Presentar los siguientes documentos en el momento de la solicitud de renovación de estancia.
- Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-00)por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero o su representante legal en caso de ser menor de edad.
- Pasaporte válido.
- Documento donde se evidencie contar con los medios económicos necesarios durante la estancia y para el retorno al país de origen.
- Para el caso de los menores de edad, la autorización de los padres con las formalidades legales para este tipo de documentos. Debe hacerse constar en este, el centro responsable de la actividad que da lugar a la estancia.
- Documentos que prueben haber superado las pruebas y continuar con los estudios.
- Contar con un seguro público o privado de enfermedad que cubra los riesgos normalmente asegurados a los ciudadanos españoles.
- Abonar la tasa de prórroga o en el término de diez días hábiles desde su presentación, a través de:
- Modelo 790 código 052.
- El modelo de la tasa para su pago se encuentra en el Portal de Internet de la Secretaría de Estado de Función Pública.
El principal efecto de la solicitud es que, durante la tramitación de este expediente, no caes en situación irregular si no que se prorrogará la autorización hasta que se emita la resolución de la solicitud.
A partir del registro de entrada en el órgano competente de la solicitud de la renovación de estancia, la administración contará con un término de tres meses para pronunciarse sobre la concesión o no de la misma.
- Una vez concedida la prórroga, el estudiante para tramitar el NIE, deberá dirigirse a la Oficina de Extranjería o Comisaria de la Policía de la provincia donde se haya realizado la presentación.