El jueves 25 de mayo de 2020 se publicó en el BOE la Orden Ministerial SND/421/2020, de 18 de mayo que establece que se prorrogará durante seis meses automáticamente las autorizaciones de residencia y trabajo de ciudadanos extranjeros y de estancia por estudios que hubieran caducado 90 días naturales antes del Estado de Alarma o durante el Estado de Alarma, sin necesidad de emitir una resolución individual para cada una de ellas en la Oficina de Extranjería, exactamente para la prorroga 6 meses.
La prórroga automática se iniciará al día siguiente de la caducidad de la autorización y se extenderá hasta que transcurran seis meses desde la finalización del estado de alarma.
Se prorrogan también las tarjetas de familiar de ciudadano de la Unión, las tarjetas de identidad de extranjero concedidas en base a una residencia de larga duración, las estancias de hasta de noventa días y los visados de larga duración.
Finalmente, la Orden recoge que a los efectos de considerar acreditada la continuidad de residencia, no se computarán las ausencias del territorio español como consecuencia de la imposibilidad de retornar a España por el COVID-19.
A continuación, te adjuntamos la Orden completa para que puedas consultarla.
PDF PROROGA RESIDENCIAS EXTRANJEROS DURANTE ESTADO DE ALARMA
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