Logotipo hernandez castillo abogados 1

Homologación estudios

¿Desea asesoramiento personalizado?

Rellene el siguiente formulario y contactaremos contigo

Solicitud de Homologación de estudios en España

Si usted es extranjero y ha realizado estudios en su país de origen podrá solicitar que los mismos tengan validez en España y de esta manera obtener el reconocimiento del grado académico correspondiente, ejercer su profesión en España y poder continuar estudios de otro nivel educativo en nuestro país.

 Confié en nuestros abogados especialistas en Derecho de Extranjería e inmigración para ayudarle a obtener la homologación, equivalencia de su título en España, o convalidación de sus estudios no finalizados.

Nuestros servicios incluyen:

  • Un asesoramiento completo desde el inicio hasta la resolución del procedimiento
  • la tramitación de la homologación, equivalencia o convalidación de estudios
  • la preparación de la documentación requerida, rellenado de formularios, presentación del expediente por uno de nuestros abogados y seguimiento del expediente.

En caso de denegación o desacuerdo con la resolución del procedimiento preparamos su defensa jurídica mediante la interposición del recurso procedente.

crop student with phone table Grande abogados de extranjeria

¿Qué es la homologación de títulos extranjeros de educación superior?

A través de este procedimiento se puede solicitar la homologación de títulos de educación superior otorgados por instituciones extranjeras a títulos oficiales universitarios españoles de Grado o Máster que den acceso a profesión regulada en España.

La homologación de un título extranjero a un título español que permita el acceso a una profesión regulada, conllevará la posibilidad de ejercicio de la profesión regulada de que se trate en las mismas condiciones de los poseedores de los títulos españoles que habiliten para tal ejercicio.

team job photo young businessmans working with new project office Grande abogados de extranjeria

¿Qué documentación se debe aportar?

  • Copia compulsada del documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante.
  • Copia compulsada del título cuya homologación se solicita o de la certificación acreditativa de su expedición.
  • Copia compulsada de la certificación académica de los estudios realizados por el solicitante para la obtención del título, en la que consten, entre otros extremos, la duración oficial, en años académicos, el plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria de cada una de ellas y, en su caso, la correspondiente traducción oficial.
  • Acreditación del pago de la tasa.
  • Acreditación de la competencia lingüística necesaria para el ejercicio en España de la correspondiente profesión regulada (Artículo 17 de la Orden ECD/2654/2015, de 3 de diciembre).

Además de los documentos obligatorios mencionados será recomendable aportar:

  • Currículum académico y científico (justificantes de trabajo y otros estudios o cursillos).
  • Programas de las asignaturas cursadas donde se refleje el contenido y la amplitud con que fueron impartidas.

No será necesaria la aportación de los programas formativos por parte de los solicitantes de homologación de títulos extranjeros de educación superior al correspondiente título oficial universitario español de Grado que dé acceso a la profesión regulada de Médico en España si obtuvieron su título en alguna de las universidades incluidas en el siguiente Link: 

Toda esta documentación ha de ser oficial, expedida por las autoridades competentes de cada país y además ha de estar debidamente legalizada y traducida.

Las autoridades competentes para la compulsa de las fotocopias de los documentos son:

 

  • Registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
  • Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno
  • Embajadas y Consulados de España
woman reading mock up magazine abogados de extranjeria
multiethnic young group with diverse ethnic take selfie with mobile phone spain abogados de extranjeria

Preguntas frecuentes

¿Qué es la equivalencia de títulos extranjeros de educación superior?

A través de este procedimiento se puede solicitar la equivalencia de títulos de educación superior otorgados por instituciones extranjeras a titulación y a nivel académico de Grado o Máster universitarios oficiales en ramas de conocimiento y campos específicos.

La equivalencia a titulación otorga al título extranjero, en todo el territorio nacional, los mismos efectos que los títulos que se encuentran comprendidos en el área y campo específico de formación al cual se haya declarado la equivalencia, con exclusión de los efectos profesionales respecto de aquellos títulos susceptibles de obtenerse por homologación.

La equivalencia a nivel académico otorga al título extranjero, en todo el territorio nacional, los efectos correspondientes al nivel académico respecto del cual se haya declarado la equivalencia.

¿Qué contenido podrá tener la resolución?
Las solicitudes de homologación podrán resolverse de las siguientes maneras:

  • Concesión (expedición de credencial de homologación).
  • Homologación condicionada a la previa superación de requisitos formativos complementarios.
  • Denegación de la homologación.

Las solicitudes de equivalencia podrán resolverse de las siguientes maneras:

  • Declaración de equivalencia (expedición de certificado de equivalencia).
  • Denegación de la equivalencia.
¿Qué es la homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros no universitarios?

A través de este procedimiento se puede solicitar la homologación de títulos o la convalidación de estudios no universitarios obtenidos en el extranjero.

La homologación de títulos, diplomas o estudios extranjeros de educación no universitaria supone la declaración de la equivalencia con los títulos del sistema educativo español vigente.

La convalidación de estudios extranjeros por cursos españoles de educación no universitaria supone la declaración de la equivalencia de aquéllos con estos últimos a efectos de continuar estudios en un Centro docente español.

No deberán realizar trámite alguno de convalidación de estudios el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros que desee incorporarse a cualquiera de los cursos de la Educación Primaria o la Educación Secundaria Obligatoria. Tampoco procederá la convalidación para realizar estudios en cualquier nivel, curso o modalidad del sistema educativo español para cuyo acceso no sea requisito previo la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Lo que opinan nuestros clientes

Contacta con nosotros

Si quieres que conozcamos tu caso y podamos ayudarte. Rellena este formulario.