¿Qué hacer después de que me llega la resolución de nacionalidad española por residencia?
Es una pregunta que constantemente nos hacen nuestros clientes, cuando les damos la buena noticia de que se les ha otorgado la nacionalidad española por residencia. Ante tantas dudas, hemos querido explicar qué pasos siguen después de que se ha concedido la Nacionalidad Española por Residencia.
Antes de todo, es importante identificar la vía que se ha utilizado para la adquisición de la nacionalidad española, si es por la vía telemática o por el antiguo procedimiento.
Si es por el nuevo procedimiento, es decir por vía telemática, una vez consultada la página de «Cómo va lo mío» y constatado que el expediente resulta concedido, aparecerá un código que habilita la descarga de la resolución a través de la misma plataforma.
¿Qué hacer después de que me notifican la resolución de nacionalidad española por residencia?
Lo primero que debemos hacer es el trámite de Jura de Nacionalidad que puede ser de dos formas:
- La Jura ante el Notario de donde se esté empadronado.
- La Jura ante el Registro Civil.
Comenzamos explicando los pasos a seguir utilizando la Jura de Nacionalidad Española ante notario hasta la obtención del DNI y pasaporte español, al ser la vía más utilizada por nuestros clientes cuando estos han presentado la solicitud de nacionalidad española por vía telemática.
Jura de Nacionalidad Española por residencia ante notario
A continuación, los pasos que debes seguir luego de la concesión de la Nacionalidad española por residencia.
1. Hacer trámite de Jura de Nacionalidad ante notario en un término de 180 días después de recibida la resolución.
Luego de concedida la nacionalidad española y ya con la Resolución en nuestro poder, posteriormente es imprescindible hacer el trámite de Jura de nacionalidad española, en la localidad de donde te encuentres empadronado.
Tener en cuenta que, aunque por lo general es el notario quien remite toda la información al Registro Civil para que se pueda emitir posteriormente la certificacion literal de nacimiento para DNI, hay casos en los que el notario se la entrega personalmente al solicitante para que este se dirija al Registro Civil para que posteriormente se emita la certificación de nacimiento.
Ten en cuenta que para poder hacer la Jura ante notario debes solicitar cita previa.
Si estás en Tarragona, te recomendamos la siguiente notaria.
NOTARIA RECOMENDADA PARA REALIZAR EL TRAMITE DE JURA EN TARRAGONA
NOTARÍA MARÍA SÁENZ DE SANTA MARÍA GARCÍA
Dirección: Rambla Nova, 113, local derecha, 43001 Tarragona
Teléfono: 977 25 28 86
Sitio web: https://notariatarragona.es/
E mail: [email protected]
Una vez se pongan en contacto con la Notaria para poder otorgarle cita se deberá enviar un e-mail a [email protected] en el que se deberá adjuntar la resolución de concesión de la nacionalidad española y los siguientes datos:
Datos necesarios del compareciente:
- Nombre y apellidos:
- Documento de identidad:
- Dirección:
- Código postal:
- Estado civil:
- Régimen económico matrimonial (en caso de ser casado):
- Profesión:
- Número de teléfono:
Como ya explicábamos anteriormente, una vez que el notario recibe toda la documentación, constata que la misma es correcta, se hace la Jura de Nacionalidad Española y pueden pasar dos cosas:
- El notario remite al Registro Civil la información correspondiente del solicitante para que proceda a elaborar la Certificación Literal de Nacimiento.
- La misma persona lleva la información al Registro Civil, en los casos que se admita.
En ambos casos, es el Registro Civil quien emite la Certificación Literal de Nacimiento Española a los efectos de la confección del DNI, proceso que suele demorar algunos meses después de realizada la Jura de Nacionalidad.
2. Recibir la Certificación Literal de Nacimiento español.
El siguiente paso, una vez que el registrador constata que no existen errores, procede a emitir la Certificación Literal de Nacimiento en un tiempo posterior que a veces suele ser meses. En este paso, se espera a que el Registro Civil cite al solicitante para la entrega del Certificado de Nacimiento.
3. Solicitar cita previa para obtención DNI y pasaporte español.
Después de tener la certificación de nacimiento española, debemos a través de https://www.citapreviadnie.es/citaPreviaDni/, sacar cita para la obtención del DNI y pasaporte. La rapidez de la obtener el DNI y pasaporte español, depende de la disponibilidad de la cita.
Para el día de la cita se deberá presentar:
- Certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente o, en su caso, Certificado de inscripción de la nacionalidad española.
- Una fotografía reciente en color del rostro del solicitante
- Certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del Documento Nacional de Identidad.
- Cuando el titular del DNI sea menor de 14 años o persona con capacidad judicialmente complementada se llevará a cabo en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela, o persona apoderada por estas últimas.
- En aquellos casos en los que se realice la primera inscripción como nacionalizado y el ciudadano posea Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE) o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, en el que conste número de identificación de extranjero (NIE), deberá aportarlo, como requisito indispensable, en el momento de la tramitación del DNI.
- Es necesario abonar las tasas en el mismo día de la cita.
- Finalmente, una vez que hemos finalizado estos trámites, y hemos solicitado o tenemos ya físicamente nuestro DNI, deberemos de comunicar dicho cambio a aquellos organismos o entidades con las que tenemos relación para que consten nuestros datos de una manera correcta como, por ejemplo, la Seguridad Social, colegios, entidades bancarias, etc.
4. Solicitar Certificado de Concordancia ante la Comisaría de la Policía.
El siguiente paso a realizar tras conseguir tu nacionalidad y tu DNI como español será notificar a todas las instituciones en las que estabas registrado/a sobre este cambio de NIE a DNI (Seguridad Social, Hacienda, Dirección General de Tráfico, el Ayuntamiento en el que estás empadronado/a, Registro de la Propiedad, Bancos y otros organismos privados).
Para poder dejar constancia del cambio de identificación y actualizar tus datos, deberás aportar este certificado de concordancia.
Te enseñamos como tramitar tu certificado de concordancia en el siguiente enlace
Jura de Nacionalidad Española ante el Registro Civil
A continuación, te explicamos paso a paso cómo hacer la Jura de la Nacionalidad Española ante el Registro Civil.
1. Obtener cita previa para la Jura de Nacionalidad en un término de 180 días después de la concesión de la nacionalidad española.
Para la Jura de la Nacionalidad ante el Registro Civil, es necesario, en dependencia del lugar donde vivimos, solicitar cita previa.
En el siguiente enlace se especifican que los siguientes servicios que se pueden solicitar en el registro es con cita previa cuando se hace ante el Registro Civil:
- Inscripción de Nacimiento
- Inscripción de Matrimonio Canónico
- Inscripción de Matrimonio Civil
- Expedientes de Nacionalidad
- Solicitud y Expedición de Certificados
Algunos Registros Civiles dividen el proceso de jura de nacionalidad española en dos pasos:
- La prejura
- La jura
La prejura es un acto sencillo, donde lo que se hace básicamente es controlar y revisar que todo está correcto. Aquí verifican nuestra resolución de nacionalidad española, nuestro pasaporte, tarjeta de residencia, y documentación adicional como puede ser nuestro Certificado de nacimiento y Antecedente Penal.
2. Recibir la Certificación Literal de Nacimiento español.
Realizado el acto de jura, se procederá por parte del Registro Civil a inscribir como español al que se le ha sido concedida la nacionalidad española. Es decir, a practicar el asiento del nacimiento, para a continuación expedir la Certificación Literal de Nacimiento para la solicitud del DNI y pasaporte español.
Es importante constatar que al margen del nacimiento se realice una anotación de que esa certificación ha sido emitida a los efectos de tramitar el DNI.
3. Solicitar cita previa para obtención DNI y pasaporte español.
Una vez obtenida la cita el solicitante, este se ha de personar en la Comisaría de la Policía, que a diferencia de la Jura, puede realizarse en la Comisaria que le sea más factible al extranjero. La cita previa para DNI y pasaporte español, en el siguiente enlace.
4. Solicitar Certificado de Concordancia ante la Comisaría de la Policía.
El siguiente paso a realizar tras conseguir tu nacionalidad y tu DNI como español será notificar a todas las instituciones en las que estabas registrado/a sobre este cambio de NIE a DNI (Seguridad Social, Hacienda, Dirección General de Tráfico, el Ayuntamiento en el que estás empadronado/a, Registro de la Propiedad, Bancos y otros organismos privados).
Para poder dejar constancia del cambio de identificación y actualizar tus datos, deberás aportar este certificado de concordancia.
Te enseñamos como tramitar tu certificado de concordancia en el siguiente enlace
¿Qué pasa si presenté el trámite de nacionalidad española por el procedimiento antiguo?
Si la solicitud se realizó por el antiguo procedimiento, el interesado deberá personarse en el Registro Civil donde se encuentra empadronado para que allí, el Encargado del Registro le notifique de forma oficial la concesión de la nacionalidad española que se hace con la Jura de la Nacionalidad. Una vez recibida la certificación de nacimiento, básicamente son los mismos pasos.
- Solicitar cita previa en la Comisaria de la Policía
- El día de la cita presentar toda la documentación que ya mencionamos anteriormente.
- Presentar la solicitud del Certificado de Concordancia.
La documentación a presentar para la Jura de Nacionalidad sería:
- Resolución de Concesión de la nacionalidad
- Pasaporte en vigor
- Tarjeta de residencia.
Hay que tener en cuenta, así como solicitar la cita para la jura que deberá realizarse dentro de los 180 días posteriores de la concesión de la nacionalidad española.
Consejos al ser emitida la Certificación Literal de Nacimiento por el Registro Civil.
- Cerciorarnos de que no existan errores en nuestra partida de Nacimiento emitida por nuestro país de origen. En este sentido, en la inscripción de nacimiento se tiene que consignar el nombre que aparezca en la certificación de nacimiento de origen, salvo que se pruebe la utilización habitual de un nombre distinto. Igualmente se deberá revisar la certificación de nacimiento española que se emite.
- Si el nombre que consta en la certificación extranjera o el usado habitualmente está incluido como nombre uno no permitido en España, deberá ser sustituido por otro, que será elegido por el interesado o su representante legal o, en último término, por uno impuesto por el funcionario competente.
- La Ley española señala que ha de tenerse un nombre y dos apellidos, requisito a cumplir por todo extranjero que adquiere la nacionalidad española.
- Es importante constatar que al margen del nacimiento se realice una anotación de que esa certificación ha sido emitida a los efectos de tramitar el DNI.
- No solicitar cita ante la Comisaría de Policía si no se tiene aún la Certificación de Nacimiento expedida por el Registro Civil español.
- Por otra parte, a partir de este momento, se consignará en la certificación de nacimiento española, un primer apellido correspondiente al primer apellido del padre y el segundo, el primer apellido de la madre.
¿Qué debes saber sobre la Jura de Nacionalidad?
La Jura de Nacionalidad es la declaración de voluntad en materia de nacionalidad y vecindad civil. Es el último trámite que debe realizar una persona extranjera para conseguir la nacionalidad española.
¿Ante quien más se hace la Jura de Nacionalidad española?
Además del Encargado del Registro Civil y Notario de la localidad donde estés empadronado, se puede hacer la Jura ante funcionario diplomático o consular.
¿Qué significa hacer la Jura de Nacionalidad española?
La Instrucción de 16 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad y Fé Pública establece que la Jura de la Nacionalidad implica: la jura o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes
Y en correspondencia con lo establecido por el Código Civil, el mayor de catorce años y capaz para prestar una declaración por sí (si es menor de edad, asistido por sus representantes legales; si es persona con discapacidad, en su caso, con el auxilio o representación que se haya acordado o contemplado voluntariamente como medida de apoyo) y, en su caso, declarará la renuncia a su anterior nacionalidad y manifestará la vecindad civil por la que opta, además se indicarán, si procede, los apellidos que llevará el nuevo español conforme a las previsiones legales y reglamentarias”.
¿Qué sucede si no hago la Jura de Nacionalidad española en el término de 180 días?
Pasados esos ciento ochenta días desde la notificación de la concesión de la nacionalidad no se hace la jura y renuncia de la anterior nacionalidad (para el caso de que fuera necesario), y la concesión de la nacionalidad caducará, lo que significaría que deberíamos solicitar nuevamente la nacionalidad española.
¿Qué preguntas se hacen en el acto de Jura de Nacionalidad?
La Jura de Nacionalidad no es un examen, es un trámite formal en el que el ciudadano extranjero responde sí o no a la pregunta de si jura fidelidad al Rey y obediencia tanto a la Constitución española como a las Leyes del país.
Aquí debemos de tener en cuenta que el mayor de 14 años deberá prestar la declaración por sí mismo. Este proceso de jura o promesa de nacionalidad española viene regulado en el artículo 220 del Reglamento del Registro Civil, salvo en los casos en los que España tenga convenio de doble nacionalidad con el país de origen.
¿Qué documentos necesitamos para realizar el trámite de la jura de la Nacionalidad Española?
- Pasaporte en vigor.
- Tarjeta de residencia o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea en vigor.
- Certificado de antecedente penales, de nuestro país de origen. Se puede presentar el Certificado presentado en la solicitud telemática de la nacionalidad.
- Certificado de nacimiento, de nuestro país de origen.
- Certificado de empadronamiento actualizado.
- Certificado de Nacimiento de los hijos menores de 18 años.
- Certificado de Matrimonio.
- Hoja declaratoria de datos para la inscripción del nacimiento.
De nuestro post, Ya tengo la Resolución de Nacionalidad Española. ¿Qué hago después?, lo más importante:
- Si hemos realizado la solicitud de la nacionalidad española, una vez recibida la Resolución de concesión, debemos realizar los trámites correspondientes para solicitar cita previa para realizar la Jura de nacionalidad española, que es el acto posterior en el que se reafirma fidelidad al Rey y a la Constitución Española.
- Para más agilidad, el trámite de la Jura, se recomienda hacerla ante notario.
- La Jura es un acto sencillo, es prestarle obediencia al Rey y a la constitución para la que se deberá presentar los siguientes documentos:
- Pasaporte en vigor.
- Tarjeta de residencia o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea en vigor.
- Certificado de antecedente penales, de nuestro país de origen,
- Certificado de nacimiento, de nuestro país de origen,
- Certificado de empadronamiento actualizado.
- Certificado de Nacimiento de los hijos menores de 18 años
- Certificado de Matrimonio
- Hoja de declaratoria de datos para la inscripción de nacimiento.
- Después que realizamos la Jura, se tramita la Certificación Literal de Nacimiento ante el Registro Civil y ya una vez con la misma, debemos solicitar cita previa en: https://www.citapreviadnie.es/citaPreviaDni para la obtención de DNI y pasaporte español.
- A diferencia de la Jura de la Nacionalidad, la cita para la obtención de DNI y pasaporte, se puede hacer ante cualquier Comisaria de la policía.
- Solicitar certificado de Concordancia ante la Comisaria de la Policía en el momento de la cita para DNI pues evidentemente con la adquisición de la nacionalidad española, muchos datos cambian, primero antes tenías un número de NIE, ahora es DNI, por solo citar un ejemplo.
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Para consultar el estado del expediente una vez presentada la solicitud de nacionalida española, puedes acceder a «Cómo va lo mío. Una manera rápida de consultar el estado del expediente de nacionalidad española. Una consulta que se puede realizar donde quieres que estés, sólo necesitas acceder a esta aplicación, en la sede electrónica de la página del Ministerio de Justicia
Igualmente, errores que no puedes cometer a la hora de consultar la nacionalidad española. Todo lo que necesitas saber, en el siguiente enlace.
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