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Se prorroga Tarjeta de Identidad de Extranjero a ciudadanos ucranianos

 Se prorroga Tarjeta de Identidad de Extranjero a ciudadanos ucranianos

Se ha emitido una nueva instrucción por la que se prorroga la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) a los ciudadanos ucranianos. ¿Se tendrá que hacer algún trámite para obtener la prórroga del TIE? Toda la infomación que necesitas la puedes consultar desde Hernández Castillo Abogados.

	Se prorroga Tarjeta de Identidad de Extranjero a ciudadanos ucranianos

¿Qué establece la Orden INT/169/2024 sobre la prórroga de la Tarjeta de Identidad de Extranjero a ciudadanos ucranianos?

Recientemente una nueva instrucción, la INT/169/2024, de 26 de febrero, prorroga la validez de la tarjeta de identidad de extranjero a ciudadanos ucranianos, que en su momento fueron beneficiarios de la protección temporal que les fue concedida en el año 2022. Esta Instrucción establece:

Se prorroga hasta el 4 de marzo de 2025 la validez de las Tarjetas de Identidad de Extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal en España.

No será necesaria la obtención de una nueva Tarjeta de Identidad de Extranjero a efectos de cumplir con las obligaciones dispuestas en el artículo 210 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.

Lo acordado en esta orden se comunicará a las Instituciones de la Unión Europea con el fin de que dicha prórroga sea conocida por los demás Estados miembros

Es decir, las personas que fueron beneficiadas por esta protección temporal, no necesitarán de realizar ningún trámite, automáticamente se les prorrogará esta tarjeta y por tanto, todos los derechos que les fueron concedidos, entre ellos, la autorización de residencia y trabajo.

¿Qué derechos tienen los ciudadanos ucranianos beneficiados con la protección temporal?

  1. Derecho a la libre circulación en el territorio español;
  2. Derecho a la libre residencia en el territorio español;
  3. Derecho a ser informado en una lengua comprensible sobre los derechos y obligaciones;
  4. Posibilidad de obtener un título de viaje siempre que se justifique la necesidad de salir del territorio español y no se tenga pasaporte o este no sea válido;
  5. Derecho a obtener autorización para trabajar;
  6. Derecho a poder beneficiarse de servicios sociales y sanitarios;
  7. Derecho a la reagrupación familiar;
  8. Derecho a solicitar el estatuto de refugiado.

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¿Por qué se le confirió protección temporal a los ciudadanos ucranianos?

En el año 2022, el Consejo de ministros del Interior de la unión europea, activaba una Directiva de Protección Temporal a raíz de la invasión rusa a Ucrania que desde entonces ha generado una crisis humanitaria que ha provocado el desplazamiento de millones de personas que lógicamente se encuentran en situación vulnerable.

Por medio de esa orden se les concedió protección temporal a los ciudadanos ucranianos de manera inmediata a los efectos de simplificar los procedimientos de asilo en los países de la unión, siendo España uno de los países que aplicó esta normativa.

¿Pueden los ciudadanos ucranianos solicitar protección temporal en España en el año 2024?

Sí, pues el conflicto aún existe y todavía muchas personas se siguen desplazando como consecuencia de la inseguridad en la que viven. Como ya hacíamos referencia, el Consejo de la UE ha aprobado la Decisión por la que entra en aplicación la Directiva 2001/55/CE del Consejo, sobre protección de personas desplazadas y que permitió automáticamente a los ucranianos desplazados residir, trabajar o estudiar en la Unión Europea un año prorrogable, sin tener que solicitar asilo. Esta directiva permite prorrogar este status hasta 3 años. En estos momentos la Instrucción que se ha emitido se ha prorrogado hasta el año 2025.

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¿Quiénes pueden obtener la protección temporal en España por la invasión rusa a Ucrania?

  1. Nacionales ucranianos que arriben de ucrania como consecuencia de la invasión rusa del 24 de febrero de 2022.
  2. Nacionales ucranianos en situación de estancia en España antes del 24 de febrero de 2022 que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a su país.
  3. Nacionales de terceros países o apátridas que residieran legalmente en Ucrania sobre la base de un permiso de residencia legal válido (sea permanente u otro tipo como estudiantes) expedido de conformidad con el derecho ucraniano y no pueden regresar a su país o región.
  4. Nacionales de Ucrania que se encontraban en situación irregular en España antes del 24 de febrero y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
  5. Miembros de las familias de las personas a que se refiere en los siguientes términos:
  • al cónyuge o su pareja de hecho;
  • a sus hijos menores solteros o de su cónyuge, sin distinción en cuanto a si nacieron dentro o fuera del matrimonio o fueran adoptados;
  • a otros parientes cercanos que vivieran juntos como parte de la unidad familiar en el momento de las circunstancias relacionadas con la afluencia masiva de personas desplazadas y que dependieran total o principalmente de ellos.

¿Cómo solicitar la protección temporal en España?, ¿En qué término? Mucha más información en el siguiente link.

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¿Qué pueden hacer los ciudadanos ucranianos si necesitan alojamiento, manutención o ayudas económicas?

Acudir a los Sistemas de Acogida de Protección Temporal integrado por los Centros de Recepción, Atención y Derivación (CREADE) y otros dispositivos gestionados por Entidades sin ánimo de lucro.

  • CREADE TORREVIEJA Dirección: Calle Urbano Arregui, 8 03185 Torrevieja Teléfono: (+34) 96 522 47 89 14
  • CREADE BARCELONA Dirección: Calle Sant Fructuós, 78-80 08004 Barcelona Teléfono: (+34) 93 238 21 99
  • CREADE MÁLAGA Dirección: Avenida Ortega y Gasset, 201 Teléfono: (+34) 628 216 478
  • CREADE MADRID Dirección: Paseo de la Casa de Campo, 1 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid) Teléfono: (+34) 666 800 194

Mas información en el siguiente enlace.

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Desde Hernández Castillo Abogados, te orientaremos y asistiremos en todos los trámites necesarios para la solicitud de Protección Temporal.  Años de experiencia nos respaldan en el sector. No desperdicies esta posibilidad de mejorar tu calidad de vida.

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