Renovación de la tarjeta de Residencia
Si tienes que realizar la renovación de la tarjeta de residencia, nuestros abogados especialistas en Derecho de Extranjería e inmigración te ayudarán a conseguirlo, gestionándote el permiso de residencia más adecuado a tus necesidades. Presentamos tu renovación de forma telemática con nuestro certificado digital garantizándote la mayor seguridad y agilidad posible en el trámite.
Nuestros servicios incluyen un asesoramiento completo desde el inicio, hasta la resolución del procedimiento, la presentación telemática de la renovación de tu residencia con nuestro certificado digital, la preparación de la documentación requerida, rellenado de formularios y seguimiento del expediente hasta su resolución. En caso de denegación preparamos su defensa jurídica mediante la presentación del recurso procedente en vía administrativa, o un recurso contencioso-administrativo.
¿Cuándo se debe hacer la renovación de la tarjeta de residencia?
La renovación de la tarjeta de residencia se deberá hacer en el periodo de los 60 días antes de la fecha de vencimiento de la autorización vigente hasta dentro de los 90 días posteriores a la fecha de expiración, pudiendo haber, en este caso, una sanción de multa.
¿Cuáles son los requisitos para la renovación de la tarjeta de residencia?
Que no le sea aplicable el régimen comunitario.
Carecer de antecedentes penales en España.
No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
En su caso, acreditar la escolarización de los menores a su cargo en edad de escolarización obligatoria.
No superar el plazo fuera de España (más de 6 meses en un período de un año en la residencia temporal y más de 12 meses consecutivos en la residencia de larga duración).
Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena
- Haber cotizado 6 meses por año y encontrarte en situación de alta en el sistema de Seguridad Social al momento de solicitar la renovación o cuentes con una oferta de trabajo.
- Haber cotizado un mínimo de 3 meses por año y que la relación laboral se hubiese interrumpido por causas ajenas a tu voluntad, haber buscado activamente empleo mediante su inscripción como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo y contar con un contrato en vigor en el momento de solicitar la renovación.
- Haber estado en situación de alta en el sistema de Seguridad Social durante un mínimo de 9 meses en un periodo de 12 o de 18 meses en un periodo de 24 meses, siempre que la última relación laboral se hubiese interrumpido por causas ajenas a tu voluntad y haber buscado activamente empleo mediante su inscripción como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo.
- Que su cónyuge o persona con la que mantengas una relación de análoga afectividad a la del matrimonio, cumpla con los requisitos económicos para la reagrupación familiar.
Autorización de residencia y trabajo por cuenta propia
- Continuar con la actividad que dio lugar a la autorización que se va a renovar, siempre que se hayan cumplido las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Que su cónyuge o persona con la que mantengas una relación de análoga afectividad a la del matrimonio, cumpla con los requisitos económicos para la reagrupación familiar.
Autorización de residencia no lucrativa
- Contar con medios económicos suficientes para atender sus gastos de manutención y estancia, incluyendo, en su caso, los de su familia, durante el periodo de tiempo por el que corresponda la renovación, sin necesidad de desarrollar ninguna actividad laboral o profesional.
- Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
Autorización de residencia por reagrupación familiar
- Tener asistencia sanitaria por estar cubierta por la Seguridad Social o contar con un seguro privado de enfermedad.
- Que el reagrupante sea titular de una autorización de residencia en vigor y que se mantenga el vínculo familiar o de parentesco o la existencia de la unión de hecho en que se fundamentó la concesión de la autorización a renovar.
- Tener medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia.
- Disponer de vivienda adecuada.