- En nuestro post, Guía Completa de Nacionalidad Española por Residencia , analizábamos que, en dependencia de la situación legal del extranjero, así sería la documentación a presentar. De ahí la importancia de conocer concretamente qué documentos se necesitan presentar para la nacionalidad española por residencia.Para poder determinar la documentación que debemos aportar, antes de todo debemos saber en qué situación concreta nos encontramos. Para ello debemos para cada caso en concreto, que tiempo de residencia legal y continuada se exige para aplicar a la nacionalidad española por residencia.
¿Qué tiempo de residencia se necesita para aplicar a la nacionalidad española por Residencia?
10 años. Este término se puede reducir siempre que concurran determinados requisitos.
5 años: Este término aplica para los que en su momento hayan obtenido la condición de refugiado.
2 años: Para los países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o aquellos extranjeros de origen sefardí.
1 año: Para los extranjeros que tengan vínculos familiares en España o que hayan nacido en España, así se distinguen:
- a) El que haya nacido en territorio español.
- b) El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar por la nacionalidad española.
- c) El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, curatela con facultades de representación plena, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
- d) El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o, de hecho.
- e) El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o, de hecho.
- f) El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.
¿Qué documentos se necesitan para la nacionalidad española por residencia?
En todas las solicitudes que se realicen, independientemente de la situación concreta del extranjero, es necesario cumplimentar un modelo de solicitud.
De manera general la documentación a presentar es la siguiente:
- Certificación de nacimiento del país de origen debidamente legalizado y traducido de ser necesario.
- Pasaporte completo o documento de identificación en caso de los nacionales de la Unión Europea.
- Certificado de Antecedentes Penales del país de origen igualmente legalizado y traducido si es necesario.
- Certificado de matrimonio debidamente legalizado y traducido de ser necesario.
- Certificación de nacimiento de los hijos menores de edad legalizado y traducido si fuese necesario.
- NIE.
- Poder de representación del abogado en caso de que la solicitud de nacionalidad española por residencia, no se haga por el mismo solicitante.
- Certificado de empadronamiento.
- Diplomas del Instituto Cervantes relativos a las pruebas CCSE y DELE, en este último caso cuando así proceda o de la dispensa salvo, que esté exento el solicitante de realizar el examen. Más información en el siguiente enlace.
Existen determinados documentos que pueden ser consultados de oficio por parte de la administración, así en el modelo de solicitud, se puede prestar ese consentimiento de comprobación automática, en son los siguientes:
- Realización de la prueba en el Instituto Cervantes
- Datos de empadronamiento
- Datos en el Registro Central de Penados Datos relativos a la residencia en España que obran en poder de la Secretaría de Estado de Administración Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Muy importante y es que todos los documentos que sean emitidos en el extranjero, para que puedan surtir efectos en España, deberán cumplir con las formalidades establecidas en dependencia de si se establece por la vía diplomática o con la apostilla de La Haya.
La vía diplomática:
- Autoridad emisora del documento según la legislación local del país.
- Ministerio de Asuntos Exteriores del país local.
- Consulado o Sección Consular de la embajada con una etiqueta de seguridad.
Con la apostilla de La Haya se elimina el engorroso camino de la doble legalización, pues con esta opción, los documentos que necesitan ser utilizados en el extranjero para presentarlo ante determinada autoridad, sólo necesitarían del cuño o sello por el cual se le da autenticidad del mismo. Para saber qué vía de legalización se utilizaría debes conocer si tu país es signatario de este convenio o no, o si tiene algún convenio específico firmado con España. Para más información te invitamos a que consultes el siguiente enlace donde te explicamos en dependencia del país de que se trate, que vía de legalización es la aplicable.
En cuanto a la documentación que demuestre cada caso en concreto.
Casado/a con español/a
- Certificación literal de nacimiento del cónyuge español, expedido por el Registro Civil español.
- Certificación literal de matrimonio expedido por Registro Civil español.
- Certificado de convivencia o empadronamiento conjunto con el cónyuge.
Menores de edad
- Para menores* de 14 años, o mayores de 14 años y menores de 18 años, no emancipados:
- Modelo de solicitud normalizado firmado por ambos padres o representantes legales o por un solo progenitor para familias monoparentales, también por el menor si es mayor de 14 años.
- Certificación de escolarización del menor de edad.
- Documento de identificación de los padres.
- Documentación identificativa de representante legal (DNI, NIE o pasaporte).
- Autorización del progenitor que no convive con el menor en caso de padres separados.
*Los menores de edad no necesitan realizar examen DELE ni CCSE, ni aportar certificado de antecedentes penales.
Para los nacidos en territorio español.
Certificación literal de nacimiento del interesado inscrito en el Registro Civil español
Descendiente de español
Como descendiente de español, es decir si eres hijo o nieto de español de origen deberás aportar:
- Certificación literal de nacimiento del padre/madre español o
- Certificado literal de nacimiento del abuelo/abuela española. En este caso se deberá aportar también el certificado de nacimiento del padre o la madre descendiente de español independientemente de su nacionalidad.
Viuda/o de un ciudadano español
En caso de la solicitud de nacionalidad española por residencia de viudo o viuda de un ciudadano española;
- Certificación literal de nacimiento del cónyuge expedido por el Registro Civil español.
- Certificación de matrimonio del Registro Civil español debidamente actualizado.
- Certificación de defunción del cónyuge.
- Certificado de empadronamiento conjunto que demuestre la convivencia con el cónyuge y en caso de fallecimiento, la convivencia a la fecha de fallecimiento del cónyuge.
Para los que no ejercieron oportunamente la facultad de optar.
- Certificación de nacimiento del padre/madre española
- Certificado de nacimiento del interesado inscrito en un Registro Civil español o resolución judicial donde conste la adopción por español o el reconocimiento de la filiación.
Persona sometida a tutela, guarda o acogimiento no provisional por persona física o institución española por dos años.
Para el caso de acogimiento familiar:
- Auto del Tribunal competente donde conste la designación de la persona que va a ejercer la tutela, guarda o acogimiento.
En los casos de acogimiento por Institución española
- Resolución de la institución que acredite la tutela, guarda o acogimiento.
Sefardíes
La condición de sefardí originario de España se acreditará a través de los medios que a este respecto se recogen en la Instrucción de 29 de septiembre de 2005 de la Dirección General de los Registros y del Notariado sobre la aplicación de la Ley 12/2005, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.
Refugiados y apátridas
En el caso de los refugiados y apátridas la documentación expedida por el Ministerio del Interior que acredita esta condición, puede sustituir a la partida de nacimiento y al certificado de antecedentes penales del país de origen, e incluso al pasaporte, en caso de que el interesado no los tenga. Será obligatorio siempre:
- Modelo de solicitud normalizado. En caso de presentación en sede electrónica se sustituirá por el formulario online.
- Justificante del pago de tasa
- Pasaporte Azul de la Convención de Ginebra de 1951.
- Certificado o resolución de la oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior donde conste: Nombre y apellidos, fecha y lugar de nacimiento, Nombre de los padres y que mantiene su condición de refugiado o apátrida.
¿Qué validez tienen los documentos otorgados en el extranjero?
Una parte de los documentos que se adjuntan como parte de la solicitud para la nacionalidad española son otorgados en el extranjero, en algunos casos, dependiendo del país de origen estos pueden dilatarse y comprometer la vigencia de los mismos, en algunos casos. De ahí la importancia de saber cuáles caducan y cuáles no.
Es esencial que a la hora de presentar la nacionalidad española por residencia los documentos estén en vigor, así en el caso de las certificaciones, la validez estará contenida en el propio documento, por su parte los antecedentes penales, de no precisarlos, caducan a los seis meses, contados desde la emisión del documento.
¿Qué artículos sobre nacionalidad puedes consultar con Hernández Castillo Abogados?
A la Nacionalidad Española queremos llegar todos los extranjeros, resultado de un largo camino, además de lo que implica indiscutiblemente ya con la concesión de la nacionalidad española, cesa la preocupación con respecto a la necesidad de renovar permisos de residencia, como sucede cuando se está en posesión de una residencia. De ahí la importancia de verificar el cumplimento de los requisitos.
Para una mayor información de todo en lo que respecta a la Nacionalidad Española por Residencia, hemos elaborado una serie de artículos basados no sólo en lo que está establecido legalmente, sino en nuestra experiencia diaria.
Te aconsejamos los siguientes posts, que te servirán para conocer sobre los requisitos, documentos, proceso de solicitud, la posibilidad de consular el expediente de nacionalidad española, consejos y errores que a veces se cometen y muy importante, si te encuentras en el caso de que no hayan respondido a la solicitud de nacionalidad española la posibilidad de acelerar tu expediente con nosotros. A continuación, te dejamos los detalles:
- Guía Completa de Nacionalidad Española por Residencia
- Descarga aquí test de nacionalidad española
- Consejos útiles para la solicitud de Nacionalidad Española por Residencia
- Cómo va lo mio
De nuestro post, ¿Qué documentos se necesitan para la nacionalidad española por residencia?, lo más importante:
La solicitud de la nacionalidad española por residencia es uno de los momentos mas trascendentales para los extranjeros en España. Para algunos es posible hacerlo mucho más rápido, otros deben esperar más tiempo, pero lo cierto es que en todos los casos, es necesario cumplir con una serie de requisitos así como con la documentación requerida, para evitar así una inadmisión a trámite o una denegación.
Conocer entonces la documentación que se requiere en cada caso es vital, es por ello que, en nuestro post, hemos hecho un recorrido dependiendo del caso en concreto, la documentación específica requerida.
Importante tener en cuenta a la hora de presentar la nacionalidad, que los documentos se encuentren en vigor y debidamente legalizados y en caso de no constar en idioma español, la traducción oficial del documento.
Cuando así se autorice, durante el proceso de solicitud de la nacionalidad española por residencia, la administración puede requerir los siguientes documentos:
- Realización de la prueba en el Instituto Cervantes
- Datos de empadronamiento
- Datos en el Registro Central de Penados Datos relativos a la residencia en España que obran en poder de la Secretaría de Estado de Administración Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Con respecto a la vigencia de los documentos presentados, se tendrá en cuenta la validez que disponga el propio documento, en el caso de los antecedentes penales, de no quedar definido, se entenderá que la vigencia es seis meses contados desde la emisión, no de la legalización del documento.
Con Hernández Castillo Abogados, puedes presentar tu solicitud de nacionalidad española por residencia, examinamos la documentación, le damos seguimiento al estado del expediente de nacionalidad. Con nosotros podrás acceder al test de nacionalidad española. Hemos elaborado un Manual para ti, mucho más fácil para estudiar. También podemos acelerar tu expediente de nacionalidad española.
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