Recientemente las noticias se hacían eco de que el gobierno de España cedía competencias en materia de inmigración a Cataluña. De esta manera se ha anunciado que Cataluña se convertiría en la primera Comunidad Autónoma con competencias exclusivas y totales en materia de inmigración.
Este cambio se produce como resultado de un acuerdo entre el Gobierno central y el Partido Político Junts, mediante el cual el Gobierno de España cederá estas competencias a la región, en materia de inmigración mediante la vía del artículo 150.2 de la Constitución española “a través de una ley orgánica específica por Cataluña”.
¿Qué significa que la Comunidad autónoma de Cataluña asumirá la gestión de todos los trámites relacionados con la inmigración?
En este contexto, significaría que la Comunidad Autónoma de Cataluña asumirá la gestión de todos los trámites relacionados con la inmigración, como autorizaciones iniciales, renovaciones, modificaciones de residencia entre otros, lo que conllevaría a que se ejerza el control sobre los temas de inmigración, y las responsabilidades o funciones actualmente asignadas a la Policía Nacional se trasladarían a los Mossos d’Esquadra. Ya hay voces que señalan que estos cambios podrían implicar una pérdida de competencias para los agentes de la Policía Nacional desplegados en Cataluña.
Con este pacto, Cataluña tendría competencias exclusivas y totales en materia de inmigración que les permitiría la expulsión y la determinación de flujos migratorios.
¿Qué ha dicho el presidente Pedro Sánchez sobre las competencias que cede a Cataluña en materia de inmigración?
En entrevista realizada a Pedro Sánchez por la directora del Periódico El País, el mismo manifestó: “que las materias vinculadas con la expulsión de los migrantes están residenciadas en la Administración General del Estado“
Lo único que se les dará es “lo que ya está reconocido en el Estatuto de Autonomía de Cataluña en materia de política migratoria”, pero en ningún caso tendrán la competencia para expulsar inmigrantes. “Tenemos un pacto de migración y asilo firmado con Europa, donde a lo que vamos precisamente no es a una centrifugación, sino una mayor coordinación de las políticas de migración. Pero, insisto, esto no es que lo diga yo, lo dice la Constitución, lo dice el Estatuto de autonomía de Cataluña y lo dice el pacto de migración y asilo que acabamos de firmar hace dos meses”.
El control de fronteras y la política de inmigración irregular siguen en control del Estado. Lo que se le traspasa a Cataluña es el control de las políticas de integración social y la gestión del acceso al empleo.
¿Qué competencias tiene Cataluña hoy en materia de extranjería?
Cataluña(Barcelona, Lérida, Gerona, Tarragona), desde el año 2009 con la entrada en vigor del RD1463/2009 de 1 de octubre tiene determinadas competencias relacionadas con las autorizaciones que llevan implícita una autorización de trabajo a las que pueden aplicar los extranjeros provenientes de países extracomunitarios.
Es el Departamento de Trabajo de la Generalitat de Catalunya el competente para resolver los expedientes para la solución de expedientes que se relacionan a continuación:
Autorizaciones iniciales de trabajo o residencia y trabajo por cuenta ajena
Para personas que quieran trabajar por cuenta ajena y se encuentren en alguna de estas situaciones:
En situación de estancia o de residencia por circunstancias excepcionales en España sin habilitación para trabajar.
No residentes en España.
Residentes menores de edad no acompañados.
Estas autorizaciones, mayoritariamente, las debe solicitar una empresa o empleador.
(AUT01a, AUT01v, AUT02a, AUT04a, AUT04c, AUT05a, AUT05c, AUT06a, AUT06c, AUT07a, AUT07b, AUT08a AUT08b, AUT09a)
Autorizaciones iniciales de trabajo o residencia y trabajo por cuenta propia
- Para personas que quieran trabajar por cuenta propia y que se encuentren en alguna de estas situaciones:
En situación de estancia o de residencia por circunstancias excepcionales, sin habilitación para trabajar, que quieran trabajar durante la vigencia de su autorización.
No residentes en España.
(AUT02b, AUT03a, AUT04b, AUT04d, AUT05b, AUT05d)
Modificaciones hacia la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena
Para personas que ya disponen de una autorización y que tengan que modificar la situación de origen hacia la de residencia y trabajo por cuenta ajena, ya sea en general, o como trabajadores altamente cualificados TBUE.
Algunas de estas autorizaciones deben solicitarlas una empresa o empleador.
(MOD03a, MOD03c, MOD03d, MOD04a, MOD04c, MOD04d, MOD06a, MOD06b, MOD06f, MOD06h, MOD07c, MOD08a, MOD08c, MOD08d, MOD10a, MOD10b, MOD10c, MOD10d)
Modificaciones hacia la situación de residencia y trabajo por cuenta propia
Para personas que ya disponen de una autorización y que tengan que modificar la situación de origen cabe en la de residencia y trabajo por cuenta propia.
(MOD03b, MOD04b, MOD06c, MOD06d, MOD07d, MOD08b)
Para personas que ya disponen de una autorización de residencia y trabajo, por cuenta ajena o por cuenta propia, y que quieran compatibilizar los dos tipos de trabajo (por cuenta propia y por cuenta ajena).
Si se quiere solicitar trabajo por cuenta ajena, la solicitud la tiene que presentar una empresa o empleador.
(MOD05a, MOD05b)
Para personas titulares de una autorización inicial de residencia y trabajo, por cuenta ajena o por cuenta propia, y que quieran modificar el ámbito territorial, la ocupación o el sector de actividad.
(MOD07a, MOD07b)
¿Qué permisos de residencias quedan hasta el día de hoy no son tramitadas por la Generalitat de Catalunya?
- Las renovaciones de las autorizaciones de residencia, prórrogas de estancia y autorizaciones de regreso.
- Las autorizaciones que sólo afectan a la residencia.
- Las autorizaciones iniciales de residencia temporal y trabajo que se enmarcan en el concepto de migración circular (por ejemplo, con el objetivo de desarrollar actividades de temporada o campaña, u otras actividades de naturaleza estacional o temporal).
- Las autorizaciones iniciales por razones de interés económico (Ley 14/2013).
- Las autorizaciones iniciales de residencia y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.
- La reagrupación familiar.
- Las autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales.
- Las solicitudes de títulos de viaje o de cédulas de inscripción.
- Las solicitudes de certificados del NIE (número de identificación del extranjero) o de la tarjeta de identidad del extranjero.
- La autorización inicial de trabajo para supuestos de trabajo temporal mediante el régimen de la gestión colectiva de contratación en origen.
- El reconocimiento de la excepción a la obligación de obtener autorización para trabajar.
- Las autorizaciones de estancia por estudios y sus renovaciones.
- Las solicitudes relacionadas con personas extranjeras comunitarias o de países del Espacio Económico Europeo (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Estonia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Letonia , Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía, Suecia y Chipre) o Suiza.
De nuestro post, El Gobierno de España traspasa competencias en materia de inmigración a Cataluña, lo más importante
Las recientes noticias destacaban que el Gobierno de España estaba dando un paso trascendental al ceder competencias en materia de inmigración a Cataluña.
Este anuncio señalaba que Cataluña se convertiría en la primera Comunidad Autónoma con competencias exclusivas y totales en el ámbito de la inmigración.
Los acuerdos que fueron adoptados en materia de inmigración es el resultado del acuerdo entre el Gobierno central y el Partido Político Junts, empleando la vía del artículo 150.2 de la Constitución española, a través de una ley orgánica específica para Cataluña.
Sin embargo, Pedro Sánchez durante una entrevista con la directora del periódico El País, aclara que las competencias relacionadas con la expulsión de migrantes están centralizadas en la Administración General del Estado. Aunque se reconoce lo establecido en el Estatuto de Autonomía de Cataluña en cuanto a política migratoria, se subraya que no se otorgará la competencia para expulsar inmigrantes a nivel autonómico.
El líder español enfatiza la importancia de la coordinación de políticas migratorias en el marco del pacto suscrito con la Unión Europea, destacando que esta perspectiva está respaldada tanto por la Constitución como por el mencionado estatuto y el reciente acuerdo de migración y asilo firmado.
El siguiente paso implica la creación de una ley orgánica específica para Cataluña, que deberá presentarse en el Parlamento y obtener su aprobación.
Definitivamente habrá que esperar por la propuesta concreta que se lleve al congreso para poder hacer una mejor valoración de lo que realmente se ha cedido.
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